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Requerimiento elevación a juicio Gabriel Ismael Sevald I.

CONTESTAN VISTA - REQUIEREN ELEVACIÓN A JUICIO

Señora Juez:

JOSÉ ANTONIO IGLESIAS , abogado, por derecho propio y en representación de los querellantes, con el patrocinio letrado de la Dra. BEATRIZ CAMPOS, con domicilio constituido en Reconquista 715, piso 6, “E” y “F”, en la causa caratulada CHABAN Y OTROS S/ ESTRAGO SEGUIDO DE MUERTE, Expte. 247/05, a V.S. decimos:

1.

Requieren elevación a juicio

Que venimos a contestar la vista que nos fuera conferida en los términos del artículo 346 del Código Procesal Penal de la Nación, con relación al imputado Gabriel Ismael Sevald, argentino, cédula de identidad 12.225.153, nacido el 12 de enero de 1958 en Río Negro, hijo de David Sevald y de Artemia Viedma, de ocupación comisario de la Policía Federal Argentina, con domicilio real en Vidal 1532 piso 11° “E” de esta Ciudad.

Esta querella considera que la instrucción se encuentra completa, al menos respecto del imputado referido precedentemente y con relación a los hechos que motivaron su procesamiento.

Por lo tanto, solicitaremos que se eleve la causa a juicio respecto del nombrado, quien deberá ser juzgado por la comisión de los delitos que se especifican en el apartado 5. de esta presentación.

En los apartados siguientes expondremos, los datos personales completos del imputado, la relación circunstanciada de los hechos por los que se los incrimina, las pruebas que justifican la incriminación, la calificación legal atribuida, y los motivos en que se funda la imputación.

2.

HECHOS

2.1.

Relación de los hechos investigados

2.1.1.

El incendio del 30 de diciembre de 2004 en República de Cromañón

El día 30 de diciembre de 2004, estaba prevista la realización de un recital del grupo musical “Callejeros”, en el local denominado “República de Cromañón”, ubicado en la calle Bartolomé Mitre 3058, 3060 y 3066, de la Ciudad de Buenos Aires. El espectáculo programado era el tercero y último de una serie de tres recitales del grupo “Callejeros”, que tendrían lugar los días 28, 29 y 30 de diciembre. También estaba programada la actuación previa del grupo soporte “Ojos Locos” (como banda “soporte”).

La noche del 30 de diciembre ingresaron al local una cantidad de personas que no ha podido ser determinada con exactitud, pero que según los elementos de prueba colectados, era superior a las 3.000 personas.

El control de acceso al local estuvo a cargo de un grupo de personas contratadas a tal efecto por los integrantes del grupo “Callejeros”, que eran dirigidas y coordinadas por Lorenzo Freddy Bussi, y que habían sido contratadas a tal efecto por el grupo “Callejeros”, al igual que el mencionado Bussi. Trabajaron también esa noche, contratados por los integrantes de la banda, las siguientes personas: Claudio Edgardo Curcuy, Daniel Arturo Coria, Javier José Coria, Carlos Jacobo Ávila, Fernando Horacio Zerpa, Héctor Zerpa, Sebastian Pattendenn, Juan Carlos Torres y Jorge Omar Schiavoni, entre otros.

Para conocer como estaba organizado el control de acceso al local es útil recurrir a las declaraciones testimoniales que algunas de las personas nombradas prestaron durante la instrucción. Así Daniel Arturo Coria, (fs. 38150/152) manifestó que trabajaba como personal de control de “Callejeros” desde hacía dos años y medio, que Lorenzo Bussi, era el encargado del personal de seguridad de la banda, y que cuando terminaban los recitales los que le pagaban por su trabajo eran Bussi y Diego Argañaraz. A su turno Javier José Coria (fs. 38154/155 vta.) sostuvo que era Bussi quien lo contrataba, y que éste también se encargaba de organizar al personal que trabajaba de seguridad para la banda, agregando que durante los tres días que toco el grupo, su función fue realizar el cacheo en la puerta de ingreso. También Carlos Jacobo Ávila (fs.38161/162 vta.) sostuvo que la contratación para los días 28, 29 y 30 de diciembre fue hecha por la banda, manifestando que Bussi era el encargado del personal de control y quien daba las instrucciones. Del mismo modo, Sebastian Pattendenn (fs. 38164/165 vta.) manifestó que la noche del hecho trabajó como personal de control para la banda “Callejeros”, y que estuvo asignado al sector de vallado colocado entre el escenario y la gente. Agregó que fue convocado por Lorenzo Bussi, que además era quien daba las indicaciones. Juan Carlos Torres (fs. 38167/168) manifestó que el cacheo y el control de fila eran tareas asignadas al personal de seguridad de la banda y que las indicaciones las daba Bussi. Fernando Horacio Zerpa (fs. 38179/181 vta.) afirmó que durante los recitales de esos días se aboco a la tarea de “caminar las puertas, para que no entre gente sin entrada y acomodar la cola de los concurrentes.”, tareas esas que le fueran encomendadas por Bussi. Además resaltó que él y sus compañeros utilizaron remeras con el logotipo de la banda que decían “Control”, que les habían sido entregadas por Bussi, y que el personal de control de la banda fue el que estuvo a cargo del cacheo. Finalmente, Jorge Omar Schiavoni (fs. 38146/148) manifestó que los días 28, 29, y 30 de diciembre trabajó como personal de control de “Callejeros”, contratado por Bussi, que era el encargado de control de la banda, agregando que su primer tarea fue la de organizar las filas de los concurrentes, y que luego realizó cacheos.

El ingreso se realizaba de la siguiente manera: fuera del local, los concurrentes eran separados en una fila de hombres y otra de mujeres. Antes de ingresar eran revisados y “cacheados” por tres hombres y tres mujeres respectivamente, quienes les inspeccionaban la ropa y las zapatillas, así como las carteras, los bolsos, las riñoneras, o cualquier otro elemento que llevaran consigo, con el fin de detectar si portaban pirotecnia u otros elementos eventualmente peligrosos, en cuyo caso los secuestraban. Sin embargo, muchas personas no eran sometidas a esa revisación y podían ingresar sin pasar por ningún control, algunos porque eran invitados de los músicos o de las personas que trabajaban en el lugar, otros porque les tocaba en suerte no ser revisados.

Además de las personas contratadas por “Callejeros”, se encontraban en el lugar varias personas contratadas por Chabán, que cumplían distintas funciones. Algunos trabajaban en la venta de entradas, otros en la barra expendiendo bebidas, y otros desarrollaban tareas relativas a la vigilancia y la seguridad.

Omar Chabán no era el propietario del predio, ni titular de la habilitación comercial del local. Sin embargo era él quien explotaba el lugar, organizaba los espectáculos que allí se llevaban a cabo, y que lo hacía con el conocimiento de que la habilitación del comercio se encontraba, a nombre de la “Lagarto S.A.”, sociedad que en el mes de agosto de 2002 había sido adquirida por Daniel Marcelo Ripa, Eduardo Enrique Ripa, Raúl Oscar Lorenzo, Noemí Vázquez y Alejandro Cesar Trías, (según lo precisado por Ricardo Augusto Nissen, ex Director de la Inspección General de Justicia, en su testimonio obrante a fs. 149/150 del incidente de medidas cautelares).

La organización del recital de “Callejeros” programado para el día 30 de diciembre de 2005 en “República de Cromañón”, estuvo a cargo del explotador comercial del lugar, el imputado Omar Emir Chabán, y de los miembros del grupo “Callejeros”. En la organización el primero de los nombrados estuvo secundado por sus principales colaboradores: su hermano Yamil Chabán y el también imputado Raúl Alcides Villarreal.

En cuanto al grupo “Callejeros”, intervinieron en la organización del evento el manager Diego Marcelo Argañaraz, los músicos Patricio Rogelio Santos Fontanet, Juan Alberto Carbone, Elio Rodrigo Delgado, Christian Eleazar Torrejón, Eduardo Arturo Vázquez y Maximiliano Djerfy, y el escenógrafo Daniel Horacio Cardell. Es que si bien Argañaraz era la “cara visible” del grupo, todas las decisiones relativas a la organización de recitales eran adoptadas por todos ellos en conjunto, incluyendo al escenógrafo Cardell.

Es así como la realización de los recitales previstos para los días 28, 29 y 30 de diciembre había sido acordada por el conjunto con Omar Chabán, decidiendo en conjunto las fechas en las que se realizarían los recitales, los horarios en los que se llevarían a cabo, el precio de las entradas, quién se encargaría de la publicidad, de la seguridad o control, de las luces, del sonido, etc. Cabe destacar que en la organización de los referidos eventos no intervino ninguna productora, como era habitual en el mundo del rock, como así tampoco ninguna persona además de los nombrados. En definitiva, las tareas de organización se habrían dividido entre el explotador del local y los integrantes de la banda.

Para el desarrollo de su actividad Omar Emir Chabán contaba, como ya se mencionara con la colaboración de dos personas que lo secundaban, actuando como una suerte de “mano derecha” de aquél: su hermano Yamil Chabán, y Raúl Alcides Villarreal, a quien muchos conocían como el “encargado del local”. También trabajaron esa noche en el lugar, contratados por Chabán, un grupo de personas que realizaban tareas varias de mantenimiento, cuidado y limpieza de las instalaciones, y que durante los recitales tenían a su cargo la seguridad del local y de las instalaciones y equipos del lugar. Ellos eran Alfredo Mario Díaz, Juan Carlos Bordón, Juan Domingo Ledesma, Héctor Damián Albornoz, Hernán Albornoz, Luciano Otarola, Viviana Cozodoy y Ana María Sandoval, entre otros.

El comienzo del recital estaba previsto para las 20 horas, con la actuación previa del grupo “soporte” “Ojos Locos”. Durante la actuación de esta banda, algunos asistentes encendieron elementos de pirotecnia tales como bengalas, candelas y “tres tiros”.

Unos minutos después de las 22,30 horas, y cuando ya había terminado de tocar Ojos Locos, Omar Emir Chabán se acercó a la cabina de sonido, tomó un micrófono y se dirigió al público increpándolo para que no se tirara bengalas. Profiriendo insultos diversos, Chabán dijo que había en el lugar más de 6.000 personas, que el lugar no tenía ventilación, y que si se producía un incendio –como ya había sucedido en otras oportunidades, no iban a poder salir, y se iban a morir todos, igual que como había sucedido en Paraguay meses antes.

Seguidamente los integrantes del grupo “Callejeros” subieron al escenario para comenzar a tocar. El cantante Patricio Santos Fontanet tomó el micrófono y le dijo al público que le hicieran caso a Chabán, que no tiraran bengalas porque podía pasar algo grave y morir todos los que estaban en el lugar.

Aproximadamente a las 22,50 comenzaron a tocar el primer tema. El encendido de bengalas, candelas y tres tiros continuaba y, a poco de iniciado la canción referida, un elemento de pirotecnia encendido impactó contra la media sombra que recubría el techo del local, originando un foco ígneo que se expandió rápidamente, y que generó un humo muy espeso y tóxico que se propaló por todo el salón, acumulándose con más intensidad en los sectores altos más cercanos al techo. Además, como consecuencia del fuego, el material que recubría el techo comenzó a derretirse generando, en algunos sectores del local, una especie de “lluvia de fuego” que caía sobre los asistentes al recital.

Ante esta situación el grupo dejó de tocar y las personas presentes en el lugar comenzaron a pugnar por salir. Pero la mayoría de las puertas de acceso al local se encontraban cerradas, al igual que la denominada “salida alternativa de emergencia” – a la que luego nos referiremos en particular, se encontraban cerradas. De tal suerte que se generaron amontonamientos y avalanchas que dificultaron notoriamente la evacuación del local. Además, instantes después de comenzado el incendio se cortó la luz del local, lo que provocó en las personas allí presentes un estado de pánico y desesperación.

Según pudo determinarse posteriormente, gran parte del techo del local estaba cubierto por una tela denominada media-sombra, por encima de la cual había colocada una capa de espuma de poliuretano y otra de guata. Estos materiales, al quemarse produjeron emanaciones de cianuro de hidrógeno (ácido cianhídrico), dióxido de carbono, monóxido de carbono, óxido de nitrógeno y vapores de isocianato.

El incendio ocurrido el “República de Cromañón” fue originado cuando restos incandescentes de artefactos pirotécnicos tomaron contacto con los materiales que componían el revestimiento que cubría parte del techo. El proceso combustivo se caracterizó por un incursionamiento ígneo conocido técnicamente como “fuego de altura” manifestándose con gran desprendimiento de humo y gases de combustión (monóxido de carbono, ácido cianhídrico, y otros). El humo denso producido fue invadiendo los espacios que se diferenciaban en niveles, los que una vez saturados en sus planos elevados, se trasladaron hacia los niveles inferiores del recinto. Posteriormente pudo determinase que el comportamiento de los materiales combustibles que constituían el revestimiento (espuma de poliuretano y guata) y la ornamentación (media sombra), son pasibles de combustionarse dando lugar a la gestación de un intenso humo y gases de combustión -monóxido de carbono y cianhídrico-, que, en el caso que nos ocupa, fue invadiendo los espacios, convergiendo en una atmósfera nociva para la salud. La saturación del recinto con gases de combustión, propició que quienes se hallaban en su interior, sufrieran las consecuencias propias de la gestación del proceso combustivo producido: intoxicación y asfixia por la inhalación de esos gases.

En cuanto a los gases, pudo determinarse con posterioridad al 30 de diciembre, que la concentración de ácido cianhídrico (HCN) en el aire del local “República de Cromañón” hubiera sido de 180 ppm (partes de HCN por un millón de partes de aire) si el mismo se encontrara vacío, cifra que aumenta a 225 ppm, computando que las personas que se encontraban presente esa noche ocupaban la quinta parte del volumen total.

Con respecto a los gases emanados por la combustión de los materiales plásticos que revestían el techo del local, pudo determinarse lo siguiente:

- El polietileno (material de la media sombra) emite al combustionarse dióxido de carbono, monóxido de carbono y acroleína.
- El poliuretano (material de la espuma de poliuretano) emite al combustionarse cianuro de hidrógeno (ácido cianhídrico), dióxido de carbono, monóxido de carbono, óxido de nitrógeno y vapores de isocianato.
- El polietilentereftalato (material de la guata) emite al combustionarse dióxido de carbono y monóxido de carbono.

Con relación a la concentración de cada uno de estos gases durante el proceso de combustión, se determinó que esta depende de las condiciones ambientales en que se lleva a cabo, influyendo especialmente sobre este aspecto la concentración de oxígeno y las temperaturas máximas alcanzadas.

En cuanto a la toxicidad de los gases emanados, se concluyó que el ácido cianhídrico es letal para los seres vivos debido a que inhibe el uso de oxígeno por las células vivas de los tejidos corporales.

En lo que hacer a la propagación de llamas se determinó a través de las pericias realizadas lo siguiente:

- La espuma de poliuretano es un material combustible, de baja propagación de llama, que gotea ardiendo y se consume por completo, generando gran cantidad de humo.
- La “guata” es también un material combustible, de muy baja propagación de llama, que se consume sin llama.

Teniendo en cuenta que el incendio se originó cuando un artefacto pirotécnico impactó en la media sombra ubicada debajo de los paneles de espuma de poliuretano y que luego se propagó la combustión a los paneles de revestimiento desde múltiples focos, era normal que se produjera una veloz propagación de la combustión en la espuma de poliuretano, con rápida generación de ácido cianhídrico.

En síntesis, se determinó que si no se hubiera colocado la media sombra, y la bengala o fuego de artificio hubiera impactado en el centro de un cuadrado de espuma de poliuretano de 177 metros cuadrados de área de superficie, éste hubiera tardado aproximadamente 13 minutos para incendiarse. Como en el local estaba colocada la media sombra, ésta se incendió y propagó el fuego en múltiples focos a la espuma de poliuretano. Por ello, en este caso, el tiempo real de propagación afectando la espuma de poliuretano podría haber sido considerablemente menor que el calculado con anterioridad.

También se determinó que la espuma de poliuretano existente en el techo del local no presentaba óxido de cobre, material normalmente utilizado como retardador de llama.

Respecto del efecto que produce un incendio de estas características en las personas resultan ilustrativas las conclusiones del experto Gordon E. Hartzell, agregadas al informe efectuado realizada por la División Siniestros de la Superintendencia Federal de Bomberos de la Policía Federal, que corre por cuerda. En él se señala que entre los efectos inmediatos de los productos de la combustión, los más importantes son “… los efectos del calor, visión limitada por la opacidad del humo o la irritación de los ojos, narcosis debida a la inhalación de asfixiantes e irritación de las vías respiratorias. Estos efectos, a menudo simultáneos en un incendio, originan incapacidad física, pérdida de coordinación motriz, visión reducida, desorientación, falta de juicio y pánico. El consiguiente retraso o imposibilidad de escapar, provoca lesiones o muertes debidas a la inhalación de gases tóxicos y a las quemaduras sufridas”. Asimismo, explica que los efectos aumentan a medida que aumenta el tiempo de exposición a los productos de la combustión y al grado de concentración de humo o gases tóxicos. Luego de indicar que los gases más comunes que se producen en un incendio son el monóxido de carbono (CO) y el cianuro de hidrógeno (HCN), explica que los gases asfixiantes, entre otras cosas, producen narcosis, esto es, “afectan al sistema nervioso central, provocando la pérdida del conocimiento y finalmente la muerte. La gravedad de los efectos depende... de la concentración y tiempo de exposición”. También señala que, la irritación de los ojos es un efecto inmediato que sólo depende de la concentración y a veces se subestima el perjuicio que supone para escapar. También explica Hartzell que si bien el monóxido de carbono no es el gas más tóxico entre que suelen generarse en un incendio, sí es el que se presenta en mayor cantidad y el que genera mayores riesgos para la persona, ya que reduce el transporte de oxígeno. Afirma que “cualquier exposición en la que el producto de la concentración (ppm) por el tiempo minutos exceda un valor de 35.000 ppm resulta peligrosa. Por tanto, una exposición de 10 minutos a una concentración de 3.500 ppm de CO sería peligrosa y posiblemente incapacitaría a mucha gente. Esta regla debe aplicarse con precaución a altas concentraciones, puesto que, a medida que éstas aumentan, las dosis toleradas son menores”. Asimismo, en relación con el cianuro de hidrógeno refiere que éste “… se produce por la combustión de materiales que contienen nitrógeno... Es un producto tóxico que actúa rápidamente. Es aproximadamente 20 veces más tóxico que monóxido de carbono... A medida que aumenta la concentración, disminuye el valor de la dosis tolerada... Suele aceptarse que las concentraciones de cianuro en la sangre superiores a 1 microgramo por mililitro son indicativas de posibles efectos tóxicos importantes originados por cianhídrico. Niveles superiores a 3,0 microgramos por mililitro son, en general mortales”.

También algunos testigos refirieron los efectos provocados por el humo generado por el incendio. Así María Gabriela Bussolotti, manifestó que “por ser el humo muy fuerte, el humo la paralizaba no podía respirar. Que por eso se quedó apoyada contra la pared porque no se podía mover” (fs. 1767/70). Darío Marcelo Echevarría, a su turno, expresó que “la gente comenzó a desesperarse, y correr hacia la salida -lado de la calle por donde entraron-, habiéndose cortado la luz, es decir que todo estaba a oscuras con el denso humo irrespirable. Que al ver en penumbras que la masa corría hacia el lateral derecho del escenario, el dicente también lo hizo, sintiendo un fuerte mareo que le hizo perder fuerzas hasta desvanecerse, no recordando más nada, sólo que se despertó en la calle cuando le mojaron la cabeza” (fs. 5728/29).

En este cuadro, y ante la necesidad de evacuar inmediatamente el lugar, hubo una gran cantidad de factores que incidieron negativamente impidiendo una salida rápida y ordenada. Una cuestión fundamental en este sentido fue el exceso de concurrentes, cuestión a la que nos referiremos en el apartado siguiente.

2.1.2

El exceso de concurrentes

El local “República de Cromañón” estaba habilitado con una capacidad máxima de 1031 concurrentes.

Sin embargo, al recital del cabo el 30 de diciembre de 2004, asistieron según las evidencias existentes hasta el momento, entre 3000 y 3500 personas.

