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Otro motivo de preocupación para Aníbal Ibarra y sus socios políticos.

UN FALLO Y CUATRO MESES PERDIDOS EN FAVOR DE LA IMPUNIDAD.

IMPORTANTE RESOLUCION DE LA SALA V DE LA CAMARA DEL CRIMEN.

La Sala V de la Cámara del Crimen, resolvió revocar la declaración de incompetencia oportunamente dispuesta por la Jueza Crotto, en la causa de la emergencia. Esta causa, en consecuencia, vuelve al Juzgado 1, ahora a cargo del Dr. Baños.
La resolución desnuda claramente la maniobra destacando que el pedido de Righi, patrocinado por Soto es “una reiteración del realizado hacia "dos años y dos meses" (así destacado en el original) por los damnificados del hecho”. También dijo la Cámara que “previo a tomar una decisión sobre la cuestión traída a análisis, cabe recordar que, en razón de la cantidad de víctimas que el hecho presentó y las diferencias de intereses explícitos e implícitos que existía entre ellas, hubo reiterados intentos de conformar grupos de querellantes. Entre dichos intentos, estuvo el de los damnificados Mónica Alejandra Klausek y Aníbal Ezequiel Griego, representados por el Dr. Fernando Soto, que solicitaron la formación de un grupo autónomo por su pretensión de impulsar la acción penal contra el Ministro del Interior y el Jefe de la Policía Federal, el que no tuvo acogida favorable por parte de este Tribunal en virtud de considerarse que los nombrados, si bien resultaban mencionados entre los posibles imputados de la tragedia, al igual que una innumerable cantidad de funcionarios y empleados públicos, del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y nacionales, no resultaban formalmente imputados en el sumario.

Así las cosas, esta presentación absolutamente tardía, con el avanzado estado de la causa debe leerse como un nuevo intento de conformar su propio grupo de querellantes bajo el patrocinio del Dr. Fernando Soto, mediante la reproducción de planteos que no tuvieron acogida favorable, y que, tal como plantea el fiscal de instrucción y el abogado Iglesias, que representa a la gran mayoría de los familiares afectados, atentan contra la posibilidad de culminar esta investigación dentro de un plazo razonable” .
Por suerte, una resolución que impide que los bastardos intereses personales de un abogado posterguen los anhelos de justicia de las víctimas. Una resolución que se suma a otra de sentido similar, adoptada por el Tribunal Oral no permitiendo que Soto constituya su propio grupo, ahora diciendo que dirige su pretensión penal contra el grupo Callejeros.

Les recuerdo que por esta acción legal hemos perdido no menos de 4 meses en la causa de la emergencia (abandono de persona) que involucra a una sustancial cantidad de funcionarios incluido Ibarra donde corren prescripciones legales.
Los fundamentos del fallo eximen de más comentarios, subsistiendo la "desgracia" que por el recurso interpuesto el juez federal haya aceptado tramitar el expediente (¿qué se podía esperar de ese fuero del que prácticamente nunca ha emitido una condena a funcionarios, circunstancia que ahora hay que remediar urgentemente?).
" LAMENTABLE PARA LA CAUSA POR EL TIEMPO PERDIDO ".

Juan Carlos
Papá de Lucía Propatto.