Según lo informado por SADAIC, la cantidad de asistentes computadas por el personal de la entidad ascendió a 2811. Pero ese número no incluye las personas que no adquirieron entradas, por haber sido invitadas por los organizadores del recital, o por cualquier otro motivo. Por otra parte ese cálculo también es susceptible de errores, puesto que se realiza con un “cuenta ganado” que, tratándose de una puerta de acceso relativamente ancha, puede omitir el conteo de algunos ingresantes. Sobre esta cuestión, resulta ilustrativa la declaración del testigo Daniel Vicente Giménez, empleado de SADAIC, que esa noche tuvo a su cargo el cómputo de los asistentes.

Por otra parte, las entradas puestas a la venta eran aproximadamente 3500, según los dichos de los empleados del “Locuras”, comercio de indumentaria para jóvenes que también vende entradas para recitales de rock y que tuvo a su cargo la venta de las entradas anticipadas para los recitales de los días 28, 29 y 30 de diciembre en cuatro locales sitos en los barrios de Belgrano, Flores y Once, y en la localidad de Morón. Martín Alejandro Hasmat, en su declaración obrante a fs. 6432/4 afirmó que en el local sito en Cabildo 2606 pusieron a la venta 500 entradas de las que se vendieron 300, devolviendo 200. Ezequiel Martín Orlandi a fs. 6435/6 manifestó que en el local de Flores se vendieron unas 700 entradas, a la vez que había unas 50 para invitados, que en el local de Once se vendieron “1.200 y algo”, mientras que en el local de Morón se vendieron unas 500, aclarando que fue también contratado para vender entradas en la boletería de la puerta en donde vendieron las 347 que no pudieron ser comercializadas anticipadamente. Todo ello sumaría un total de 3.047 entradas vendidas.

También son importantes las declaraciones de muchos asistentes al recital que manifestaron que se refirieron a la cantidad de público afirmando que el lugar estaba ”repleto” , y que no había lugar ni para moverse. Por ejemplo, Juan Domingo Ledesma, empleado de seguridad de “República de Cromañón”, señaló en su declaración obrante a fs. 237/39, que el 30 de diciembre había en el lugar como unas seis mil personas y que el local no tenía capacidad para toda la gente que se encontraba en ese momento. Por su parte, Luis Eduardo Tabera indicó que el 30 de diciembre fue con unos amigos al local y que al ingresar constató que había muchas personas y que estaba superpoblado, porque no se podía mover (declaración obrante a fs. 126/28).

Asimismo cabe poner de resalto que de los propios dichos del imputado Omar Chabán, referidos por personas que asistieron al recital del día de diciembre y a otros realizados en el local con anterioridad, así como de declaraciones de aquél a la prensa y de la cobertura periodística que se hiciera de diversos espectáculos efectuados en el predio, se desprende que se atribuía al local una capacidad que oscilaba entre las 4.000 y 5.000 personas. También puede tomarse como punto de referencia que cuando se presentó el cantante Rodrigo en lo que antes era “El Reventón” ingresaron cerca de 5.000 personas. Así, Gustavo Facundo Orazi declaró que antes de empezar el recital Chabán refirió: “No tiren bengalas ni tres tiros porque el techo es de material inflamable, son seis mil personas y no se venden más entradas porque si se provoca un incendio no van a salir. Son muchos, tienen que festejar, no quiero una masacre como la de Paraguay...” (declaración obrante a fs. 518/21).

De suerte que, aun bajo la hipótesis de mínima, fue superado con creces el máximo de personas que podían entrar según los términos de la habilitación. En cualquier caso, lo cierto es que prácticamente se triplicó la cantidad de gente que podía ingresar conforme la habilitación del local y la normativa vigente al momento del hecho. Cabe señalar, asimismo, que el permitir el ingreso de una cantidad de asistentes que superaba con creces el máximo permitido, era una práctica habitual en “República de Cromañón”, como lo explican los vendedores del comercio “Locuras” –al que se encomendaba la venta anticipada de entradas, así como también muchos de los asistentes al recital y a los que tuvieron lugar en fechas anteriores.

Ahora bien, el máximo de personas que pueden asistir a un local comercial está relacionado con la preservación de la seguridad de los asistentes. En efecto, ese límite, si bien puede variar con el tiempo en función de nuevas valoraciones del legislador- tiene en miras, fundamentalmente, la relación que existe entre la cantidad de gente y las medidas de seguridad que se le exigen al lugar tanto para evitar accidentes como para que, en caso de que éstos ocurran, se puedan reducir al máximo los posibles daños que de éstos se deriven. A ello apuntan las fórmulas que establecen una relación entre metros de salida y cantidad de gente, o entre metros y sistemas de detección y extinción de incendios, o requisitos de ventilación e instalación eléctrica, luces de emergencia, etc.

En suma, el exceso de asistentes al recital del 30 de diciembre elevó considerablemente el riesgo para la vida y la integridad física de las personas que concurrieron al recital, que vieron dificultada o impedida su salida cuando comenzó el siniestro, debiendo en este punto remitirnos a la posterior descripción de los efectos concretos que este incremento tuvo cuando se haga referencia en esta resolución a la concreción del incremento del riesgo en el resultado.

2.1.3.

La evacuación del local

La evacuación del local una vez iniciado el incendio estuvo marcada por una serie de factores que convirtieron el lugar en una trampa mortal, que terminó con la vida de las 193 víctimas fatales y que produjo gravísimas lesiones a gran parte de los que lograron escapar de ella. Esos factores fueron:

- La cantidad de asistentes triplicaba el máximo permitido en la habilitación.
- El local no estaba preparado ni autorizado para la realización de recitales.
- El local no contaba con salidas de emergencia acordes con las exigencias normativas.
- La mayoría de las puertas estaban cerradas con trabas, incluso la denominada salida de emergencia, que tenía un cartel luminoso que decía “salida”, y que recién pudo ser abierta casi una hora después de comenzado el incendio
- Sólo funcionaba uno de los tres extractores de aire instalados en el local.
- Instantes después de iniciado el incendio se cortó la luz.
- Los materiales con que estaba revestido el techo del local provocaron una rapidísima propagación del fuego, y generaron el humo tóxico al que referiremos puntualmente en el apartado 3.1.2.2. del presente.

Estos factores motivaron que las personas se agolparan, empujaran y pisaran tratando de salir. Así se formaban verdaderas “pilas humanas” dentro del salón, especialmente cerca de las puertas de salida. Esas pilas compuestas por personas que iban cayendo unas sobre otras dificultaron aún más la salida del lugar y provocaron lesiones a muchas de las personas que lograron salir con vida. Y los que estaban más lejos de las salidas, en especial quienes al momento de desatarse el incendio estaban en los dos sectores para público existentes en el primer piso, no pudieron ni siquiera acercarse a las puertas, y fueron sacados del lugar por terceros en estado de inconsciencia, y en algunos casos ya sin vida.

Como ya se dijera, uno de los factores que resultó ser determinante para que las personas presentes en el local no pudieran salir cuando comenzó el incendio, se relaciona con el hecho de que las puertas del local se hallaban en su mayoría cerradas.

En primer lugar, de las seis puertas vaivén de doble hoja que separan el hall de ingreso donde se encuentran las boletería del salón propiamente dicho, cuatro se encontraban cerradas con pasadores metálicos, y fueron abiertas minutos después que se iniciara el incendio a golpes y empujones. Hay que remarcar que esas puertas sólo abrían hacia adentro, y que en la desesperación por salir, quienes estaban adentro las empujaban hacia afuera. Por tal razón, sólo pudieron ser abiertas cuando quienes estaban del lado de afuera, viendo la situación, empujaron hacia adentro hasta que pudieron vencer la presión de la gente y lograron franquearlas. Esta situación generó amontonamientos y desesperación en quienes intentaban salir por ese lugar.

Por otra parte, la “salida alternativa de emergencia” , que se encontraba cerrada con candado y alambres, recién pudo ser abierta aproximadamente a las 23,30 horas –es decir media hora después de iniciado el incendio-, por personal de bomberos con la ayuda de particulares que colaboraron con el rescate de las víctimas. Detrás de esa puerta, que tenía un cartel luminoso con la indicación “Salida” , a pesar de estar clausurada, se habían amontonado una gran cantidad de personas pugnaban por salir y que apenas lograron entreabrirla unos centímetros. Cuando llegó la primera dotación de Bomberos de la Policía Federal, pocos minutos antes de las 23 horas, algunos de ellos se dirigieron a esa puerta, y viendo los esfuerzos de quienes desde afuera intentaban abrirla sin éxito, la forzaron con unas barretas. Finalmente, finalmente, luego de casi 30 minutos, entre los bomberos y las demás personas que se encontraban en el lugar, lograron abrirla.

Algunas de las personas que trabajaron en la apertura de la señalada “salida alternativa de emergencia”, son el Ayudante Darío Fernando Salgado (fs. 901), y el Cabo Luis Areco, ambos integrantes del cuerpo de bomberos que prestaron declaración testimonial a fs. 901 y a fs. 940, respectivamente, y también Julio César Fretes (fs. 12/3) y Maximiliano Ramón Chaparro, conserje del hotel Cromañón. Los nombrados precisaron que al lograr abrir la puerta encontraron pilas humanas de “hasta un metro cincuenta de altura”.

Así pudieron salir algunas de las personas que se agolpaban detrás de esa puerta, en tanto que otras que habían caído formando “pilas humana” fueron evacuadas con el auxilio de los bomberos, de personas que habían logrado salir del lugar, y de otras personas que se acercaron a socorrer a las víctimas del incendio. Es importante destacar que la puerta a que nos referimos tenía encendido el cartel luminoso que decía “Salida”, lo que hizo que la gente que estaba más cerca de esa abertura se dirigiera directamente hacia ella. Así, esa “salida” funcionó como una verdadera trampa mortal, puesto que las salidas por las que se podía salir del local eran otras que se encontraban a considerable distancia de ésta.

Además de las dos puertas referidas, el local contaba con una puerta pequeña que comunicaba los camarines con el garage del hotel y con otra puerta que comunica el local con la recepción del hotel Central Park. Ambas puertas fueron utilizadas como medio de salida por personas que se encontraban cerca de ellas.

Asimismo, en el sector VIP ubicado en el primer piso, existía una puerta metálica que se encontraba cerrada. Esa puerta no pudo ser abierta ni siquiera por la fuerza, por lo que un miembro del cuerpo de Bomberos efectuó un boquete en la pared -al lado de esa puerta- de aproximadamente medio metro de diámetro. Así, algunas personas pudieron salir por ese boquete, que daba a un pasillo ubicado en el primer piso del hotel. Luego de romper los vidrios de los ventanales del hotel que daban a la calle Bartolomé Mitre, muchas de las personas que habían salido por ese lugar, saltaron sobre la marquesina del local, y se arrojaron desde allí a la calle.

Es de señalar que las personas que se encontraban en los dos sectores ubicados en el primer piso -uno conocido como el sector VIP, que colocándose frente al escenario se encuentra a su izquierda, y el otro ubicado a la derecha de éste, en la parte posterior del salón- fueron las que tuvieron mayores dificultades en la evacuación. En primer lugar, porque las escaleras de acceso a esos lugares son muy angostas y no son suficientes para una evacuación rápida, lo que provocó amontonamientos que impedían el paso. Por otra parte, el humo tóxico generado por el incendio tuvo una concentración mayor en esos sectores altos, donde también las altas temperaturas provocadas por el fuego eran aún mayores. De tal suerte que en la desesperación por salir muchas personas se “tiraban” desde ahí a la planta baja, lo que causó tanto a quienes se arrojaban como a los que estaban abajo, diversas lesiones físicas. Además debe señalarse que una gran parte de quienes resultaron ser víctimas fatales del hecho, se encontraban en ese lugar, según lo refirieron luego personas que habían concurrido con ellos al recital y lograron salir con vida.

Todos estos factores, el exceso de público, el hecho de que la puerta alternativa de emergencias estuviera clausurada -sin perjuicio del cartel lumínico que hacía presumir lo contrario-, y que las puertas de salida se hallaban trabadas, la falta de ventilación, la falta de luz, entre otros, dificultaron notoriamente la evacuación, generando así un mayor tiempo de exposición a los gases tóxicos producidos por la combustión de los materiales que recubrían el techo del lugar. Esa exposición a los gases tóxicos provocó, a su vez, que gran cantidad de gente se desmayara y quedara tirada en el suelo, lo que además de impedirles salir por sus propios medios del lugar, ocasionó que, ante la falta de luz, se obstaculizara la salida de quienes no se hallaban desmayados. En definitiva, todos esos factores actuaron conjuntamente, provocando un altísimo riesgo para la vida y la salud de los concurrentes que en muchos casos perdieron la vida y en otros tantos padecieron lesiones de diversa índole.

Muchos son los testimonios que relatan el momento posterior al inicio del incendio, y las dificultades que tenían las personas allí presente para salir del local. Así, Juan Manuel Ledesma, empleado de seguridad del local, relató que el día del hecho se encontraba cumpliendo sus funciones en una de las escaleras del local y que “vio como un muchacho joven tiró una bengala de luces de colores hacia arriba. Son bolas de luces, como fuego de colores. Una de estas bolas de fuego de colores quedó enganchada en la tela media sombra que adorna el techo para que no se vea la lana de vidrio que está colocada para amortiguar el ruido. En un instante agarró la lana de vidrio como si fuese nafta, pues se prendió todo de golpe. Ahí la gente se alborotó y comenzaron a correr, algunos a tirarse desde arriba, donde esta la bandeja, a unos diez (10) metros de altura y caían sobre el escenario o sobre la misma gente que estaba sobre la pista. Todos comenzaron a desesperarse por salir hacia la puerta. ... Como todo estaba oscuro y había un humo tremendo, la gente empezó a desesperarse” (testimonio obrante a fs. 237/39).

Según lo manifestado por Claudio Edgardo Curcuy, mientras se encontraba haciendo el cacheo del público en la entrada de la puerta de emergencia, habiendo comenzado ya a tocar la banda “Callejeros”, escuchó gritos en el interior del local y vio que la gente comenzó a salir apresurada. Al mirar hacia el interior del lugar observó un denso humo e inmediatamente se dirigió hacia el sector donde están las seis puertas vaivén de doble hojas. En razón de ello se dirigió hacia la entrada principal que estaba cerrada y junto con otras personas “… comenzaron a empujar insistentemente hacia adentro dado que por el sistema de bisagras solo abren hacia adentro, hasta que en un momento dado fue tanta la presión ejercida que esta sede y logran abrir la misma notando que las personas salían como podían pisoteando a los cuerpos de los jóvenes supuestamente desmayados o muertos, notando que había gran cantidad de personas amontonadas” (conforme declaración obrante a fs. 51/53).

Por su parte Gustavo Facundo Orazi dijo que cuando la gente se percató de lo que estaba sucediendo y comenzó a intentar salir del lugar “se agolparon muchas personas que quedaron apoyadas en las puertas (se refiere a las seis puertas vaivén que separan el hall del salón), siendo que inmediatamente se abren, y estas personas tropiezan y caen al suelo, empujadas por la multitud. Asimismo observa que el portón que da a la calle, posterior a la galería, también estaba cerrado. En ese momento, pasa el guardarropas y se topa con cuerpos caídos que obstruían la salida izquierda antes mencionada, quedando parado, siendo que hasta la altura de su pecho había cuerpos apilados, uno encima del otro. En ese momento observa que una persiana metálica que da a la calle, que poseía una puerta de ingreso de las típicas de comercio, estaba cerrada, y con la puerta pequeña solamente abierta, y al instante comenzaba a ser abierta. Allí queda atrapado por el grueso de la gente que lo empujaba desde atrás” (declaración testimonial de fs. 518/23).

También María Victoria Arana relató lo sucedido, expresando que llegó a Cromañón aproximadamente a las 22.30, “entrando por la puerta que ingresaban las mujeres con entradas y los que se encontraban en la lista de invitados, siendo dicha puerta un portón de chapa de color violeta de unos 5 metros aproximadamente con otra puerta más chica por donde ingresaban, encontrándose dicha entrada a unos 5 metros de la puerta principal. Que cuando se encontraban esperando para ingresar la declarante escucha a dos personas del sexo masculino quienes vestían remeras negras con dibujos en el centro,… y que uno de ellos le decía al otro que tenían que abrir el portón, refiriéndole el otro que no porque si no se iban a meter los que no tenían entrada” (declaración testimonial obrante a fs. 588/89).

En tanto, Carina Soledad Blanco manifestó que “mientras la banda continuaba tocando, pudo observar esta media sombra comenzaba derretirse y caer sobre las personas allí presentes. Que en ese preciso momento se cortó la electricidad, divisando como comenzaba a entrar en pánico todas las personas allí presentes, las cuales intentaban dirigirse hacia las puertas de salida al hall, observando que las mismas se encontraban cerradas desde afuera. En ese momento ya casi era imposible respirar, comenzando a ahogarse y desvanecerse, pudiendo sentir una corriente de aire, y notando la apertura de la puerta que se encontraba frente a ella y su novio, la cual da a un hall, divisando que las personas que se encontraban delante de ellos cayeron al suelo.” (fs. 986/87).

También Sergio Fernando Piñeiro, quien se encontraba a cargo de la iluminación del recital, expresó que el fuego se propagó rápidamente “cayendo la media sombra encendida como lluvia sobre la gente y luego los colchones. Que seguidamente y casi al mismo tiempo el fuego despedía un humo negro, con el que era imposible ya respirar. Que en un primer momento el dicente opta por querer retirarse para luego no hacerlo, tomando un matafuego que allí se hallaba, a fin de poder combatir el fuego, determinando que este no funcionaba. Que se sacó la remera con el que empezó a apagar el fuego que había alrededor de la consola y sus alrededores. Que mientras hacía ello observaba como la gente en un estado de desesperación intentaba salir, dirigiéndose hacia la puerta. Que terminado lo que estaba haciendo intentó dirigirse hacia la puerta y al ver que no podía salir, ya que todo era un caos, intentó dirigirse hacia la otra salida, por donde salen los músicos y al ir en camino se cortó la luz, por lo que regresó nuevamente hacia la puerta principal, donde permaneció unos instantes para luego caer al suelo, no pudiendo ya respirar” (declaración de fs. 2566/67).

Otro testigo, Federico Antón, expresó que se encontraba muy cerca del escenario cuando comenzó el incendio y que “ … cuando la gente que estaba sobre las vallas comenzó a abrirse para buscar las salidas comenzó a toser, caminó hacia el fuego y vio que toda la gente se amontonaba en la salida, regresó sobre sus pasos y vio que los músicos se estaban sacando los instrumentos y se iban, saltó las vallas y en ese momento una chica lo tomó del brazo y le pidió ayuda. Que logró pasar a la chica para el lado donde se encontraba él, es decir del otro lado de las vallas y le dijo que se tapara la boca con la remera porque no se podía respirar. Que en ese momento se cortó la luz y como no encontraba una salida se acostó en el piso rendido, luego reacciona cuando una persona... lo está sacando a la calle” (fs. 1997/99)

Por su parte, Leandro Adrián González, expresó que observó “… que en el sector de la media sombra donde habían estado rebotando las chispas se había prendido fuego y caía como ´lluvia de plástico prendido´(sic). Ahí atinó a bajar, se sacó la remera para colocársela sobre la boca, porque se estaba generando mucho humo, pero en ese momento se le vino encima toda la gente que lo llevó a introducirse en el fondo del baño de las mujeres, sin que el dicente pudiera siquiera apoyar los pies sobre el piso. Allí abrió la canilla como pudo, para mojar la remera, pero no salía agua. Entonces intentó salir del baño pero era imposible, porque estaba lleno y la gente que estaba afuera quería entrar. Por eso se arrodilló, se tapó la cara con una remera y se quedó sin moverse por unos minutos, mientras iba sintiendo que las personas que lo rodeaban de a poco se caían al piso, desvaneciéndose. ... Aclaró que además de que estaba todo oscuro no podía abrir los ojos porque el humo lo quemaba. Mientras iba caminando muy despacio se le quedó trabado el pie entre la gente y perdió a Patricia que lo soltó. Quiso agarrarla devuelta pero no la encontraba, al tiempo que el deponente le costaba cada vez más respirar.” (fs. 5616/18).

En definitiva, la evacuación completa de las personas que se encontraban en el local recién pudo completarse aproximadamente a las 2:00 hs. del día 31 de diciembre, es decir, más de tres horas después de iniciado el incendio. Un dato importante a tener en cuenta es que, según el peritaje realizado por la Superintendencia de Bomberos, si la totalidad de las salidas existentes hubieran estado franqueadas (aún cuando, como luego se verá, no cumplían con las exigencias normativas), la evacuación del lugar se hubiera producido en pocos minutos:

- 2,31 minutos para 2000 personas.
- 3,28 minutos para 3000 personas
- 4,24 minutos para 4000 personas.

Es decir, que, en cualquier caso, la salida se hubiera logrado en menos de cinco minutos y, por lo tanto, los gases tóxicos no hubieran llegado a causar los efectos letales provocados.

2.1.4.

La presencia de personal policial en el lugar

La noche del 30 de diciembre de 2004 se encontraban apostados en la puerta del local dos agentes de policía pertenecientes a la Comisaría 7ª, en cuya jurisdicción se encuentra ubicado el local “República de Cromañón”. Ellos son el Cabo Primero Oscar Ramón Sosa, y el Agente Cristal Ángel Sosa, quienes estaban a bordo del patrullero identificado como “Móvil 107”. Esa presencia no era casual, ya que la presencia de personal policial de la citada Comisaría 7ª era habitual cada vez que se realizaba un recital en “República de Cromañón”.

También era habitual que se hiciera presente en los recitales, junto con los agentes de la referida seccional, una brigada del Cuerpo de Infantería de la Policía Federal, que era requerida por las autoridades de la misma Comisaría antes mencionada.

Esa presencia obedecía, a un acuerdo espurio que existía entre Omar Chabán y sus colaboradores, por una parte, y el personal de la Comisaría 7ª por la otra. Ese acuerdo tenía por objeto que el personal policial permitiera que el local continuara funcionando en infracción a una cantidad de normas que, de ser aplicadas, hubieran motivado su clausura. Por otra parte, ese acuerdo se ponía de manifiesto a través de la constante presencia en el local del subcomisario Carlos Rubén Díaz –imputado en esta causa-, quien concurría al lugar cada vez que se daban recitales, y recibía diversas sumas de dinero de manos de, los también encausados, Omar Chabán y Raúl Villarreal.

De esta situación, que al permitir que el local funcionara en las irregulares condiciones en que lo hacía, también funcionó como un factor determinante para que se produjeran tanto el incendio, como las consecuentes muertes y lesiones, se dará cuenta más detalladamente en el apartado … del presente escrito.

2.1.5.

Las víctimas del incendio

Muchas de las personas que lograron salir del lugar con vida, lo hicieron por sus propios medios y estaban conscientes, aunque luego debieron ser hospitalizadas como consecuencia de las lesiones padecidas. Otras en cambio fueron evacuadas por terceros, en estado de inconsciencia y trasladadas a diversos nosocomios.

2.1.5.1.

Las personas fallecidas

De los asistentes al recital, 193 personas fallecieron, en su gran mayoría como consecuencia de la inhalación de los gases tóxicos y por la quemadura de las vías aéreas superiores. Algunos de ellos ya estaban sin vida cuando fueron sacados del local, en tanto que otros fueron trasladados a hospitales y sanatorios, falleciendo durante el traslado o bien cuando se encontraban en los centros de salud.

Las personas que fallecieron como consecuencia del incendio son las que se enumeran a continuación. En todos los casos, la causa de la muerte consignada es la indicada en las conclusiones de los informes médicos obrantes en los legajos de las víctimas fatales obrantes en Secretaría.

1. Alejandra Yasmín Abosaleh. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
2. Ezequiel Adolfo Agüero. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
3. Fernando Aguirre. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación por monóxido de carbono.
4. Juan Pablo Alegre Babich. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
5. Gastón Eduardo Amaya. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
6. Iara Agustina Antón. Falleció el día 3 de enero de 2005 por edema pulmonar y edema meningo-encefálico.
7. Paula Natalia Antón. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
8. Milena Aramburu. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por quemaduras de vías aéreas superiores e intoxicación por monóxido de carbono.
9. Martín Arias Juillerat. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
10. Mariela Arnaldo. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda de monóxido de carbono.
11. Maximiliano Arnaldo. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y quemaduras de vías aéreas superiores.
12. José Avalos. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y asfixia por inhalación.
13. Sergio Daniel Avendaño. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
14. María Victoria Azaar. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
15. Selva Soledad Barata. Falleció el día 5 de enero de 2005 por congestión y edema agudo de pulmón, distrées respiratorio y Encefalomalacia.
16. Gisella Barbalace. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
17. Carol Sigrid Becker. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
18. Gustavo Belascuain. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
19. María Laura Bello. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
20. Eduardo Rubén Belzunce. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
21. Mariano Alexis Benítez. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
22. Lautaro Blanco. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
23. Sebastián Ángel Bonomini. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
24. Leandro Naun Bordón. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
25. Solange Milagros Bordón. Falleció el día 3 de enero de 2005 por neumopatía aguda.
26. Gabriela Borrás. Falleció el día 1 de enero de 2005 por bronconeumopatía bilateral y asfixia inhalatoria.
27. Romina Branzini Mangiarotti. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
28. Erica Broggi. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
29. Zaida Buitrón. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
30. María Angélica Cabrelli. Falleció el día 1 de enero de 2005 por Bronconeumopatía bilateral. Asfixia inhalatoria.
31. Gloria Marina Cabrera. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
32. Silvia Gabriela Cabrera. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
33. Matías Calderón. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
34. Roberto Daniel Calderón. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
35. Abel José Cantale. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
36. María Soledad Canziani. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
37. Romina Rocío Castro Fuentes. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación por monóxido de carbono.
38. Julián Cayón. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e Intoxicación por monóxido de carbono.
39. Leonardo David Chaparro. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
40. Nicolás Alejandro Colnaghi. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
41. Martín Javier Confino. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
42. Edgardo Conte. Falleció el día 4 de enero de 2005 por congestión, edema y hemorragia pulmonar.
43. Ignacio Esteban Cordero. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
44. Ricardo Cordero. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
45. Juan Carlos Cortez Bolla. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
46. Paola Crivelli. Falleció el día 31 de diciembre de 2004, por asfixia inhalatoria y quemadura en vía aérea.
47. Leonardo Cruz. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
48. Sebastián Ricardo Cwierz. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación por monóxido de carbono y quemadura de vías aéreas superiores.
49. Macarena Sol Cwierz. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
50. Mayra D´Agata. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
51. Mariana Elizabeth De Olivera. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
52. Liliana Carmen De Rose. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
53. Guido Nicolás Del Canto. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
54. Marisa Mabel Díaz de Longo. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e Intoxicación aguda por monóxido de carbono.
55. Florencia Soledad Díaz. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
56. Florencia Laura Diez. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia por compresión toracoabdominal.
57. Osvaldo José Djerfy. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
58. Liliana Noemí Escalante. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
59. Sergio Antonio Escobar. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
60. Denis Aurelio Espinola Monjes. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
61. Pedro Espinosa. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
62. Sebastián Farreras. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome de asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
63. Juan Ignacio Fermoselle. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
64. Sebastián Alejandro Fernández Helbich. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
65. Diego Aníbal Fernández. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e Intoxicación aguda por monóxido de carbono.
66. Laura Jimena Fernández. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
67. Nayla Soledad Fernández. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
68. Franco Matías Ferreyra. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
69. Florencia Soledad Flores. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
70. Nicolás Flores. Falleció el 30 de diciembre de 2004.
71. Noemí Analía Flores. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda de monóxido de carbono.
72. Romina Yamila Flores. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
73. Eduardo Cristian Frías. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
74. Pablo Sebastián Fucci. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
75. Oscar Andrés Funes. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio.
76. Mercedes Gamarra. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación por monóxido de carbono y Asfixia inhalatoria.
77. José Luis Gambaccini. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico e Intoxicación aguda por monóxido de carbono.
78. Gastón Guillermo García. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio, congestión y edema pulmonar.
79. Matías Alejandro García. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por quemaduras aéreas superiores e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
80. Lucas Matías Gavilán. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación grave por monóxido de carbono.
81. Claudia Giofre. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
82. Carla Alejandra Giovannini. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por Quemadura de vías aéreas superiores e intoxicación por monóxido de carbono.
83. Jorge Emiliano Giralt. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por quemadura de vías aéreas superiores. Intoxicación por monóxido de carbono. Fallecido el día 31/12/04 a las 02:00 Hs.
84. Analía Marcela Gómez. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por congestión, edema de pulmón y quemadura de vías aéreas superiores.
85. Pablo Emanuel Gómez. Falleció el 07 de enero de 2005 por Encefalopatía hipóxica, congestión, edema, hemorragia pulmonar e intoxicación por gases tóxicos.
86. Patricia González Cedres. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
87. Edwin Carlos González Torrico. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda de monóxido de carbono.
88. Abel Rodolfo González. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación por monóxido de carbono.
89. Federico Nahuel González. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación por monóxido de carbono.
90. Fretes Alicia González. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
91. Yamila Guevara. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
92. Lucas Guzmán. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
93. Roberto Ibañez, Falleció el 31 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación.
94. Pedro Tomás Iglesias. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por quemadura de vías aéreas superiores e intoxicación por monóxido de carbono.
95. Marta Teresa Jara. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
96. Sebastián Juárez. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
97. Pablo Gregorio Katz. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
98. Adriana Inés La Via. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
99. Matías Labella. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
100. Marcelo Lamenta. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
101. Noelia Silvina Lanas. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
102. Juan Ignacio Lanata Dieguez. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
103. Carlos Landoni. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria, congestión y edema pulmonar.
104. Yonatan Lasota. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
105. Luisana Aylen Ledesma. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
106. Julio Leiva. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por congestión, edema de pulmón, hemorragia meníngea e intoxicación por monóxido de carbono.
107. Paola Linares. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
108. Erica Lizarraga. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
109. Pedro Antonio López. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
110. Esteban Rodrigo Lucas. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorioe intoxicación aguda por monóxido de carbono.
111. Maximiliano Luparello. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
112. Diego Reinaldo Maggio. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
113. Ariel Malenosvsky. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguada por monóxido de carbono.
114. Jorge Mansilla. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
115. Gustavo Javier Marchiano. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
116. Federico Mástrangelo. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
117. Elisa Valeria Mazurco. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
118. Mario Daniel Mazzeo. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
119. Fernando Medina. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
120. Mariano Medina. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y asfixia inhalatoria.
121. Estefanía Mendive. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio y congestión edemopulmonar.
122. Evaristo Ignacio Mendieta. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
123. Leandro Migliaro. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
124. Federico Pablo Molteni. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
125. Sofía Victoria Morales. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
126. Guido Musante. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
127. Nicolás Nieva. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria, congestión y hemorragia pulmonar.
128. Cecilia Irene Noboa. Falleció el 01 de enero de 2005 por bronconeumopatia bilateral y asfixia inhalatoria.
129. Daiana Noboa. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
130. Mauro Orrego. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
131. Debora Yael Ortiz. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguada por monóxido de carbono.
132. Ana Laura Oviedo. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
133. Walter Pata. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
134. Dilva Paz. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación por monóxido de carbono y quemadura de vías aéreas superiores.
135. María Celeste Peón. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
136. Jorge Manuel Pereyra Silva. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
137. Nelson Pereyra Silva. Falleció el 15 de enero de 2005 por bronconeumonía.
138. María del Monserrat Pérez González. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
139. Lucas Gabriel Pérez. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
140. Lucía Propatto. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
141. Carolina Ragonese y Coman. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
142. Griselda Ramirez. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
143. Silvina Noemí Ranieri. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
144. Julián Rozengardt. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y congestión y edema de pulmón.
145. Cristian Alejandro Renna. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
146. Emiliano Marcelo Righi Rodríguez. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por quemadura de vías aéreas superiores e intoxicación por monóxido de carbono.
147. Eduardo Rodríguez
148. Hernán Leonel Rodríguez. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
149. Fernanda Rojas. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
150. Luís Cristian Rojas. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
151. Marianela Rojas. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
152. Cecilia Lorena Roumieux. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
153. Osvaldo Ruiz Kannemann. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación por monóxido de carbono y asfixia por inhalación.
154. Sergio Javier Ruiz. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación con monóxido de carbono.
155. Agustina Ruzyckys. Falleció el 06 de enero de 2005 por congestión, edema agudo de pulmón y neuropatía bilateral.
156. Silvia Emilce Sanabria Rivadeneira. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
157. Rosa Beatriz Sandoval. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
158. Luís Alberto Santana. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y asfixia por inhalación.
159. Jaquelin Karina Santillán. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
160. Valeria Viviana Santillán. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
161. Alicia Santonocito. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
162. María Belén Santonocito. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
163. Leandro Schpak. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
164. Sofía Mariana Segovia Ríos. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
165. Nicolás Adrián Sillak. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y asfixia por inhalación.
166. Alejandra Marina Silva. Falleció el 05 de enero de 2005 por quemaduras de vías aéreas superiores y neumopatía.
167. Mariana Sirota. Falleció el 12 de enero de 2005 por quemadura de la vía aérea y neumopatía.
168. Walter Abel Maximiliano Solís. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
169. Pablo Mariano Socaire. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
170. Romina Stempler. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
171. Marcelo Alejandro Taborda. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria, congestión y edema pulmonar.
172. Roberto Fabián Tolosa. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
173. Pablo Leonardo Torba. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
174. Jonathan Iván Torres. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
175. Mario Abel Torres. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
176. Mario Ramón Torres. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por quemadura de vías aéreas superiores e intoxicación con monóxido de carbono.
177. Alejandra María Trujillo. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
178. María Sol Urcullú. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
179. Verónica Laura Valsangiacomo. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio, congestión y edema pulmonar.
180. Mariano Leonel Valsangiacomo. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
181. Facundo Vázquez. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico de etiología tóxica secundario e inhalación de monóxido de carbono y/o acido cianhídrico.
182. Javier Andrés Vera. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y asfixia por inhalación.
183. Cristian Mariano Viegas Méndez. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda monóxido de carbono y asfixia por inhalación.
184. Viviana Natalia Villalba. Falleció el 03 de enero de 2005 por neumopatía aguda y edema Meningo- Encefálico.
185. María Lidia Vitale. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
186. Bárbara Daniela Yanni. Falleció el 07 de enero de 2005 por bronconeumopatía bilateral encefalopatía hipóxica y asfixia inhalatoria.
187. Darío Sebastián Yanni. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
188. Walter Eduardo Zacarías. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
189. Pablo Adrián Zalazar. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
190. Hugo Alejandro Zamudio. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
191. Osvaldo Oldemar Zapata. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
192. José Luis Zarate. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
193. Gustavo Zerpa. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.

2.1.5.2.

Las personas lesionadas

En cuanto a las personas que salieron con vida y que padecieron lesiones físicas como consecuencia del incendio ocurrido en “República de Cromañón”, a continuación se detalla la nómina respectiva, con indicación, en cada caso, del tipo y gravedad de las lesiones padecidas:

1. Abadi, Leila. Legajo nro. 732. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
2. Ábalos, Andrés Sebastián. Legajo nro. 880. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
3. Ábalos, Ariel. Legajo nro. 864. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
4. Ábalos, Gabriel. Legajo nro. 877. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
5. Abrigo, Ivana Carla. Legajo nro. 701. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
6. Abud, Ayelén Aixa. Legajo nro. 1406. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
7. Acevedo, Gustavo. Legajo nro. 1175. Lesiones físicas y psíquicas graves.
8. Acevedo, Jorge Armando. Legajo nro. 147. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
9. Acosta, Diego Martín. Legajo nro. 1326. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
10. Acosta, Ernesto José. Legajo nro. 566. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
11. Acosta, José Ernesto. Legajo nro. 566. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
12. Acosta, Valeria Soledad. Legajo nro. 1391. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
13. Acuña, Graciela Noemí. Legajo nro. 475. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
14. Acuña, Juan Manuel. Legajo nro. 91. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
15. Acuña, Mariano Sebastián. Legajo nro. 95. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
16. Acuña, Mauro Santiago. Legajo nro. 196. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
17. Acuña, Rodrigo Javier. Legajo nro. 858. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
18. Acuña, Sebastián. Legajo nro. 1179. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
19. Adrissoni, Diego Gastón. Legajo nro. 1329. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
20. Agüero, Natalia Soledad. Legajo nro. 173. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
21. Agüero, Romina Paola. Legajo nro. 171. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
22. Aguilar, Alfredo Cristian. Legajo nro. 739. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
23. Aguilar, Cristian Marcelo. Legajo nro. 360. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
24. Aguilar, Eduardo Martín. Legajo nro. 735. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
25. Aguilera, Verónica Noemí. Legajo nro. 1305. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
26. Aguirre, Rodrigo Osvaldo. Legajo nro. 705. Lesiones físicas y psíquicas graves.
27. Aicardi, Pablo Hernán. Legajo nro. 178. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
28. Aicardi, Rodrigo Ezequiel. Legajo nro. 320. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
29. Aizaga, Julieta. Legajo nro. 1497. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
30. Aizaga, Martín. Legajo nro. 1521. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
31. Alaniz, Pablo Nicolás. Legajo nro. 182. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
32. Alarcón, Fernando Pablo. Legajo nro. 313. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
33. Alarcón, Matías Emiliano. Legajo nro. 1350. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
34. Albarracin, Matías. Legajo nro. 768. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
35. Alberio, Martín Alberto. Legajo nro. 666. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
36. Alberio, Sebastián Maria. Legajo nro. 665. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
37. Albertini, Eliana Gisele. Legajo nro. 1129. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
38. Albertotti, Reinaldo Ariel. Legajo nro. 949. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
39. Albici, Martín Gabriel. Legajo nro. 898. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
40. Alderete, Hernán Reinaldo. Legajo nro. 790. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
41. Alegre, Adrián Ezequiel. Legajo nro. 1010. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
42. Alegre, Rubén Eduardo. Legajo nro. 947. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
43. Alemán, Tomás. Legajo nro. 867. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
44. Alfonso Merino, Anabela Noemí. Legajo nro. 329. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
45. Alfonso, Ivanna Paola. Legajo nro. 224. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
46. Aliaga, Marcela Norma. Legajo nro. 124. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
47. Allende, Carlos Fernando. Legajo nro. 474. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
48. Almanza, Natalia Lorena. Legajo nro. 762. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
49. Almeida Liguori, Tatiana Denis. Legajo nro. 1020. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
50. Almirón, Cristian. Legajo nro. 941. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
51. Almirón, Leonardo Andrés. Legajo nro. 1047. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
52. Alonso, Gerardo Adrián. Legajo nro. 642. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
53. Alsarria, Lucas Javier. Legajo nro. 825. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
54. Alsarria, Mariano Martín. Legajo nro. 860. Lesiones físicas graves.
55. Altamore, Matías. Legajo nro. 422. Lesiones físicas y psíquicas graves.
56. Altemir, Maria del Pilar. Legajo nro. 1082. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
57. Altmark, Federico Tasio. Legajo nro. 1472. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
58. Alvarado, Graciela Concepción. Legajo nro. 274. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
59. Álvarez Arotcarena, Chantal Daniela. Legajo nro. 526. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
60. Álvarez, Aixa Carolina. Legajo nro. 193. Lesiones físicas graves.
61. Álvarez, Gastón Ricardo. Legajo nro. 1382. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
62. Álvarez, Gerardo Ariel. Legajo nro. 1056. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
63. Álvarez, Juan Ángel. Legajo nro. 280. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
64. Álvarez, Leandro. Legajo nro. 1062. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
65. Álvarez, Maria Fabiana. Legajo nro. 934. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
66. Álvarez, Mariano Ariel. Legajo nro. 104. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
67. Álvarez, Matías Sebastián. Legajo nro. 569. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
68. Alzati, Tomás Alejandro. Legajo nro. 1347. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
69. Amador, Facundo Nahuel. Legajo nro. 282. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
70. Amarilla, Liliana Paola. Legajo nro. 467. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
71. Amarilla, Pablo Matías. Legajo nro. 667. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
72. Amaya, Ezequiel Matías. Legajo nro. 186. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
73. Ameroso, Andrea Jazmín. Legajo nro. 853. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
74. Amin, Daniela Viviana. Legajo nro. 1344. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
75. Amin, Gonzalo Emilio. Legajo nro. 1345. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
76. Amodio, Sebastián Pablo. Legajo nro. 1184. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
77. Amor, Gastón. Legajo nro. 820. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
78. Anchavak, Georgina Gabriela. Legajo nro. 1444. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
79. Angulo, Daniela Karen. Legajo nro. 1428. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
80. Angulo, Daniela Karen. Legajo nro. 1426. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
81. Anile, Christian Ariel. Legajo nro. 45. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
82. Antivero, Juan Pablo. Legajo nro. 714. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
83. Antona, Gastón Marcelo. Legajo nro. 653. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
84. Antonetti, Aldana Helga. Legajo nro. 184. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
85. Aquino, Federico Ricardo. Legajo nro. 780. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
86. Aragañaraz, Paula Mariela. Legajo nro. 258. Lesiones físicas y psíquicas graves.
87. Arancibia, Vanina Soledad. Legajo nro. 499. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
88. Aranda, Cristian Daniel. Legajo nro. 272. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
89. Aranda, Diego Ramón. Legajo nro. 1388. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
90. Arellana, Jonathan. Legajo nro. 1211. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
91. Arena, Melisa Mabel. Legajo nro. 966. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
92. Arena, Rubén Dario. Legajo nro. 1117. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
93. Arévalo, Fernando Javier. Legajo nro. 905. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
94. Arévalo, Marcelo. Legajo nro. 1343. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
95. Argento, Fernando. Legajo nro. 1138. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
96. Arias Cristian Gabriel. Legajo nro. 1418. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
97. Arias, Mónica Beatriz. Legajo nro. 1149. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
98. Arias, Pablo. Legajo nro. 1135. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
99. Arias, Walter Daniel. Legajo nro. 1405. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
100. Ariza, Pablo David. Legajo nro. 187. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
101. Alía, Esteban. Legajo nro. 1379. Lesiones físicas y psíquicas graves.
102. Armango, Guillermo Ariel. Legajo nro. 270. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
103. Armás, Diego Rene. Legajo nro. 730. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
104. Arrebora, Federico. Legajo nro. 1549. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
105. Arreguez, Dario Nicolás. Legajo nro. 411. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
106. Arslan, Mauro Gabriel. Legajo nro. 969. Lesiones físicas graves.
107. Arza, Gerardo Damián. Legajo nro. 1077. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
108. Aulucio, Sebastián Bruno. Legajo nro. 767. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
109. Autalán, Carlos Ariel. Legajo nro. 389. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
110. Autalan, Cintia Lorena. Legajo nro. 369. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
111. Avila, Maria Fabiana. Legajo nro. 249. Lesiones físicas y psíquicas graves.
112. Avila, Rubén Daniel. Legajo nro. 685. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
113. Aviles, Leandro Rubén. Legajo nro. 22. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
114. Aymeric, Johana Celeste. Legajo nro. 1480. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
115. Aysine, Santiago Gonzalo. Legajo nro. 634. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
116. Azzinari, Fernando Ariel. Legajo nro. 1465. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
117. Bachur, Pablo Daniel. Legajo nro. 550. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
118. Baez, Santiago José. Legajo nro. 127. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
119. Bagnato, Pablo Dario. Legajo nro. 1229. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
120. Baigorria, Hernán Javier. Legajo nro. 786. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
121. Baino, Juan Andrés. Legajo nro. 138. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
122. Balderramo, Alfredo José. Legajo nro. 449. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
123. Balossi, Osvaldo. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
124. Banera, Adriana Analía. Legajo nro. 1106. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
125. Bansi, Lucas Ezequiel. Legajo nro. 1033. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
126. Barandalla, Eduardo Rodrigo. Legajo nro. 1449. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
127. Barani, Nicolás Manuel. Legajo nro. 303. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
128. Barazzotto, Arturo Cesar. Legajo nro. 965. Lesiones físicas graves.
129. Barbera, Brian Blas. Legajo nro. 736. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
130. Barbera, José Eduardo. Legajo nro. 829. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
131. Barbero, Facundo Daniel. Legajo nro. 727. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
132. Barboza Da Rosa, Julieta Gisela. Legajo nro. 1285. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
133. Barboza Paz, Maria Anahí. Legajo nro. 878. Lesiones físicas y psíquicas graves.
134. Barcenilla, Gonzalo Ezequiel. Legajo nro. 92. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
135. Barcenilla, Walter Claudio. Legajo nro. 87. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
136. Barea, Santiago Miguel. Legajo nro. 252. Lesiones físicas graves.
137. Barela, Federico Pablo Carlos. Legajo nro. 133. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
138. Barilari, Nadia. Legajo nro. 1349. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
139. Baron, Tamara. Legajo nro. 783. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
140. Barragán, Jésica Solange. Legajo nro. 1132. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
141. Barragán, Leonardo Ariel. Legajo nro. 1548. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
142. Barraza, Gonzalo Ezequiel. Legajo nro. 896. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
143. Barrera, Érika Salome. Legajo nro. 576. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
144. Barrionuevo, Alejandro Daniel. Legajo nro. 1394. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
145. Barrios, Laura Andrea. Legajo nro. 515. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
146. Bartolomé, Bárbara Consuelo. Legajo nro. 1408. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
147. Basualdo, Gastón Maximiliano. Legajo nro. 517. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
148. Battaglia, Uriel Emiliano. Legajo nro. 1042. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
149. Bazan, Luciana Alejandra. Legajo nro. 918. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
150. Becerra, Sergio Leonardo. Legajo nro. 323. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
151. Belleri, Maximiliano Rubén. Legajo nro. 722. Lesiones físicas graves.
152. Bellocardillo, Sonia Mabel. Legajo nro. 907. Lesiones físicas y psíquicas graves.
153. Beloti, Nahuel Damián. Legajo nro. 279. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
154. Belozo, Brenda Edith. Legajo nro. 315. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
155. Beltrán, Pablo Luís. Legajo nro. 1028. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
156. Benítez, Daniel Alberto. Legajo nro. 79. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
157. Benítez, Dario Andrés. Legajo nro. 142. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
158. Benítez, Héctor Omar. Legajo nro. 599. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
159. Benítez, Javier Alejandro. Legajo nro. 761. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
160. Benítez, Julián. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
161. Bennardo, Juan Ignacio Di. Legajo nro. 109. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
162. Bergondo, Ricardo Cristian. Legajo nro. 1174. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
163. Bermúdez, Maria Alejandra. Legajo nro. 241. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
164. Bernat, Mariano Osvaldo. Legajo nro. 1130. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
165. Berruezo, Miriam Noemí. Legajo nro. 870. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
166. Berttoni, Verónica. Legajo nro. 1409. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
167. Betancur, Nadia Yolanda. Legajo nro. 547. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
168. Biagini, Maria Vanesa. Legajo nro. 268. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
169. Bidart, Nicolás Horacio. Legajo nro. 348. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
170. Bioli, Maria Cecilia. Legajo nro. 57. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
171. Bisso, Juan José. Legajo nro. 440. Lesiones físicas y psíquicas graves.
172. Bisso, Rodrigo Eduardo. Legajo nro. 442. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
173. Blanco, Carina Soledad. Legajo nro. 1210. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
174. Blanco, Marisa. Legajo nro. 177. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
175. Blanco, Marylin. Legajo nro. 912. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
176. Blanco, Miguel Eduardo. Legajo nro. 198. Lesiones físicas graves.
177. Blanco, Valeria Noemí. Legajo nro. 888. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
178. Blander, Ulises Gastón. Legajo nro. 1467. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
179. Bocca, Adrián. Legajo nro. 1213. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
180. Boccardo, Guillermo Raúl. Legajo nro. 962. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
181. Bogado, Nahuel Ezequiel. Legajo nro. 159. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
182. Bogochwal, Sergio Isaac. Legajo nro. 497. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
183. Bonardi, Blas Martín. Legajo nro. 500. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
184. Bonaventura, Yanina. Legajo nro. 876. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
185. Bonfante, Hernán Gastón. Legajo nro. 830. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
186. Bonfanti, Melina. Legajo nro. 188. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
187. Boravita, Pablo Javier. Legajo nro. 644. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
188. Bordachar, Facundo. Legajo nro. 190. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
189. Bordón, Juan Carlos. Legajo nro. 1078. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
190. Bordón, Juan Carlos. Legajo nro. 1078. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
191. Borras, Cintia Daiana. Legajo nro. 498. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
192. Borsani, Guillermo. Legajo nro. 382. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
193. Bouquet, Iván. Legajo nro. 904. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
194. Bove, Andrea Anabelle. Legajo nro. 129. Lesiones físicas graves.
195. Brancatto, Diego Javier. Legajo nro. 1437. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
196. Brandulo, Baltazar. Legajo nro. 491. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
197. Brandulo, Mariel. Legajo nro. 492. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
198. Bravo, Emilce Lorena. Legajo nro. 496. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
199. Bravo, Miguel. Legajo nro. 925. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
200. Brezan, Emiliano. Legajo nro. 1045. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
201. Brezan, Emiliano. Legajo nro. 1214. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
202. Brioggi, Katiana. Legajo nro. 1279. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
203. Brioggini, Cynthia Johanna. Legajo nro. 574. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
204. Briones, Claudio Marcelo. Legajo nro. 638. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
205. Briosso, Verónica Alejandra. Legajo nro. 176. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
206. Brites, Cintia Paola. Legajo nro. 804. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
207. Britos, Ariel Eduardo. Legajo nro. 195. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
208. Britos, Micaela Ailín. Legajo nro. 1072. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
209. Brizuela, Sebastián. Legajo nro. 1100. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
210. Brizueña, Jorge Antonio. Legajo nro. 269. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
211. Bruner, Carlos. Legajo nro. 996. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
212. Bruno, Diego Norberto. Legajo nro. 25. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
213. Bruno, Liliana Fernanda. Legajo nro. 41. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
214. Bruno, Luís Alberto. Legajo nro. 524. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
215. Bruno, Maria Jimena. Legajo nro. 798. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
216. Bruno, Matías Néstor. Legajo nro. 58. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
217. Bruno, Nicolás Martín. Legajo nro. 1319. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
218. Bruno, Sandra Verónica. Legajo nro. 55. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
219. Bruzzese, Florencia Liliana. Legajo nro. 194. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
220. Burset, Emanuel Ezequiel. Legajo nro. 302. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
221. Buscaroli, Patricio Damián. Legajo nro. 590. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
222. Bussolotti, Maria Gabriela. Legajo nro. 461. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
223. Bustamante, Mariano Agustín. Legajo nro. 612. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
224. Bustamante, Maximiliano Ezequiel. Legajo nro. 652. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
225. Caballero, Maximiliano Oscar. Legajo nro. 413. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
226. Cabán, Marisol. Legajo nro. 23. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
227. Cabral, Bárbara Yamila. Legajo nro. 458. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
228. Cabrera, Fabio Ramón. Legajo nro. 1169. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
229. Caceller, Gonzalo Facundo. Legajo nro. 796. Lesiones físicas graves.
230. Cáceres Silvestre Gastón. Legajo nro. 1466. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
231. Cáceres, Christian Andrés. Legajo nro. 1490. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
232. Cáceres, Juan Ariel. Legajo nro. 604. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
233. Cáceres, Leandro Raúl. Legajo nro. 1219. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
234. Caetano Amorebieta, Brenda Alicia. Legajo nro. 494. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
235. Cairoli, Ayelén Maria. Legajo nro. 89. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
236. Calcagno, Jonathan Javier. Legajo nro. 1272. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
237. Calderón, Romina Ivana. Legajo nro. 871. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
238. Calviño, Carolina. Legajo nro. 874. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
239. Calzón, Nicolás Matías. Legajo nro. 156. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
240. Camicha, Nahuel. Legajo nro. 1120. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
241. Canavese, Guillermo José. Legajo nro. 214. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
242. Cancino, Sonia Elizabeth. Legajo nro. 1212. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
243. Caneda Díaz, Federico Hernán. Legajo nro. 1246. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
244. Caneda Díaz, Gonzalo Emanuel. Legajo nro. 1245. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
245. Caniglia, Cristian. Legajo nro. 1560. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
246. Cano Paredes, Amadeo Cristian. Legajo nro. 291. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
247. Cano, Oscar Daniel. Legajo nro. 180. Lesiones físicas y psíquicas graves.
248. Cantero, Sabrina Florentina. Legajo nro. 737. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
249. Canuch Ares, Matías Sebastián. Legajo nro. 967. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
250. Canzonieri, Marina. Legajo nro. 203. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
251. Canzonieri, Paula Lucila. Legajo nro. 294. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
252. Cañón, Carolina Verónica Alejandra. Legajo nro. 139. Lesiones físicas graves.
253. Capitanio, Ezequiel. Legajo nro. 1038. Lesiones físicas y psíquicas graves.
254. Capponi, Mariana Victoria. Legajo nro. 267. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
255. Capuchetti, Yanela Sol. Legajo nro. 921. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
256. Carabajal, Sergio Gustavo. Legajo nro. 746. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
257. Caraballo Iglesias, Dolores. Legajo nro. 271. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
258. Carapezza, Christian Ariel. Legajo nro. 131. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
259. Caratozzolo, Rodolfo Carlos. Legajo nro. 942. Lesiones físicas y psíquicas graves.
260. Carballo, Cecilia Belén. Legajo nro. 988. Lesiones físicas y psíquicas graves.
261. Carballo, Diego Hernán. Legajo nro. 575. Lesiones físicas graves.
262. Carbone, Luciano Nicolás. Legajo nro. 204. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
263. Cardone, Javier Ignacio. Legajo nro. 597. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
264. Caro, Guillermo Daniel. Legajo nro. 920. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
265. Carranza, Federico Gabriel. Legajo nro. 1225. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
266. Carrasco, Iris Noelia. Legajo nro. 1139. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
267. Carreño Gazari, Santiago. Legajo nro. 1465. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
268. Carrizo, Gerardo Ezequiel. Legajo nro. 471. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
269. Carrizo, Maria Jimena. Legajo nro. 534. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
270. Carro, Viviana Noemí. Legajo nro. 1142. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
271. Cartelli, Paola Deborah. Legajo nro. 691. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
272. Casal, Pablo Damián. Legajo nro. 1430. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
273. Casasco, Maria Cecilia. Legajo nro. 61. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
274. Caseiro, Laura Soledad. Legajo nro. 844. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
275. Cáceres, Christian Carlos. Legajo nro. 909. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
276. Castagnino, Leonardo. Legajo nro. 1167. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
277. Castex, Juan. Legajo nro. 1193. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
278. Castillo, Ángel Clemente. Legajo nro. 562. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
279. Castillo, Marcelo. Legajo nro. 788. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
280. Castro, Francisco Javier. Legajo nro. 85. Lesiones físicas y psíquicas graves.
281. Castro, Leandro. Legajo nro. 658. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
282. Casuscelli Calceller, Gabriela. Legajo nro. 1543. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
283. Cata, Matías Nicolás. Legajo nro. 661. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
284. Catan, Julieta Natalia. Legajo nro. 582. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
285. Catri, Damián Uriel. Legajo nro. 232. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
286. Cavavelos, Federico Nahuel. Legajo nro. 1341. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
287. Ceballos, Matías Ezequiel. Legajo nro. 797. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
288. Cejas, Francisco Ramón. Legajo nro. 288. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
289. Cejas, José Armando. Legajo nro. 1148. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
290. Cejas, Karina Beatriz. Legajo nro. 751. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
291. Cena, Alejandro. Legajo nro. 1403. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
292. Centurión, Ezequiel Mariana. Legajo nro. 1424. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
293. Centurión, Maria Constanza. Legajo nro. 1506. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
294. Centurión, Vanina Valeria. Legajo nro. 1419. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
295. Cereijo, Gonzalo Matías. Legajo nro. 1123. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
296. Cerrudo, Juan Ignacio. Legajo nro. 1483. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
297. Cerviño, Maria de la Paz. Legajo nro. 699. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
298. Chain, Dalmiro Ezequiel. Legajo nro. 347. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
299. Chaparro, Alberto Leonardo. Legajo nro. 503. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
300. Chaparro, Maximiliano. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
301. Charnapolsky, Martín Ezequiel. Legajo nro. 1066. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
302. Chávez, Ariel. Legajo nro. 1183. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
303. Chávez, Carlos Javier. Legajo nro. 67. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
304. Chávez, Johana. Legajo nro. 1108. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
305. Chávez, Oscar Alberto. Legajo nro. 610. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
306. Cherbetdjian, Miguel Ángel. Legajo nro. 1083. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
307. Chiappari, Carlos Ariel. Legajo nro. 946. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
308. Chico, Leandro Gustavo. Legajo nro. 970. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
309. Chidini, Facundo Nicolás. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
310. Ciliberto, Nicolás Ezequiel. Legajo nro. 814. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
311. Cimmino, Bruno Nicolás. Legajo nro. 981. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
312. Ciselli, Mario Ignacio. Legajo nro. 1551. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
313. Cisneros, Martín Antonio. Legajo nro. 819. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
314. Cittadini, Melina Celeste. Legajo nro. 614. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
315. Citterio, Ramón Luís. Legajo nro. 283. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
316. Claramaut, Federico. Legajo nro. 16. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
317. Claramut, Maria Agustina. Legajo nro. 17. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
318. Clatro Saiz, Nicolás Cesar. Legajo nro. 902. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
319. Clavero, Romina Elizabeth. Legajo nro. 505. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
320. Clivio, Guillermo Dario. Legajo nro. 674. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
321. Cocca, Gerardo Luís. Legajo nro. 1380. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
322. Cocuzza, Diego Matías. Legajo nro. 518. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
323. Cogo, Flavio Alfredo. Legajo nro. 731. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
324. Collados Agustín. Legajo nro. 899. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
325. Colombres, Andrés Gonzalo. Legajo nro. 259. Lesiones físicas y psíquicas graves.
326. Colque, Cesar Guillermo. Legajo nro. 994. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
327. Colsón, Agustín Ignacio. Legajo nro. 223. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
328. Colsón, Tomás Francisco. Legajo nro. 1274. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
329. Comás, Nazarela Lía. Legajo nro. 1368. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
330. Comás, Pamela Elodia. Legajo nro. 755. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
331. Comerci, Gastón Ariel. Legajo nro. 1247. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
332. Cominguez, Mariano Carlos. Legajo nro. 1517. Lesiones físicas y psíquicas graves.
333. Confino, Hernán Eduardo. Legajo nro. 68. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
334. Congues, Sebastián Omar. Legajo nro. 803. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
335. Conte, Gabriel Luís. Legajo nro. 1463. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
336. Contino, Belkyss. Legajo nro. 1016. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
337. Contrera Reyes, Gisella Andrea. Legajo nro. 1209. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
338. Contureyuzón Colmes, Diego Fernando. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
339. Cook, Ariel Fernando. Legajo nro. 278. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
340. Cordero, Francisco. Legajo nro. 1022. Lesiones físicas y psíquicas graves.
341. Córdoba, Lucas. Legajo nro. 1215. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
342. Coria, Daniel. Legajo nro. 1032. Lesiones físicas y psíquicas graves.
343. Coria, Javier. Legajo nro. 1168. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
344. Coria, Maximiliano. Legajo nro. 1136. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
345. Coria, Vanina Daniela. Legajo nro. 179. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
346. Cornide, Martín Alejo. Legajo nro. 364. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
347. Corradini, Vanesa Maria. Legajo nro. 851. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
348. Correa Tello, Maria Cecilia. Legajo nro. 426. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
349. Correa, Alejandro Gustavo. Legajo nro. 145. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
350. Correa, Gabriela Analía. Legajo nro. 276. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
351. Correa, Jonatan Oscar. Legajo nro. 1003. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
352. Correa, Sergio Daniel. Legajo nro. 558. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
353. Correa, Tania Romina. Legajo nro. 219. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
354. Corvalán, Raúl. Legajo nro. 49. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
355. Costa, Rodolfo Alan. Legajo nro. 872. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
356. Costa, Romina Andrea. Legajo nro. 476. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
357. Costa, Vanesa Paola. Legajo nro. 477. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
358. Costacopoulos, Maria Luz. Legajo nro. 1511. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
359. Costas, Diego Hernán. Legajo nro. 508. Lesiones físicas graves.
360. Costas, Lucas Ariel. Legajo nro. 507. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
361. Cozodoy, Viviana. Legajo nro. 1113. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
362. Crego, Carlos Alberto. Legajo nro. 157. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
363. Crimi, Germán Pablo. Legajo nro. 290. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
364. Crivelli, Fernando Daniel. Legajo nro. 1060. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
365. Cucca, Luciana Mariel. Legajo nro. 1499. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
366. Cuccarese, Matías Sebastián. Legajo nro. 613. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
367. Cuccarese, Nicolás Daniel. Legajo nro. 619. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
368. Cuellar, Liliana Corina. Legajo nro. 1110. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
369. Cuenca, Jorge Alejandro. Legajo nro. 265. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
370. Cuenca, Noelia Alejandra. Legajo nro. 480. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
371. Cuenca, Sandra Marcela. Legajo nro. 919. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
372. Cundari, Mauro Leandro. Legajo nro. 200. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
373. Cura, Pablo Horacio José. Legajo nro. 1541. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
374. Curuchet, Vanesa Elizabeth. Legajo nro. 1436. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
375. Cuttier, Alejandro Ariel. Legajo nro. 1002. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
376. Cuturie, Karina Daniela. Legajo nro. 1107. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
377. D' Eugenio, Cora Soledad. Legajo nro. 712. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
378. Da Silva Rodriguez, Pablo Fernando. Legajo nro. 663. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
379. Dal Piccol, Patricia. Legajo nro. 1533. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
380. Dalies, Nicole Desiree. Legajo nro. 670. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
381. Dalies, Pablo Emmanuel. Legajo nro. 669. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
382. Damario, Facundo Miguel. Legajo nro. 1450. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
383. Darfe, Paula Daniela. Legajo nro. 115. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
384. Darmograj, Natalí. Legajo nro. 961. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
385. Davila, Ángela Vanina. Legajo nro. 327. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
386. Daza, Jorge Ariel. Legajo nro. 462. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
387. De Ángelis, Osvaldo Américo. Legajo nro. 341. Lesiones físicas y psíquicas graves.
388. De Anso, Mariana Alejandra. Legajo nro. 1515. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
389. De Carlo, Gaspar Gabriel. Legajo nro. 1468. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
390. De Jesús, Gustavo Adrián. Legajo nro. 715. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
391. De La Presa, Adriana Yaveh. Legajo nro. 1383. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
392. De Los Santos, Laura. Legajo nro. 984. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
393. De Luca, Marcos. Legajo nro. 1041. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
394. De Luca, Paola Graciela. Legajo nro. 641. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
395. De Pasqua, Sebastián Alberto. Legajo nro. 246. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
396. De Pietri, Mariela. Legajo nro. 993. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
397. De Zan, Melina. Legajo nro. 623. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
398. Degasperi, Ornella. Legajo nro. 108. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
399. Del Brio, Facundo Martín. Legajo nro. 977. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
400. Del Brio, Leonel Agustín. Legajo nro. 443. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
401. Del Brio, Noelia Soledad. Legajo nro. 986. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
402. Del Duca, Cristian Emmanuel. Legajo nro. 1421. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
403. Del Valle Marín, Gilda. Legajo nro. 380. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
404. Del Valle Pérez, Jorge. Legajo nro. 857. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
405. Del Villar Coux, Vanina Lucia. Legajo nro. 846. Lesiones físicas y psíquicas graves.
406. Del Zotto Bogado, Andrea. Legajo nro. 1400. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
407. Delaude, Denise Ayelén. Legajo nro. 564. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
408. Delgado, Aldo Daniel. Legajo nro. 1287. Lesiones físicas y psíquicas graves.
409. Delgado, Andrea Karina. Legajo nro. 64. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
410. Delgado, Daniela Rosana. Legajo nro. 577. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
411. Delgado, Enzo Neri. Legajo nro. 1289. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
412. Delgado, Rocío Belén. Legajo nro. 1282. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
413. Dell'acqua Zukervar, Agustín. Legajo nro. 1049. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
414. Demergasi, Ezequiel. Legajo nro. 1096. Lesiones físicas graves.
415. Demergasi, Maria Sol. Legajo nro. 1095. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
416. D'emilio, Andrea Vanina. Legajo nro. 799. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
417. Denhoff, Carlos Ezequiel. Legajo nro. 765. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
418. Denis, David. Legajo nro. 1061. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
419. Destéfano, Carlos Joel. Legajo nro. 357. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
420. Di Grado, Marcelo. Legajo nro. 1505. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
421. Di Letto, Lucas. Legajo nro. 1019. Lesiones físicas y psíquicas graves.
422. Di Luca, Vanina Gisela. Legajo nro. 120. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
423. Di Pasqua, Eduardo. Legajo nro. 453. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
424. Diana Tedeschi, Federico Antón. Legajo nro. 493. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
425. Diana, Juan Facundo. Legajo nro. 495. Lesiones físicas y psíquicas graves.
426. Diana, Romina Cecilia. Legajo nro. 434. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
427. Díaz Virginio, Alejandro. Legajo nro. 11. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
428. Díaz, Alan Lucas Matías. Legajo nro. 1298. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
429. Díaz, Alfredo Mario. Legajo nro. 1040. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
430. Díaz, Ariel Alejandro. Legajo nro. 217. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
431. Díaz, Cesar Oscar. Legajo nro. 459. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
432. Díaz, Daiana Pamela. Legajo nro. 1297. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
433. Díaz, Ezequiel Oscar. Legajo nro. 229. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
434. Díaz, Facundo Gabriel. Legajo nro. 1218. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
435. Díaz, Federico Emmanuel. Legajo nro. 88. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
436. Díaz, Juan Antonio. Legajo nro. 1253. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
437. Díaz, Lucas. Legajo nro. 1137. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
438. Díaz, Luís Ariel. Legajo nro. 330. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
439. Díaz, Pablo Leandro. Legajo nro. 668. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
440. Díaz, Paula Cecilia. Legajo nro. 625. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
441. Díaz, Ricardo Ángel. Legajo nro. 1259. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
442. Díaz, Rocío Jimena. Legajo nro. 1093. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
443. Diego, Vanesa Susana. Legajo nro. 1248. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
444. Dietrich, Marianela. Legajo nro. 205. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
445. Diguardú, Claudio Mariano. Legajo nro. 1242. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
446. Diomene, Cynthia Solange. Legajo nro. 584. Lesiones físicas y psíquicas graves.
447. Discuollo, Mariana Soledad. Legajo nro. 869. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
448. Diz, Juan de Dios. Legajo nro. 847. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
449. Djerfy, Jorge Rubén. Legajo nro. 309. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
450. Djerfy, Leonardo Ariel. Legajo nro. 1355. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
451. Dobal, Maria Victoria. Legajo nro. 1064. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
452. Dodaro, Fernando Emmanuel. Legajo nro. 1455. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
453. Dogig, Matías Andrés. Legajo nro. 1290. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
454. Domínguez, Hugo Nicolás. Legajo nro. 50. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
455. Domínguez, Juan Manuel. Legajo nro. 757. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
456. Domínguez, Verónica Lourdes. Legajo nro. 1021. Lesiones físicas y psíquicas graves.
457. Donato, Agustina. Legajo nro. 734. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
458. Dono, Matías Roberto. Legajo nro. 774. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
459. Dono, romina Noelia. Legajo nro. 773. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
460. Dorsch, Carlos Abel. Legajo nro. 521. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
461. Doti, Juan Carlos Maria. Legajo nro. 1089. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
462. Dotro, Elba Beatriz. Legajo nro. 1222. Lesiones físicas y psíquicas graves.
463. Doural, Martín. Legajo nro. 664. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
464. Dovalo Barreiro, Nicolás. Legajo nro. 1321. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
465. Drago, Maria Florencia. Legajo nro. 721. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
466. Drewanz, Danesa. Legajo nro. 451. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
467. Duarte, Aída Noemí. Legajo nro. 776. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
468. Duarte, Enrique Daniel. Legajo nro. 778. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
469. Duarte, Luís Alberto. Legajo nro. 779. Lesiones físicas y psíquicas graves.
470. Duarte, Sergio Ariel. Legajo nro. 1280. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
471. Dumrauf, Sabrina Alejandra. Legajo nro. 1146. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
472. Dumrauf, Mauro Federico. Legajo nro. 1046. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
473. Duran, Mariana Rocío. Legajo nro. 208. Lesiones físicas y psíquicas graves.
474. Duray, Pablo. Legajo nro. 1039. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
475. Dure, Claudia Karina. Legajo nro. 135. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
476. Durio, Alan Alexis. Legajo nro. 1336. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
477. Durruty, Pablo Damián. Legajo nro. 1141. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
478. D'Urso, Maria Silvina. Legajo nro. 225. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
479. Echeverría, Dario Marcelo. Legajo nro. 326. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
480. Echeverría, Romina Alejandra. Legajo nro. 1286. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
481. Enríquez, Andrea Beatriz. Legajo nro. 565. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
482. Enríquez, Mirta Carmen. Legajo nro. 1427. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
483. Epstein, Daniana Elizabeth. Legajo nro. 1067. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
484. Erazo, Cristian Emanuel. Legajo nro. 300. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
485. Erazo, Roberto Ezequiel. Legajo nro. 273. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
486. Escobar, Maria Rosa. Legajo nro. 933. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
487. Escobar, Matías Ariel. Legajo nro. 759. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
488. Espina, Gonzalo Nicolás. Legajo nro. 1466. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
489. Espinola, Natalia. Legajo nro. 1151. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
490. Espinosa, Damián Gabriel. Legajo nro. 1150. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
491. Espinosa, Mariel Paula. Legajo nro. 1520. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
492. Espinoza, Pablo. Legajo nro. 1207. Lesiones físicas y psíquicas graves.
493. Esposito, Hugo Alejandro. Legajo nro. 226. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
494. Espul, Agustín. Legajo nro. 1080. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
495. Esquivel, Osvaldo Germán. Legajo nro. 1208. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
496. Esquivel, Raúl Timoteo. Legajo nro. 1054. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
497. Estévez, Silvia Viviana. Legajo nro. 77. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
498. Estrada Godoy, Matías José. Legajo nro. 485. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
499. Estrella Flores, Maria Elisa. Legajo nro. 428. Lesiones físicas y psíquicas graves.
500. Etter, Maria Leticia. Legajo nro. 831. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
501. Eugenio, Alejandro Martín. Legajo nro. 122. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
502. Fabbiano, Emiliano Javier. Legajo nro. 1237. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
503. Faidella Zambonini, Federico Guillermo. Legajo nro. bis 1370. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
504. Fama, Luciana Pía. Legajo nro. 1241. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
505. Farias, Juan José. Legajo nro. 1493. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
506. Farias, Silvana Alejandra. Legajo nro. 1491. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
507. Farinella, Dario Andrés. Legajo nro. 1433. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
508. Farinola, Andrea Verónica. Legajo nro. 486. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
509. Farreras, Emanuel Gastón. Legajo nro. 806. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
510. Farreras, Mariano Alberto. Legajo nro. 801. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
511. Faustino, Leonardo Humberto. Legajo nro. 368. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
512. Fernández, Diego Adrián. Legajo nro. 1439. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
513. Fernández Crespi, Julián. Legajo nro. 1217. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
514. Fernández Crespi, Luciano. Legajo nro. 251. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
515. Fernández de Olivera, Maria Lucrecia. Legajo nro. 1224. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
516. Fernández Rega, Maria. Legajo nro. 1188. Lesiones físicas y psíquicas graves.
517. Fernández, Alejandro Humberto. Legajo nro. 231. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
518. Fernández, Brian Pedro. Legajo nro. 1276. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
519. Fernández, Camila Celeste. Legajo nro. 1152. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
520. Fernández, Cesar Oscar. Legajo nro. 859. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
521. Fernández, Cristian Omar. Legajo nro. 13. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
522. Fernández, David Roberto. Legajo nro. 123. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
523. Fernández, Diego Cristian. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
524. Fernández, Elizabeth Noelia. Legajo nro. 81. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
525. Fernández, Esteban Samuel. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
526. Fernández, Federico José. Legajo nro. 1367. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
527. Fernández, Gonzalo Nahuel. Legajo nro. 331. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
528. Fernández, Ignacio Pablo. Legajo nro. 682. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
529. Fernández, Juan Eduardo. Legajo nro. 683. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
530. Fernández, Julia Pamela. Legajo nro. 1308. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
531. Fernández, Lucia Daniela. Legajo nro. 298. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
532. Fernández, Luís Antonio. Legajo nro. 843. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
533. Fernández, Maria Pía. Legajo nro. 277. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
534. Fernández, Mauro Nicolás. Legajo nro. 821. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
535. Fernández, Miguel Ángel. Legajo nro. 78. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
536. Fernández, Omar Daniel. Legajo nro. 376. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
537. Fernández, Patricio Román. Legajo nro. 675. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
538. Fernández, Sebastián Dario. Legajo nro. 75. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
539. Fernando Tolosa, Facundo. Legajo nro. 1434. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
540. Ferrarazzo, Paola. Legajo nro. 2. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
541. Ferrari Lescano, Julián Enzo. Legajo nro. 230. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
542. Ferrari, Celeste Candela. Legajo nro. 21. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
543. Ferrari, Federico Gabriel. Legajo nro. 1489. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
544. Ferre, Soledad Natalia. Legajo nro. 228. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
545. Ferreira Leal, Marina Gisela. Legajo nro. 321. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
546. Ferreira, Bárbara. Legajo nro. 319. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
547. Ferreira, Sergio Fernando. Legajo nro. 510. Lesiones físicas graves.
548. Ferreyra, Cristian Daniel. Legajo nro. 84. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
549. Figueiras, Maria Laura. Legajo nro. 639. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
550. Figueroa, Agustín Andrés. Legajo nro. 512. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
551. Figueroa, Mariano Hernán. Legajo nro. 406. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
552. Figueroa, Patricia Irene. Legajo nro. 307. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
553. Filardi, Juan Ignacio. Legajo nro. 957. Lesiones físicas graves.
554. Filardi, Oscar Gustavo. Legajo nro. 1273. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
555. Filipelli, Laura. Legajo nro. 1302. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
556. Filipelli, Maria José. Legajo nro. 1230. Lesiones físicas y psíquicas graves.
557. Fionda, Romina Valeria. Legajo nro. 546. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
558. Fiorda, Luciana Carla. Legajo nro. 710. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
559. Fiorentini, Mariano. Legajo nro. 948. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
560. Fiorentino, Pablo Ezequiel. Legajo nro. 435. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
561. Fiorito, Fernando Adrián. Legajo nro. 1454. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
562. Fleita, Amelia Soledad. Legajo nro. 463. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
563. Florentin, Juliana Sofía. Legajo nro. 1494. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
564. Flores, Estefanía Lujan. Legajo nro. 103. Lesiones físicas y psíquicas graves.
565. Flores, Facundo Nicolás. Legajo nro. 793. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
566. Flores, Leonardo. Legajo nro. 926. Lesiones físicas y psíquicas graves.
567. Fontanet, Susana Graciela. Legajo nro. 611. Lesiones físicas y psíquicas graves.
568. Forcinito, Elizabeth. Legajo nro. 1453. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
569. Formentini, Marcelo Fernando. Legajo nro. 1503. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
570. Formentini, Maria Eduardo Luís. Legajo nro. 640. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
571. Fornas, Javier Alejandro. Legajo nro. 5. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
572. Fossa, Federico Andrés. Legajo nro. 310. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
573. Fossa, Fernando. Legajo nro. 311. Lesiones físicas graves.
574. Fossa, Roberto. Legajo nro. 304. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
575. Fragapane, Dario Sebastián. Legajo nro. 1431. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
576. Fragapane, Marcelo Pablo. Legajo nro. 1339. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
577. Franchela, Maria Mercedes. Legajo nro. 250. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
578. Franco Alejandro Miguel. Legajo nro. 1259. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
579. Franco, Juan Manuel. Legajo nro. 43. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
580. Franco, Xoana Vanesa. Legajo nro. 1252. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
581. Francolino, Ignacio Nicolás. Legajo nro. 1337. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
582. Frangi, Luciano Christian. Legajo nro. 815. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
583. Frank, Néstor Luís. Legajo nro. 873. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
584. Franzese, Fernando José. Legajo nro. 609. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
585. Fraquich, Juan Ignacio. Legajo nro. 608. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
586. Fraser, Matías Nicolás. Legajo nro. 1527. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
587. Frea, Paola Nancy. Legajo nro. 152. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
588. Freeland, Cintia Gisela. Legajo nro. 415. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
589. Frenkel, Fernando Javier. Legajo nro. 465. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
590. Frías, Fernando Adrián. Legajo nro. 211. Lesiones físicas graves.
591. Frutis, Gonzalo Esteban. Legajo nro. 206. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
592. Fuce, Florencia. Legajo nro. 1509. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
593. Fuce, Maria Eugenia. Legajo nro. 1510. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
594. Funes, Sergio Gustavo. Legajo nro. 213. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
595. Furchi Ramírez, Fernando Nahuel. Legajo nro. 1270. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
596. Furchi Ramírez, Nahuel Damián. Legajo nro. 1270. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
597. Gabriele, Maria Soledad. Legajo nro. 1043. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
598. Gaete, Ricardo. Legajo nro. 112. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
599. Gaete, Rolando. Legajo nro. 110. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
600. Gaibisso, Carolina Laura. Legajo nro. 570. Lesiones físicas graves.
601. Gaibisso, Javier Pablo. Legajo nro. 541. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
602. Galarza, Jorge Leonardo. Legajo nro. 98. Lesiones físicas y psíquicas graves.
603. Galarza, Lorenzo Evaristo. Legajo nro. 150. Lesiones físicas y psíquicas graves.
604. Galarza, Lucas Ezequiel. Legajo nro. 1498. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
605. Galarza, Sergio Martín. Legajo nro. 1277. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
606. Galdabini, Juan Pablo. Legajo nro. 1335. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
607. Galeano, Fabián Horacio. Legajo nro. 454. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
608. Gallardo, Maria Florencia. Legajo nro. 107. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
609. Gallego, Maria Eugenia. Legajo nro. 455. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
610. Galván, Celeste Gisella. Legajo nro. 689. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
611. Galván, Luís Daniel. Legajo nro. 305. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
612. Ganci, Marcelo Alberto. Legajo nro. 1206. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
613. Gandulfo, Lucas Gabriel. Legajo nro. 960. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
614. Garavento, Jonathan Hernán. Legajo nro. 1153. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
615. García Cambeiro, Daniela. Legajo nro. 863. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
616. García, Anabela. Legajo nro. 650. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
617. García, Ezequiel Alberto. Legajo nro. 172. Lesiones físicas y psíquicas graves.
618. García, Gabriel Alejandro. Legajo nro. 28. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
619. García, Giselle Lorena. Legajo nro. 1017. Lesiones físicas y psíquicas graves.
620. García, Javier Hernán. Legajo nro. 1479. Lesiones físicas y psíquicas graves.
621. García, Joaquín Hernán. Legajo nro. 210. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
622. García, José Maria. Legajo nro. 998. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
623. García, Juan Manuel. Legajo nro. 1307. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
624. García, Leonel Carlos. Legajo nro. 935. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
625. García, Marcelo Javier. Legajo nro. 881. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
626. García, Melina Claudia. Legajo nro. 810. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
627. García, Victoria. Legajo nro. 367. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
628. Garnica, Luciano. Legajo nro. 1196. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
629. Gaspar, Laura Geraldine. Legajo nro. 489. Lesiones físicas graves.
630. Gaspar, Stella Maris. Legajo nro. 479. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
631. Gastaldo, Vanesa. Legajo nro. 647. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
632. Gasteasoro, Natalia Patricia. Legajo nro. 1238. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
633. Gatica, Diego Ariel. Legajo nro. 1448. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
634. Gatti, Sabrina Alejandra. Legajo nro. 893. Lesiones físicas graves.
635. Gauna, Jeremías. Legajo nro. 483. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
636. Gauna, Maria Florencia. Legajo nro. 432. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
637. Gelbari, Isaac. Legajo nro. 365. Lesiones físicas y psíquicas graves.
638. Gelbart, Silvia Ariela. Legajo nro. 366. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
639. Genaver, Martín Ezequiel. Legajo nro. 289. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
640. Gentile, Franco Antonio. Legajo nro. 1460. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
641. Germano, Sebastián Agustín. Legajo nro. 1539. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
642. Gersón, Alfredo Negri. Legajo nro. 895. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
643. Gesvaldi, Luciano Iván. Legajo nro. 343. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
644. Ghiglione, Franco Leonel. Legajo nro. 1395. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
645. Ghirardi, Gisela Andrea. Legajo nro. 1559. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
646. Giangreco, Carolina Bianca. Legajo nro. 1240. Lesiones físicas graves.
647. Gilsanz, Facundo Mariano. Legajo nro. 464. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
648. Giménez, Adrián Marcelo. Legajo nro. 1278. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
649. Giménez, Gustavo Daniel. Legajo nro. 687. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
650. Gioffré, Matías Juan. Legajo nro. 339. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
651. Gionta, Luciano Martín. Legajo nro. 540. Lesiones físicas y psíquicas graves.
652. Giorgio, Ezequiel. Legajo nro. 1422. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
653. Godenzi, Damián. Legajo nro. 1090. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
654. Godoy, Cristian Adrián. Legajo nro. 519. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
655. Gomes Rosales, Florencia Natalia. Legajo nro. 581. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
656. Gómez Sarcone, Daniela. Legajo nro. 216. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
657. Gómez, Ariel Eduardo. Legajo nro. 704. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
658. Gómez, Damián Ezequiel. Legajo nro. 1429. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
659. Gómez, Emiliano Oscar. Legajo nro. 1464. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
660. Gómez, Hernán Alejandro. Legajo nro. 606. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
661. Gómez, Martín Sebastián. Legajo nro. 325. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
662. Gómez, Neri Gonzalo. Legajo nro. 262. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
663. Gómez, Osvaldo José. Legajo nro. 891. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
664. Gómez, Roberto Daniel. Legajo nro. 1526. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
665. Gómez, Silvina. Legajo nro. 175. Lesiones físicas y psíquicas graves.
666. Gomínguez, Mariano Carlos. Legajo nro. 1081. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
667. González Cardozo, Ever Ramón. Legajo nro. 1447. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
668. Gonzáles Fretes, Diana Beatriz. Legajo nro. 1441. Lesiones físicas y psíquicas graves.
669. Gonzáles Fretes, Roberto Fernando. Legajo nro. 481. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
670. González Ortiz, Marcelo. Legajo nro. 1055. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
671. González Saudán, Tatiana Rocío. Legajo nro. 1432. Lesiones físicas graves.
672. González Torres, Alfredo. Legajo nro. 1401. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
673. Gonzáles, Alberto Martín. Legajo nro. 42. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
674. González, Analía Belén. Legajo nro. 484. Lesiones físicas graves.
675. González, Damián Matías. Legajo nro. 1011. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
676. González, Dario. Legajo nro. 378. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
677. González, Diana. Legajo nro. 1050. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
678. González, Jorge Eduardo. Legajo nro. 740. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
679. González, Laura Esther. Legajo nro. 944. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
680. González, Lucila. Legajo nro. 164. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
681. González, Mabel Elena. Legajo nro. 143. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
682. González, Maria Laura. Legajo nro. 450. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
683. González, Martín Ignacio. Legajo nro. 342. Lesiones físicas y psíquicas graves.
684. González, Néstor Matías. Legajo nro. 795. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
685. González, Nicolás Agustín. Legajo nro. 1364. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
686. González, Rodrigo Javier. Legajo nro. 616. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
687. González, Sergio. Legajo nro. 1538. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
688. González, Sofía. Legajo nro. 1443. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
689. González, Tamara. Legajo nro. 1189. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
690. Goñi, Manuel. Legajo nro. 209. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
691. Gorgazzi, Paula Natalia. Legajo nro. 777. Lesiones físicas y psíquicas graves.
692. Gorini, María Florencia. Legajo nro. 720. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
693. Graciano, Juan Carlos. Legajo nro. 174. Lesiones físicas y psíquicas graves.
694. Grajales, Marta. Legajo nro. 950. Lesiones físicas y psíquicas graves.
695. Grassetti, Julieta. Legajo nro. 1496. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
696. Graziano, Emilia Elisa. Legajo nro. 1257. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
697. Griego, Lucas Damián. Legajo nro. 826. Lesiones físicas y psíquicas graves.
698. Guaglianone, Marcelo Damián. Legajo nro. 1501. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
699. Guarino, Johana Andrea. Legajo nro. 1254. Lesiones físicas y psíquicas graves.
700. Guebel, Hernán Mariano. Legajo nro. 32. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
701. Guebel, Laura Verónica. Legajo nro. 33. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
702. Guerra, Carolina Cecilia. Legajo nro. 400. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
703. Guerrero, Gonzalo Nahuel. Legajo nro. 1069. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
704. Guerrero, Jorge Omar. Legajo nro. 1070. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
705. Guerrero, Juan Manuel. Legajo nro. 1057. Lesiones físicas y psíquicas graves.
706. Guerrico, Maria Paula. Legajo nro. 1552. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
707. Guilburd, Nela Alicia. Legajo nro. 792. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
708. Guiñazú, Sebastián. Legajo nro. 932. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
709. Guirland, Diego Gastón. Legajo nro. 812. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
710. Gutiérrez Ortiz, Guadalupe Grisel. Legajo nro. 660. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
711. Gutiérrez, Alfredo Adolfo. Legajo nro. 114. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
712. Gutiérrez, Emanuel Emiliano. Legajo nro. 30. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
713. Guzmán, Diego Francisco. Legajo nro. 532. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
714. Guzmán, Emiliano Ezequiel . Legajo nro. 1112. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
715. Haber, Martín. Legajo nro. 1525. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
716. Haber, Tamara Mailén. Legajo nro. 105. Lesiones físicas y psíquicas graves.
717. Hamze, Carlos Javier. Legajo nro. 1558. Lesiones físicas y psíquicas graves.
718. Henríquez, Maria Fernanda. Legajo nro. 1099. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
719. Heredia, Marcelo Javier. Legajo nro. 359. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
720. Hergotti, Gustavo Javier. Legajo nro. 14. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
721. Hernández, Gerardo Fabián. Legajo nro. 1356. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
722. Herrera, Andrés Facundo. Legajo nro. 90. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
723. Herrera, Cynthia Verónica. Legajo nro. 238. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
724. Herrera, Dario Sebastián. Legajo nro. 236. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
725. Hervida, Marcelo Daniel. Legajo nro. 113. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
726. Hidalgo, Adrián Omar. Legajo nro. 930. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
727. Higashimonguchi, Jonatan Joel. Legajo nro. 1296. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
728. Horisberger, Micaela Soledad. Legajo nro. 444. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
729. Hortal, Julio Cesar. Legajo nro. 472. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
730. Ibáñez, Carolina. Legajo nro. 334. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
731. Ibáñez, Florencia. Legajo nro. 1226. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
732. Ibarra, Gustavo Dante. Legajo nro. 468. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
733. Ibarra, Matías Eduardo. Legajo nro. 593. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
734. Iezzi, Leandro. Legajo nro. 838. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
735. Infante, Matías Sebastián. Legajo nro. 868. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
736. Iníguez, Ricardo Daniel. Legajo nro. 260. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
737. Insaurralde, Diego Ricardo. Legajo nro. 322. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
738. Insaurralde, Gustavo Alberto. Legajo nro. 215. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
739. Insaurralde, Ramiro Mario. Legajo nro. 1101. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
740. Invernizzi, Mercedes. Legajo nro. 1006. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
741. Iriarte, Cristian. Legajo nro. 1102. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
742. Iriarte, Juan Carlos. Legajo nro. 1140. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
743. Iriso, Pablo Nicolás. Legajo nro. 702. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
744. Jaime, Analía Verónica. Legajo nro. 392. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
745. Jaime, Soledad Gabriela. Legajo nro. 561. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
746. Jakim, Jésica. Legajo nro. 1029. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
747. Jara, Diego Fernández. Legajo nro. 295. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
748. Jardín, Damián Osvaldo. Legajo nro. 1385. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
749. Javier, Adrián Dario. Legajo nro. 287. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
750. Javier, Laura Daniela. Legajo nro. 240. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
751. Jerochin, Joan Sebastián. Legajo nro. 884. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
752. Jofré, Gabriela Cecilia. Legajo nro. 478. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
753. Jovellanos de Aguiar Laporaes, Andrés. Legajo nro. 1557. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
754. Juárez, Maia Virginia. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
755. Juárez, Maximiliano Rodrigo. Legajo nro. 1532. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
756. Jures, Mailén Andrea. Legajo nro. 559. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
757. Jures, Miriam Jauqeline. Legajo nro. 560. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
758. Jures, Silvina Teresa. Legajo nro. 596. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
759. Katz, Leonel. Legajo nro. 554. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
760. Kehiayan, Jorge Raúl. Legajo nro. 578. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
761. Klausek, Karina Mariela. Legajo nro. 824. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
762. Kolbasicz, Daniel Emiliano. Legajo nro. 482. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
763. Kralj, Nicolás Enrique. Legajo nro. 255. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
764. Kratzer, Leandro Andrés. Legajo nro. 1271. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
765. Krause, Germán. Legajo nro. 1469. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
766. Krempasky, Verónica Andrea. Legajo nro. 989. Lesiones físicas y psíquicas graves.
767. Krom, Cristian Ezequiel. Legajo nro. 1361. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
768. La Bianca, Matías Ezequiel. Legajo nro. 239. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
769. La Puente, Fernando Sebastián. Legajo nro. 1351. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
770. Lagues, Pedro. Legajo nro. 1366. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
771. Laguis, Maximiliano Ezequiel. Legajo nro. 245. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
772. Lamanna, Hernán Daniel. Legajo nro. 572. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
773. Lamannai, Hernán Ariel. Legajo nro. 26. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
774. Lamela, Marcia Alejandra. Legajo nro. 1555. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
775. Lamensa, Marina Andrea. Legajo nro. 828. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
776. Lamotte, Federico. Legajo nro. 416. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
777. Landi, Lucas Maximiliano. Legajo nro. 659. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
778. Landro, Ayelén Yanina. Legajo nro. 713. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
779. Larrecochea, Carlos Félix. Legajo nro. 102. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
780. Latini, Martín Ezequiel. Legajo nro. 553. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
781. Lavandeira, Guiliana Lucia. Legajo nro. 253. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
782. Lazza, Nicolás Miguel Ángel. Legajo nro. 1371. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
783. Ledesma, Carlos Alejandro. Legajo nro. 234. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
784. Ledo, Gonzalo. Legajo nro. 1180. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
785. Leggio, Jorge. Legajo nro. 1154. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
786. Leguizamon, Edgardo Damián. Legajo nro. 1397. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
787. Leiva, Iván Manuel. Legajo nro. 448. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
788. Leiva, Juan Ignacio. Legajo nro. 96. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
789. Lemos, Alan Leandro. Legajo nro. 73. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
790. Lemos, Federico Sebastián. Legajo nro. 233. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
791. Lemos, Xavier Gerardo. Legajo nro. 69. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
792. León, Guillermo Alexander. Legajo nro. 1474. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
793. Lescano, Betina Virginia. Legajo nro. 1373. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
794. Lescano, Martín Andrés. Legajo nro. 1376. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
795. Letcher, Pablo Germán. Legajo nro. 637. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
796. Levín, Ana Florencia. Legajo nro. 460. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
797. Leyes, Nicolás Maximiliano. Legajo nro. 841. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
798. Lezcano, Christian Gabriel. Legajo nro. 338. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
799. Lezcano, Damiana. Legajo nro. 7. Lesiones físicas y psíquicas graves.
800. Lezcano, Yanina Silvina. Legajo nro. 20. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
801. Licata, Mariana Magali. Legajo nro. 968. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
802. Lichtenstein, Diego. Legajo nro. 469. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
803. Liendo, Marcelo Gustavo. Legajo nro. 728. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
804. Lima, Hugo Orlando. Legajo nro. 457. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
805. Lindner, Yamila Andrea. Legajo nro. 1397. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
806. Lizarralde, Santiago. Legajo nro. 1088. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
807. Lizarza, Mariano Ezequiel. Legajo nro. 39. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
808. Llanes, Carolina Natalí. Legajo nro. 978. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
809. Llanes, Joaquín Damián. Legajo nro. 848. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
810. Llanes, Miguel Ángel. Legajo nro. 1165. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
811. Llaneza, Luís. Legajo nro. 412. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
812. Llano, Leandro Emanuel. Legajo nro. 520. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
813. Llopar, Esteban Sebastián. Legajo nro. 414. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
814. Lloyd, Facundo Eduardo. Legajo nro. 937. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
815. Loaiza, Gustavo Martín. Legajo nro. 345. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
816. Lobón Ruggieri, Cynthia. Legajo nro. 875. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
817. Lombardia, Facundo Manuel. Legajo nro. 772. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
818. Lombruno, Lucia Estefanía. Legajo nro. 48. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
819. Londei, Augusto Alejandro. Legajo nro. 353. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
820. Longo, Sara Irene. Legajo nro. 956. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
821. López Alfonso, Maria Florentina. Legajo nro. 189. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
822. López Elías, María Belén. Legajo nro. 620. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
823. López Jordanoff, Mariano. Legajo nro. 1059. Lesiones físicas y psíquicas graves.
824. López Piñero, Pablo Raúl. Legajo nro. 183. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
825. López, Andrea. Legajo nro. 470. Lesiones físicas y psíquicas graves.
826. López, Cosme Orlando. Legajo nro. 220. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
827. López, Damián Yair. Legajo nro. 835. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
828. López, Emiliano. Legajo nro. 1452. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
829. López, Gabriel Guillermo. Legajo nro. 1461. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
830. López, Héctor Eduardo. Legajo nro. 490. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
831. López, Javier Humberto. Legajo nro. 784. Lesiones físicas y psíquicas graves.
832. López, Juan Manuel. Legajo nro. 598. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
833. López, Julián Yamil. Legajo nro. 837. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
834. López, Leandro Gastón. Legajo nro. 527. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
835. López, Nicolás Eduardo. Legajo nro. 1306. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
836. López, Roberto Ramón. Legajo nro. 775. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
837. Lorge, Martin Daniel. Legajo nro. 59. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
838. Loza, Miguel Ángel. Legajo nro. 1328. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
839. Lucero Sosa, Pablo Nicolás. Legajo nro. 542. Lesiones físicas y psíquicas graves.
840. Luna, Diego Hernán. Legajo nro. 854. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
841. Luna, Mario Alberto. Legajo nro. 466. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
842. Luna, Martina del Valle. Legajo nro. 725. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
843. Lupi Eijo, Miguel Héctor Andrés. Legajo nro. 769. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
844. Luzza, Franco Rodrigo. Legajo nro. 1256. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
845. Macchi, Maria Eugenia. Legajo nro. 1013. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
846. Machicote, Eduardo José. Legajo nro. 165. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
847. Machuca, Vanina Valeria. Legajo nro. 509. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
848. Maciel, Adrián Alejandro. Legajo nro. 1398. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
849. Maciel, Matías Antonio. Legajo nro. 1320. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
850. Madregal, Hernán Federico. Legajo nro. 836. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
851. Magalú, Claudio Horacio. Legajo nro. 979. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
852. Magani, Facundo Sebastián. Legajo nro. 959. Lesiones físicas y psíquicas graves.
853. Magarelli, Gabriela Andrea. Legajo nro. 445. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
854. Maggio, Gabriele Mariano. Legajo nro. 580. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
855. Magnani, Gonzalo Daniel. Legajo nro. 913. Lesiones físicas y psíquicas graves.
856. Magnani, Maximiliano Gastón. Legajo nro. 1145. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
857. Magnarelli, David Miguel. Legajo nro. 940. Lesiones físicas graves.
858. Maidana, Claudio Roberto. Legajo nro. 1293. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
859. Maidana, Flavia Gisele. Legajo nro. 244. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
860. Maidana, Juan Manuel. Legajo nro. 242. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
861. Maidana, Marcelo Sebastián. Legajo nro. 1294. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
862. Maidana, Matías Hernán. Legajo nro. 1295. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
863. Maidana, Rolando Ramón. Legajo nro. 1250. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
864. Maiolo, Martín Nicolás. Legajo nro. 235. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
865. Maldonado, Gastón Rubén. Legajo nro. 1470. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
866. Maltese, Lucia Alejandra. Legajo nro. 1166. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
867. Maltese, Silvio Fidel. Legajo nro. 945. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
868. Manchego, Jonathan David. Legajo nro. 865. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
869. Manchinu, Maximiliano Adrián. Legajo nro. 645. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
870. Mancini, Cristian. Legajo nro. 1550. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
871. Mancinone, Ana Maria. Legajo nro. 525. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
872. Mancuso, Ana Verónica. Legajo nro. 711. Lesiones físicas y psíquicas graves.
873. Mancuso, Martín. Legajo nro. 1014. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
874. Mangone, Laura. Legajo nro. 516. Lesiones físicas y psíquicas graves.
875. Mangone, Mariela Giselle. Legajo nro. 555. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
876. Mangone, Paula Verónica. Legajo nro. 587. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
877. Manzullo, Juan. Legajo nro. 1052. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
878. Marangoni, Eliana. Legajo nro. 827. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
879. Marcel, Néstor. Legajo nro. 995. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
880. Marcheschi, Paula Mónica. Legajo nro. 750. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
881. Marchetti, Yanina. Legajo nro. 1301. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
882. Marchini, Maximiliano. Legajo nro. 588. Lesiones físicas y psíquicas graves.
883. Marconi, Sandra Susay. Legajo nro. 312. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
884. Marcos, Iván Sergio. Legajo nro. 1471. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
885. Marcozzi, Adrián. Legajo nro. 528. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
886. Margonari, Giselle Lorena. Legajo nro. 600. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
887. Marine, Juan Ignacio. Legajo nro. 1181. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
888. Maritello, Leandro Gustavo. Legajo nro. 1384. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
889. Marletta, Gabriel Leonardo. Legajo nro. 420. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
890. Mármol, Gonzalo Alejandro. Legajo nro. 1473. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
891. Márquez, Martín. Legajo nro. 1034. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
892. Márquez, Nahuel Ezequiel. Legajo nro. 1534. Lesiones físicas graves.
893. Marsilla, Iván. Legajo nro. 355. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
894. Marsilla, Nicolás. Legajo nro. 354. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
895. Martínez Brítez, Gustavo Federico. Legajo nro. 673. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
896. Martínez Figueredo, Daniel. Legajo nro. 410. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
897. Martínez Sante, Lucia. Legajo nro. 1327. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
898. Martínez Viademonte, Rodrigo. Legajo nro. 456. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
899. Martínez, Ángel Rubén. Legajo nro. 646. Lesiones físicas y psíquicas graves.
900. Martínez, Ariel Facundo. Legajo nro. 1358. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
901. Martínez, Cristian. Legajo nro. 6. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
902. Martínez, Diego Ignacio. Legajo nro. 264. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
903. Martínez, Guillermo Leonel. Legajo nro. 8. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
904. Martínez, Maximiliano. Legajo nro. 955. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
905. Martínez, Víctor Martín. Legajo nro. 626. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
906. Martucci, Sebastián. Legajo nro. 1079. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
907. Narváez, Javier Santiago. Legajo nro. 544. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
908. Marzaroni, Carlos Ariel. Legajo nro. 1203. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
909. Marzorati, Ariela. Legajo nro. 1407. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
910. Mástroverti, Marco Eugenio. Legajo nro. 915. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
911. Másullo, Juan Francisco. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
912. Matteucci, Marco Federico. Legajo nro. 656. Lesiones físicas graves.
913. Matus, Romina. Legajo nro. 818. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
914. Maza, Lucas Julián. Legajo nro. 1007. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
915. Medardo Másini, Rodolfo. Legajo nro. 237. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
916. Medina González, Natalia J. Legajo nro. 9. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
917. Medina, Leonardo Ariel. Legajo nro. 1275. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
918. Medina, Tomás Cristian Daniel. Legajo nro. 292. Lesiones físicas graves.
919. Melgarejo, Viviana Noemí. Legajo nro. 756. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
920. Mellado Toledo, Romina Vanesa. Legajo nro. 624. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
921. Melo, José Augusto. Legajo nro. 627. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
922. Mendeliuk, Román. Legajo nro. 1523. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
923. Méndez, Marcelo Damián. Legajo nro. 1504. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
924. Méndez, Martín Ceferino Sebastián. Legajo nro. 1084. Lesiones físicas y psíquicas graves.
925. Méndez, Rubén Alejandro. Legajo nro. 1514. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
926. Mendoza, Lucas Jesús. Legajo nro. 1231. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
927. Menéndez, Sofía Rosa. Legajo nro. 1456. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
928. Merlino, Romina Florencia. Legajo nro. 1228. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
929. Merlo, Andrés Santiago. Legajo nro. 1404. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
930. Mesa Mestanza, Juan Francisco. Legajo nro. 964. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
931. Mesa, Matías Emanuel. Legajo nro. 506. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
932. Mesa, Rodrigo Daniel. Legajo nro. 502. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
933. Miano, Pedro Daniel. Legajo nro. 850. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
934. Miguel, Walter Omar. Legajo nro. 284. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
935. Mihalik, Lucas Pablo. Legajo nro. 842. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
936. Milano, Verónica Ester. Legajo nro. 306. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
937. Mildenberger, Ariel Nicolás. Legajo nro. 782. Lesiones físicas y psíquicas graves.
938. Militello, Francisco Gabriel. Legajo nro. 635. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
939. Minici, Esteban Dario. Legajo nro. 985. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
940. Minici, Sebastián Maximiliano. Legajo nro. 987. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
941. Miño, Ricardo Luís. Legajo nro. 1243. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
942. Mohnen, Samanta Estefanía. Legajo nro. 549. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
943. Mohsen, Tamara. Legajo nro. 408. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
944. Mohsen, Yamila Vanesa. Legajo nro. 407. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
945. Molina, Carlos Alberto. Legajo nro. 1164. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
946. Molina, Julia. Legajo nro. 1036. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
947. Molina, Lautaro. Legajo nro. 760. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
948. Molina, Sabrina Cynthia. Legajo nro. 1303. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
949. Moliner, Camila Ayelén. Legajo nro. 753. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
950. Monges Torres, Diego Ariel. Legajo nro. 543. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
951. Montenegro, Lorena. Legajo nro. 1027. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
952. Montenegro, Martín Miguel. Legajo nro. 1522. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
953. Montes De Oca, Fernando Daniel. Legajo nro. 991. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
954. Monti, Mariana Laura. Legajo nro. 158. Lesiones físicas y psíquicas graves.
955. Montillo, Jorge Federico. Legajo nro. 130. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
956. Montivero, Cristian Ariel. Legajo nro. 911. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
957. Montivero, Vanina. Legajo nro. 931. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
958. Monzón, Anabela Soledad. Legajo nro. 430. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
959. Monzón, Marcelo. Legajo nro. 1114. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
960. Moragués, Martín Miguel. Legajo nro. 1127. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
961. Morales, Antonia Patricia. Legajo nro. 1283. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
962. Morales, Florencia. Legajo nro. 1085. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
963. Morales, Nadia. Legajo nro. 1147. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
964. Morales, Santiago Joaquín. Legajo nro. 1202. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
965. Moreira, Carolina Soledad. Legajo nro. 1118. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
966. Moreno, Ariel Roberto. Legajo nro. 723. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
967. Moreno, Maria Inés. Legajo nro. 763. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
968. Moreno, Sofía Roxana. Legajo nro. 447. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
969. Morinigo, Carlos Daniel. Legajo nro. 1109. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
970. Moroni, Ignacio Luís. Legajo nro. 1492. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
971. Moscato, Diego Ariel. Legajo nro. 132. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
972. Mostafa, Karina Noemí. Legajo nro. 676. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
973. Moswalder Rojas, Frank. Legajo nro. 1459. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
974. Mourkarzel, Mario. Legajo nro. 1554. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
975. Moya, Martín Alejandro. Legajo nro. 845. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
976. Murúa, Leandro Ezequiel. Legajo nro. 340. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
977. Musladin, Juan José. Legajo nro. 390. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
978. Nadal, Luciano Gastón. Legajo nro. 436. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
979. Najmias, Damián. Legajo nro. 738. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
980. Napimoga, Emiliano Osvaldo. Legajo nro. 742. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
981. Napoli, Maria Florencia. Legajo nro. 719. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
982. Narváez, Maria Carolina. Legajo nro. 1415. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
983. Narváez, Maria Sol. Legajo nro. 1416. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
984. Navarro, Maximiliano Ezequiel. Legajo nro. 423. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
985. Naya Ibáñez, Ramiro Gabriel. Legajo nro. 602. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
986. Negri, Jacqueline Ianina. Legajo nro. 894. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
987. Nesteruk, Valeria. Legajo nro. 975. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
988. Nicotra, Sabrina Beatriz. Legajo nro. 628. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
989. Nieto, Adrián José. Legajo nro. 1155. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
990. Nieto, Alejandro Javier. Legajo nro. 579. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
991. Nieto, Gonzalo Matías. Legajo nro. 31. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
992. Nivolo, Facundo. Legajo nro. 1092. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
993. Noboa, Lucia Soledad. Legajo nro. 1065. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
994. Noguera, Maria Soledad. Legajo nro. 535. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
995. Noriega, Diego Marcelo. Legajo nro. 533. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
996. Núñez, Adrián Enrique. Legajo nro. 1284. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
997. Núñez, Juan Manuel. Legajo nro. 1362. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
998. Núñez, Juan Pablo. Legajo nro. 46. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
999. Núñez, Luís María. Legajo nro. 404. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1000. Núñez, Mariano Alberto. Legajo nro. 405. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1001. Núñez, Sebastián Mariano. Legajo nro. 418. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1002. Obregón, Lucas. Legajo nro. 1015. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1003. Ocampo Álvarez, Tomás Alejandro. Legajo nro. 943. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1004. Ochoa, Maximiliano Martín. Legajo nro. 811. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1005. Ojeda, Alberto Fernando. Legajo nro. 384. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1006. Olivera, Maria Belén. Legajo nro. 1068. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1007. Olivieri, Maria Laura. Legajo nro. 1508. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1008. Olla, Jacobo David. Legajo nro. 707. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1009. Olmedo, Juan Sebastián. Legajo nro. 160. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1010. Olmos, Carlos Nahuel. Legajo nro. 1182. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1011. Olmos, Juan Manuel. Legajo nro. 1484. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1012. Ormaechea, Carolina Rita. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1013. Orona, Benjamín. Legajo nro. 1194. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1014. Orozco Bustos, Tania Denise. Legajo nro. 155. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1015. Ortiz, Ariel Sebastián. Legajo nro. 1234. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1016. Ortiz, Maria Cristina. Legajo nro. 1195. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1017. Ortiz, Oscar Ramón. Legajo nro. 1543. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1018. Orzanco, Carlos Gastón. Legajo nro. 35. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1019. Otarola, Jésica Natalia. Legajo nro. 823. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1020. Otero, Mariano Gerardo. Legajo nro. 1. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1021. Otero, Mariano Jorge. Legajo nro. 134. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1022. Ovide, Diego Sebastián. Legajo nro. 24. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1023. Pacheco, Daniela Paula. Legajo nro. 1435. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1024. Pachilla, Florencia Soledad. Legajo nro. 1462. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1025. Padilla Cárdenas, Manuel Alejandro. Legajo nro. 700. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1026. Padula, Melody Cinthia. Legajo nro. 733. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1027. Páez, Matías Jorge. Legajo nro. 607. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1028. Paganetti Fuentes, María Florencia. Legajo nro. 885. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1029. Pagela Maria Gabriela. Legajo nro. 927. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1030. Pailos, Nahuel Alberto. Legajo nro. 168. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1031. Pailos, Nelson Alejandro. Legajo nro. 166. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1032. País, Esteban Leonel. Legajo nro. 1502. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1033. Palacios, Emiliano. Legajo nro. 514. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1034. Palacios, Mariano Martín. Legajo nro. 997. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1035. Palazzo, Lionel Ignacio. Legajo nro. 1156. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1036. Palladino, Emiliano Gastón. Legajo nro. 370. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1037. Palleiro, Javier. Legajo nro. 18. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1038. Palomar, Daniel Omar. Legajo nro. 314. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1039. Palomequi, Leandro Pablo. Legajo nro. 1498. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1040. Paniagua, Miriam. Legajo nro. 140. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1041. Panuzzi, Yanina Alejandra. Legajo nro. 982. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1042. Pañoso, Gabriela Alejandra. Legajo nro. 281. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1043. Paolino, Juan Sebastián. Legajo nro. 1157. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1044. Papaleo, Cristian Ezequiel. Legajo nro. 573. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1045. Papolla, Enzo Rene. Legajo nro. 222. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1046. Papolla, Nicolás Andrés. Legajo nro. 218. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1047. Paradiso, Carlos Andrés. Legajo nro. 990. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1048. Pardo, Jésica Analía. Legajo nro. 833. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1049. Paredes, Alfredo Emmanuel. Legajo nro. 71. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1050. Parodi, Gisela Romina. Legajo nro. 161. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1051. Parrondo, Sabrina Ileana. Legajo nro. 1540. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1052. Pascual, Gustavo Martín. Legajo nro. 386. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1053. Pastorini, Jorge Emiliano. Legajo nro. 12. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1054. Pastrana, Sebastián. Legajo nro. 717. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1055. Pata, Gustavo Horacio. Legajo nro. 694. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1056. Pato, Juan Matías. Legajo nro. 794. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1057. Pato, Maria Belén. Legajo nro. 373. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1058. Patruno, Leandro Roberto. Legajo nro. 1264. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1059. Paz Coppola, Germán Gabriel. Legajo nro. 686. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1060. Paz, Carlos Raúl. Legajo nro. 227. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1061. Pazos, Lisandro Oscar. Legajo nro. 111. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1062. Pederzoli, Pablo Matías. Legajo nro. 1519. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1063. Pelliccioni, Matías Jesús. Legajo nro. 383. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1064. Pellizeri, Sebastián. Legajo nro. 243. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1065. Pellizza, Sebastián Aníbal. Legajo nro. 1363. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1066. Peluffo, Pablo Ariel. Legajo nro. 1158. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1067. Penna, Karina Claudia. Legajo nro. 1495. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1068. Pensado, Emilce Soledad. Legajo nro. 1311. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1069. Pensado, Emilce Soledad. Legajo nro. 1359. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1070. Pensando, Carlos Sebastián. Legajo nro. 1318. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1071. Pensotti, Carla Daniela. Legajo nro. 882. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1072. Peña Luscher, Matías Camilo. Legajo nro. 1412. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1073. Peña, Maria Soledad. Legajo nro. 807. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1074. Peralta, Maria Inés. Legajo nro. 538. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
1075. Peralta, Maria Silvana. Legajo nro. 539. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1076. Pereyra, Belén Daniela. Legajo nro. 953. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1077. Pereyra, Cristian Esteban. Legajo nro. 1314. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1078. Pereyra, Lucas Ezequiel. Legajo nro. 567. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1079. Pereyra, Luciano Gastón. Legajo nro. 744. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1080. Pereyra, Maria Luz. Legajo nro. 363. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1081. Pereyra, Noelia Celeste. Legajo nro. 1357. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1082. Pérez Aleda, Juan Manuel. Legajo nro. 1348. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1083. Pérez Calabresi, Daniel Emiliano. Legajo nro. 1451. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1084. Pérez Echegaray, Joaquín Alfredo. Legajo nro. 1255. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1085. Pérez Kleiser, Joaquín. Legajo nro. 605. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1086. Pérez Oscar Hugo Fernando. Legajo nro. 1244. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1087. Pérez, Alana Yael. Legajo nro. 1374. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1088. Pérez, Ángel Daniel. Legajo nro. 335. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1089. Pérez, diego. Legajo nro. 1119. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1090. Pérez, Jésica Lorena. Legajo nro. 752. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1091. Pérez, Jonathan Alejandro. Legajo nro. 1553. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1092. Pérez, Libia Susana. Legajo nro. 556. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1093. Pérez, Lucas Delfín. Legajo nro. 375. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1094. Pérez, Maria Guillermina. Legajo nro. 589. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1095. Pérez, Mariano Gustavo. Legajo nro. 840. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1096. Pérez, Martín Alejandro. Legajo nro. 695. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1097. Pérez, Mauro Leandro. Legajo nro. 1377. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1098. Pérez, Rubén Alberto. Legajo nro. 718. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1099. Pérez, Sisi Marianela. Legajo nro. 787. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1100. Pérez, Verónica Beatriz. Legajo nro. 729. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1101. Perrone, Raúl Ricardo. Legajo nro. 1288. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1102. Pertusati, Corina Eliana. Legajo nro. 349. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1103. Pesce, Verónica Andrea. Legajo nro. 992. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1104. Petruch, Martín Ernesto. Legajo nro. 83. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1105. Petruch, Victoria Alejandra. Legajo nro. 80. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1106. Pettinaroli, Analía Judith. Legajo nro. 1399. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1107. Peyrano, Mayra Celeste. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1108. Pichetti, Romina Mariel. Legajo nro. 1531. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1109. Pierro, Andrea Carolina. Legajo nro. 421. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1110. Pinto, Alejandro Miguel. Legajo nro. 1170. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1111. Pintos, Paulo Sebastián. Legajo nro. 1378. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1112. Piñeiro, Lucas Nicolás. Legajo nro. 703. Lesiones físicas graves.
1113. Piñeiro, Maria Eugenia. Legajo nro. 1512. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
1114. Piñeiro, Sergio. Legajo nro. 1199. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1115. Piñeyro, Mara Noemí. Legajo nro. 1309. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1116. Piris, Gladys del Carmen. Legajo nro. 72. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1117. Piris, Luciano. Legajo nro. 999. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1118. Pirraglia, Fabio. Legajo nro. 1438. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1119. Pivida Ramírez, Camila Mariana. Legajo nro. 1413. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1120. Pizzo, Pablo Rodolfo. Legajo nro. 332. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1121. Poblete, Alejandro Antonio. Legajo nro. 1390. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1122. Pochintesta, Enrique. Legajo nro. 1187. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1123. Poggio, José Ignacio. Legajo nro. 1201. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1124. Pogonza, Yamila Ramona. Legajo nro. 1475. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1125. Poloni, Edgardo. Legajo nro. 1442. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1126. Ponce, Alberto Alejandro. Legajo nro. 952. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1127. Ponce, Roberto Maximiliano. Legajo nro. 344. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1128. Ponce, Vanesa. Legajo nro. 387. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1129. Pontieri, Sergio Martín. Legajo nro. 36. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1130. Porcel de Peralta, Daniela Bernadette. Legajo nro. 571. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1131. Portel, Alejandro Javier. Legajo nro. 1482. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1132. Pozzoni, Bruno Nicolás. Legajo nro. 1411. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1133. Pradi, Carlos Fernando. Legajo nro. 789. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1134. Prieto Enrich, Jorge Fernando. Legajo nro. 529. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1135. Primosich, Leandro Adrián. Legajo nro. 1126. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1136. Priti, Carla Daniela. Legajo nro. 60. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1137. Procyk, Maximiliano Iván. Legajo nro. 1546. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1138. Pucci, Martín Leonel. Legajo nro. 822. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1139. Pucci, Rodrigo Luís. Legajo nro. 813. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1140. Puebla, Maria Fabiana. Legajo nro. 856. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1141. Pugliese, Maximiliano. Legajo nro. 257. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1142. Puntín, Yanina Gisele. Legajo nro. 1171. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1143. Quaranta, Ignacio Hernán. Legajo nro. 381. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1144. Quijano, Maximiliano David. Legajo nro. 1131. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1145. Quintana, Daniel. Legajo nro. 1024. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1146. Quinteros, Javier Eduardo. Legajo nro. 1481. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1147. Quinteros, Maria Laura. Legajo nro. 958. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1148. Quiroga, Maria Alejandra. Legajo nro. 672. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1149. Quiroga, Pablo Damián. Legajo nro. 402. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1150. Rabade, Berenice. Legajo nro. 397. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1151. Radice, Pamela Yanil. Legajo nro. 362. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1152. Radl, Bárbara. Legajo nro. 585. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1153. Raggio, Pablo Miguel. Legajo nro. 1133. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1154. Ragone, Pablo Nahuel. Legajo nro. 1103. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1155. Ramella, Amelia Esperanza. Legajo nro. 275. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1156. Ramenzoni, Virginia Cecilia. Legajo nro. 1143. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1157. Ramírez, Adrián Matías. Legajo nro. 545. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1158. Ramírez, Daniel Alberto. Legajo nro. 424. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1159. Ramírez, Domingo. Legajo nro. 1558. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1160. Ramírez, Elio Eduardo. Legajo nro. 121. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1161. Ramírez, Juan. Legajo nro. 1488. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1162. Ramírez, Matías Nicolás. Legajo nro. 119. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1163. Ramírez, Natalia Verónica Elizabeth. Legajo nro. 1402. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1164. Ramírez, Néstor Raúl. Legajo nro. 1001. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1165. Ramírez, Pablo. Legajo nro. 1518. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1166. Ramos, Celina. Legajo nro. 1338. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1167. Ramos, Maximiliano. Legajo nro. 374. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1168. Ramos, Victoria. Legajo nro. 1389. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1169. Ratti, Ezequiel Rodrigo. Legajo nro. 693. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1170. Ravea, Cecilia Soledad. Legajo nro. 839. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1171. Re, Brenda Marissa. Legajo nro. 706. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1172. Reinoso, Lautaro Gastón. Legajo nro. 852. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1173. Remesal, Diego Martín. Legajo nro. 358. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1174. Renigueo, Emanuel. Legajo nro. 337. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1175. Renna, Ariel Luís. Legajo nro. 256. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1176. Repetto, Ignacio. Legajo nro. 1333. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1177. Repetto, Jessica Melina. Legajo nro. 523. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1178. Revetria, Ariel Sebastián. Legajo nro. 51. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1179. Ribles Rible, Carmelo Marcos. Legajo nro. 191. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1180. Ricciardi Yakin, Magali. Legajo nro. 548. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1181. Ricciotti, Carla Virginia. Legajo nro. 1220. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1182. Richini, Gerardo. Legajo nro. 1063. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1183. Riglos Cosis, Alejandro Adrián. Legajo nro. 398. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1184. Rimoldi, Victoria Belén. Legajo nro. 980. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1185. Ríos, Claudio Ezequiel. Legajo nro. 441. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1186. Ríos, Lucas Mariano. Legajo nro. 66. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1187. Ríos, Maria Gimena. Legajo nro. 963. Lesiones físicas graves.
1188. Risso, Emanuel Jordán. Legajo nro. 679. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1189. Rivadavia, Martín. Legajo nro. 1524. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1190. Rivarola de la Fuente, Maria S. Legajo nro. 379. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1191. Rivas, Lidia Beatriz. Legajo nro. 914. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1192. Rivas, Yésica Estefanía. Legajo nro. 202. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1193. Rivero, Elizabeth Verónica. Legajo nro. 834. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1194. Rizzo, Claudio. Legajo nro. 356. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1195. Roa, Gustavo Ariel. Legajo nro. 1392. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1196. Roberto, Sebastián Matías. Legajo nro. 1315. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1197. Roberto, Sebastián Matías. Legajo nro. 1198. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1198. Robledo, Diego Agustín. Legajo nro. 1369. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1199. Robledo, Marcelo Nicolás. Legajo nro. 1342. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1200. Robles, Germán. Legajo nro. 1467. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1201. Robles, Marcos Adolfo. Legajo nro. 681. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1202. Rocchia, Ezequiel. Legajo nro. 1104. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1203. Rocha Jerez, Aixa Natalia. Legajo nro. 800. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1204. Rocha, Juan Carlos. Legajo nro. 592. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1205. Rodas, Abraham. Legajo nro. 1025. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1206. Rodriguez Deluca, Diego Ernesto. Legajo nro. 324. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1207. Rodriguez Gabin, Gabriel Adrián. Legajo nro. 293. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1208. Rodriguez Giménez, Ayelén Mariel. Legajo nro. 741. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1209. Rodriguez Grellet, Maria del Pilar. Legajo nro. 399. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1210. Rodriguez Lacrouts, Fernando. Legajo nro. 52. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1211. Rodriguez Miguel, Gonzalo Agustín. Legajo nro. 1485. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1212. Rodriguez Miguel, Martín Alejandro. Legajo nro. 1529. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1213. Rodriguez, Ariel Gastón. Legajo nro. 688. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1214. Rodriguez, Daiana Mabel. Legajo nro. 1235. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1215. Rodriguez, Esteban Omar. Legajo nro. 586. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1216. Rodriguez, Federico Elías. Legajo nro. 1352. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1217. Rodriguez, Fernando Ezequiel. Legajo nro. 377. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1218. Rodriguez, Gastón Humberto. Legajo nro. 816. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1219. Rodriguez, Gustavo Damián. Legajo nro. 65. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1220. Rodriguez, Jorge Javier. Legajo nro. 1542. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1221. Rodriguez, Juan José. Legajo nro. 758. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1222. Rodriguez, Julio Emanuel. Legajo nro. 1071. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1223. Rodriguez, Leticia Daiana. Legajo nro. 1304. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1224. Rodriguez, Maria Cielo. Legajo nro. 439. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1225. Rodriguez, Marina. Legajo nro. 101. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1226. Rodriguez, Martín Jorge. Legajo nro. 1269. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1227. Rodriguez, Matías. Legajo nro. 438. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1228. Rodriguez, Pablo Ezequiel. Legajo nro. 308. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1229. Rodriguez, Pablo Héctor. Legajo nro. 1381. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1230. Rodriguez, Romina Gisele. Legajo nro. 162. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1231. Rodriguez, Sabrina Inés. Legajo nro. 1346. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1232. Rodriguez, Sergio Daniel. Legajo nro. 1445. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1233. Roggero, José Agustín. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1234. Roggero, Juana Maria. Legajo nro. 866. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1235. Rojas, Chistian Guillermo. Legajo nro. 1396. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1236. Rojas, Juan Carlos. Legajo nro. 1233. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1237. Rojas, Marcos Antonio. Legajo nro. 983. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1238. Rojas, Marisol Elizabeth. Legajo nro. 643. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1239. Roldan, Bruno Javier. Legajo nro. 530. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1240. Roldan, Diego Alberto. Legajo nro. 1074. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1241. Roldan, Gustavo Javier. Legajo nro. 167. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1242. Roma, Facundo Nicolás. Legajo nro. 1464. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1243. Romachuk, Rodrigo Ezequiel. Legajo nro. 86. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1244. Romagialli, Eliana Romina. Legajo nro. 655. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1245. Román, Gustavo Adrián. Legajo nro. 601. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1246. Romano, Facundo. Legajo nro. 425. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1247. Romano, Pascual. Legajo nro. 266. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1248. Rombola Lucas Antonio. Legajo nro. 1281. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1249. Romero, Alejandro Gabriel. Legajo nro. 1000. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1250. Romero, Carlos Ezequiel. Legajo nro. 536. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1251. Romero, Christian Daniel. Legajo nro. 908. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1252. Romero, Ema Isabel. Legajo nro. 82. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1253. Romero, Facundo Gaspar. Legajo nro. 1468. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1254. Romero, Federico Alejandro. Legajo nro. 537. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1255. Romero, Gustavo Ariel. Legajo nro. 1173. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1256. Romero, Juan Carlos. Legajo nro. 297. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1257. Romero, Pablo Luís. Legajo nro. 563. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1258. Romito, Jessica Sabrina. Legajo nro. 192. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1259. Roncoroni, Maria Fernanda. Legajo nro. 883. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1260. Rossi, Juan Diego. Legajo nro. 976. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1261. Rossi, Juan Pablo. Legajo nro. 922. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1262. Rossi, Maria Lujan. Legajo nro. 1076. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1263. Rossomando, Elías. Legajo nro. 724. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1264. Rossomando, Ludmila Vanina. Legajo nro. 698. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1265. Rotundo, Carolina Susana. Legajo nro. 54. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1266. Rubidarte, Norma Graciela. Legajo nro. 431. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1267. Ruggieri, Diego. Legajo nro. 629. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1268. Ruiz Díaz, Daniel Matías. Legajo nro. 1545. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1269. Ruiz Díaz, Margarita Rosa. Legajo nro. 906. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1270. Ruiz Díaz, Maria Romina. Legajo nro. 137. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1271. Ruiz Díaz, Maria Rosana. Legajo nro. 136. Lesiones físicas graves.
1272. Ruiz Díaz, Pablo. Legajo nro. 651. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
1273. Ruiz Salas, Maria de las Nieves. Legajo nro. 1500. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1274. Ruiz, Claudio Adrián. Legajo nro. 1556. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
1275. Ruiz, Hernán Elvio. Legajo nro. 1239. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1276. Ruiz, Laura Adriana. Legajo nro. 552. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1277. Ruiz, Roberto Alejandro. Legajo nro. 1353. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1278. Ruiz, Sebastián Gabriel. Legajo nro. 185. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1279. Rusak, Jessica Soledad. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1280. Rusconi, Melina Vanesa. Legajo nro. 74. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1281. Saavedra, Leandro Javier. Legajo nro. 144. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1282. Sabra, Natalia. Legajo nro. 409. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1283. Saganias, Carolina Geraldine. Legajo nro. 1159. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1284. Saggin, Maria Candelaria. Legajo nro. 531. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1285. Said, Victoria Nair. Legajo nro. 690. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1286. Sala, Maria Laura. Legajo nro. 678. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1287. Saleh, Carla. Legajo nro. 618. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1288. Saleh, Nicolás. Legajo nro. 1160. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1289. Salgado, Facundo Gonzalo. Legajo nro. 1316. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1290. Salguero, Cristian Facundo. Legajo nro. 1417. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1291. Salguero, Leandro Javier. Legajo nro. 181. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1292. Salinas, Javier Arturo. Legajo nro. 749. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1293. Salinas, Liliana Elizabeth. Legajo nro. 116. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1294. Salles, Cristian Alberto. Legajo nro. 1423. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
1295. Salomón, Pire Ayelén Maria. Legajo nro. 125. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1296. Salomone, Lucas Víctor. Legajo nro. 1386. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1297. Salto, Noemí del Carmen. Legajo nro. 1051. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1298. Sambuelli, Facundo Ernesto. Legajo nro. 1267. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1299. Sanabria García, Diana Patricia. Legajo nro. 951. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1300. Sánchez, Bárbara Andrea. Legajo nro. 748. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1301. Sánchez, Emilio Adolfo. Legajo nro. 1124. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1302. Sánchez, Javier. Legajo nro. 1116. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1303. Sánchez, Juan Manuel. Legajo nro. 1365. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1304. Sánchez, Lorena Soledad. Legajo nro. 106. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1305. Sánchez, Lucas Martín. Legajo nro. 76. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1306. Sánchez, Nadia Soledad. Legajo nro. 709. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1307. Sánchez, Octavio Luís. Legajo nro. 1091. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1308. Sánchez, Silvina del Valle. Legajo nro. 336. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1309. Sandez, Ezequiel. Legajo nro. 603. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1310. Sandoni, Alan. Legajo nro. 401. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1311. Sandoni, Nadia. Legajo nro. 396. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1312. Sandoval, Nadia. Legajo nro. 551. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1313. Sandoval, Sebastián Alberto. Legajo nro. 1393. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1314. Sanfilippo, Maximiliano. Legajo nro. 99. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1315. Sangiacomo, Cristian Eduardo. Legajo nro. 1375. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1316. Santa Cruz, Omar David. Legajo nro. 141. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1317. Santana Abelleira, Sebastián Eduardo. Legajo nro. 1323. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1318. Santanarrosa Brailard, Verónica. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1319. Santander, Rubén Javier. Legajo nro. 910. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1320. Santarossa, Verónica. Legajo nro. 169. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1321. Santillán, Cesar Augusto. Legajo nro. 1420. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1322. Santillán, Marcelo Marino. Legajo nro. 1507. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1323. Santillán, Vanina Lujan. Legajo nro. 296. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1324. Santos Acuña, Nicolás. Legajo nro. 197. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1325. Santos Bava, Sabrina Johanna. Legajo nro. 385. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1326. Sarra, Alejandro Daniel. Legajo nro. 861. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1327. Sasalischiker, Javier. Legajo nro. 557. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1328. Saucedo, Cesar Gabriel. Legajo nro. 126. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1329. Saucedo, Emiliano. Legajo nro. 1440. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1330. Sayago, Lourdes Valeria. Legajo nro. 657. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1331. Scarpelli Ledesma, Iara Daniela. Legajo nro. 1008. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1332. Scarpelli, Heliana. Legajo nro. 1009. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1333. Schamann, Verónica. Legajo nro. 654. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1334. Schedel, Damián Eduardo. Legajo nro. 923. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1335. Schiavo, Rubén. Legajo nro. 971. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1336. Schieroni, Daniel. Legajo nro. 513. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1337. Schipani, Juan Pablo. Legajo nro. 212. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1338. Schneider, Jonathan Yamil. Legajo nro. 1161. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1339. Schonbrunn, Leandro Damián. Legajo nro. 316. Lesiones físicas graves.
1340. Scnaidman, Maia. Legajo nro. 1186. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1341. Segade, Valeria Veronica. Legajo nro. 1425. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1342. Segovia, Facundo Daniel. Legajo nro. 40. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1343. Sejas, Andrea Fernanda. Legajo nro. 747. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1344. Selier, Leandro. Legajo nro. 201. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1345. Semino, Leandro Javier. Legajo nro. 849. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1346. Senzabelo, Daniela. Legajo nro. 929. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1347. Serafini, Ariel. Legajo nro. 615. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1348. Serafini, Bárbara Karina. Legajo nro. 631. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1349. Serra, Eloy Alejandro Lautaro. Legajo nro. 504. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1350. Serrano, Federico Javier. Legajo nro. 754. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1351. Servente, Ignacio Ezequiel. Legajo nro. 1299. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1352. Seva, Matías Joel. Legajo nro. 473. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1353. Sevilla, Gerardo Adrián. Legajo nro. 862. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1354. Sgandurra, Fernando Martín. Legajo nro. 393. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1355. Sherman, José Ignacio. Legajo nro. 15. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1356. Shieroni, Fernando. Legajo nro. 522. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1357. Sieiro, Florencia Anabel. Legajo nro. 199. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1358. Sillak, Sergio Martín. Legajo nro. 333. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1359. Silva de Lima, Martín Ernesto. Legajo nro. 1370. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1360. Silva de Lima, Miguel Ángel. Legajo nro. 1370. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1361. Silva, Dolores Mercedes. Legajo nro. 1185. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1362. Silva, Irma Mercedes. Legajo nro. 1476. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1363. Silva, José Antonio. Legajo nro. 1310. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1364. Silva, Ramón Ariel. Legajo nro. 594. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1365. Silvera, Luís. Legajo nro. 1559. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1366. Simons, Félix Juan. Legajo nro. 901. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1367. Sirota, Julia. Legajo nro. 100. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1368. Sirota, Rodrigo Nicasio. Legajo nro. 1268. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1369. Skiba, Dario Nahuel. Legajo nro. 785. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1370. Skiba, Javier Andrés. Legajo nro. 771. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1371. Smiraglia, Romina Luciana. Legajo nro. 207. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1372. Soberon, Rubén Raúl. Legajo nro. 1547. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1373. Sokolowicz, Francisco. Legajo nro. 263. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1374. Soler, Giselle Edith. Legajo nro. 1176. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1375. Solitario, Marcelo David. Legajo nro. 388. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1376. Soljan, Mauro David. Legajo nro. 617. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1377. Solucio, Gastón Nicolas. Legajo nro. 38. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1378. Soraire, José Andrés. Legajo nro. 128. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1379. Sosa, Camilo Maximiliano. Legajo nro. 1232. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1380. Sosa, Dario Oscar. Legajo nro. 391. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1381. Sosa, Francisco, Rafael. Legajo nro. 221. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1382. Sosa, Mariana Paola. Legajo nro. 1387. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1383. Soto, Esteban Emanuel. Legajo nro. 154. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1384. Soto, Federico Martín. Legajo nro. 247. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1385. Soto, Juan Pablo. Legajo nro. 299. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1386. Soto, Maria Florencia. Legajo nro. 248. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1387. Souhami, Javier Alfredo. Legajo nro. 886. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1388. Spaccarotella, Miguel A.. Legajo nro. 917. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1389. Spalvieri, Víctor Ariel. Legajo nro. 429. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1390. Spinotti, Matías Leonardo. Legajo nro. 403. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1391. Sposito, Silvana Elizabeth. Legajo nro. 118. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1392. Spotorno, Roberto Daniel. Legajo nro. 1354. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1393. Stamati, Maria Sol. Legajo nro. 770. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1394. Stauble, Agustina Azul. Legajo nro. 1312. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1395. Stella, Luciano Andrés. Legajo nro. 117. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1396. Sterle, Jazmín. Legajo nro. 974. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1397. Sticca, Mauro Cesar. Legajo nro. 696. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1398. Stile, Valeria Sabrina. Legajo nro. 591. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1399. Suárez, Federico Martín. Legajo nro. 1458. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1400. Suárez, Flavio Germán. Legajo nro. 163. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1401. Suárez, Leonardo Martín. Legajo nro. 1530. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1402. Suárez, Maria Sabrina. Legajo nro. 1457. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1403. Suárez, Rocío Celeste. Legajo nro. 1372. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1404. Suk, Cristian. Legajo nro. 372. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1405. Suliano, Florencia. Legajo nro. 817. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1406. Suliano, Matías. Legajo nro. 1037. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1407. Suppa, Yohana. Legajo nro. 928. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1408. Szoroch, Julián Basilio. Legajo nro. 97. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1409. Taborda, Carolina Edith. Legajo nro. 630. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1410. Tahmizian, Federico Daniel. Legajo nro. 1330. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1411. Taibo, Nicolas. Legajo nro. 1177. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1412. Tamborin, Christian Gabriel. Legajo nro. 633. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1413. Tancredi, Juan Maria. Legajo nro. 1178. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1414. Taraburelli, Gabriel Alberto. Legajo nro. 27. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1415. Tartaro, Maximiliano Abel. Legajo nro. 1094. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1416. Tejeiro, Maria Soledad. Legajo nro. 939. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1417. Tello, Nataly. Legajo nro. 10. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1418. Tescari, Javier Antonio. Legajo nro. 802. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1419. Testa, Florencia Adriana. Legajo nro. 56. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1420. Tignanelli, Juan Manuel. Legajo nro. 1227. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1421. Tobías, Esteban Ariel. Legajo nro. 662. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1422. Todaro, José Luís. Legajo nro. 1292. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1423. Todesca, Pablo José. Legajo nro. 501. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1424. Toledo, Carla. Legajo nro. 1111. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1425. Toledo, Víctor Hugo. Legajo nro. 351. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1426. Tolosa Pablo David. Legajo nro. 1251. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1427. Tolosa, Claudio Daniel. Legajo nro. 890. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
1428. Tolosa, Facundo Fernando. Legajo nro. 1097. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1429. Topuz, Romina. Legajo nro. 1536. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1430. Torrente, Lucila. Legajo nro. 595. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1431. Torres, Gabriela Mónica. Legajo nro. 4. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1432. Torres Gómez, Gastón. Legajo nro. 1469. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1433. Tortora, Brian Alberto. Legajo nro. 1162. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1434. Toscano Pérez, Juan Pablo. Legajo nro. 677. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1435. Trias, Nicolas. Legajo nro. 1544. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1436. Tronchín, Ricardo Ariel. Legajo nro. 1221. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1437. Troyelli, Daniela. Legajo nro. 936. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1438. Troyón, Diana Veronica. Legajo nro. 29. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1439. Tumalty, Rodolfo Oscar. Legajo nro. 361. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1440. Uchima, Carmen Daniela. Legajo nro. 766. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1441. Umaño, Juan Domingo. Legajo nro. 437. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1442. Umaño, Renzo Iván. Legajo nro. 805. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1443. Uzal, Maria Mercedes. Legajo nro. 53. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1444. Vaamonde, Sebastián Alejandro. Legajo nro. 1004. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1445. Valdés, María Agustina. Legajo nro. 583. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1446. Valdez, Oscar. Legajo nro. 1115. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1447. Valiente Riveros, Víctor. Legajo nro. 1300. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1448. Vallejos, Cesar Ezequiel. Legajo nro. 900. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1449. Vallejos, Cristian Ariel. Legajo nro. 649. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1450. Vallejos, Edgar Hernán. Legajo nro. 622. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1451. Vallejos, Gustavo Hernán. Legajo nro. 887. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1452. Vallejos, Jorge Sebastián. Legajo nro. 446. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1453. Vallejos, Mariano Ezequiel. Legajo nro. 648. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1454. Vallejos, Viviana Patricia. Legajo nro. 19. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1455. Vallero, Federico. Legajo nro. 1030. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1456. Vañasco, Marina Soledad. Legajo nro. 726. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1457. Varela, Leonardo Daniel. Legajo nro. 1266. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1458. Varela, Nahuel. Legajo nro. 892. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1459. Vázquez, Facundo Nahuel. Legajo nro. 1087. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1460. Vázquez, Nicolas Facundo. Legajo nro. 1086. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1461. Vega, Andrea. Legajo nro. 419. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
1462. Vega, Carlos David. Legajo nro. 146. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1463. Vega, Rodrigo Fernando. Legajo nro. 1031. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1464. Velazco, Silvio. Legajo nro. 1026. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1465. Velázquez, Cristian Emilio. Legajo nro. 1216. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1466. Veloso, Mauro Federico. Legajo nro. 1265. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1467. Veloso, Rodrigo Martín. Legajo nro. 791. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1468. Venegoni, Agostina Gisela. Legajo nro. 3. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1469. Verna Useglio, Natalia Noemí. Legajo nro. 1535. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
1470. Verna, Maria Natalia. Legajo nro. 1134. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1471. Vernetti, Selva Carolina. Legajo nro. 1414. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1472. Viamonte, Maximiliano Carlos. Legajo nro. 1005. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1473. Vicic, Gabrel Ignacio. Legajo nro. 511. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1474. Videla, Leonardo Javier. Legajo nro. 1260. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1475. Vilas, Nahuel. Legajo nro. 1035. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1476. Vilatan, Cynthia. Legajo nro. 254. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1477. Villa, Alejandro Martín. Legajo nro. 1163. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1478. Villamil, Aldana Soledad. Legajo nro. 903. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1479. Villafañe, Guido Wenceslao. Legajo nro. 621. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1480. Villalba, Facundo Fabián. Legajo nro. 317. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1481. Villalba, Juan Facundo. Legajo nro. 1322. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1482. Villar, Diego Alejandro. Legajo nro. 1023. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1483. Villarino, Cintia Nerina. Legajo nro. 63. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1484. Villarino, Marina Paola. Legajo nro. 62. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1485. Villasreo, Matías Rubén. Legajo nro. 1105. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1486. Villavicencio, Juan Manuel. Legajo nro. 1485. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1487. Viñes, Carlos Rodrigo. Legajo nro. 427. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1488. Viri, Maria Florencia. Legajo nro. 47. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1489. Visca, Leandro. Legajo nro. 452. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1490. Viscomo, Edgardo Cesar. Legajo nro. 301. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1491. Visconti, Elizabeth Eva Gladys. Legajo nro. 973. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1492. Visconti, Stella Maris. Legajo nro. 1197. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1493. Visconti, Fabiana. Legajo nro. 972. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1494. Vizán, Julián Carlos. Legajo nro. 1487. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1495. Vizgarra, Samuel. Legajo nro. 832. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1496. Vrkljan, Sergio Francisco. Legajo nro. 433. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1497. Weidgaus, Veronica. Legajo nro. 1125. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1498. Wilson, Luís Ramón. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1499. Wright, Ana. Legajo nro. 1223. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1500. Wuille Bille, Horacio. Legajo nro. 889. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1501. Yánez Alaniz, Mauricio Javier. Legajo nro. 395. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1502. Yanonis, Maria Celeste. Legajo nro. 897. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1503. Yapura, Víctor Nicolas. Legajo nro. 170. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1504. Yñiguez, Jonathan Hernán Alfredo. Legajo nro. 924. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1505. Yubero, Laura Ines. Legajo nro. 371. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1506. Zabala, Marcelo Guillermo. Legajo nro. 684. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1507. Zabala, Nerina. Legajo /n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1508. Zacarías, Carolina Andrea. Legajo nro. 716. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1509. Zamudio, José Daniel. Legajo nro. 488. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1510. Zamudio, Renee Raúl. Legajo nro. 487. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1511. Zanitto, Paula Gabriela. Legajo nro. 1236. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1512. Zarate, Alejandro. Legajo nro. 1075. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1513. Zarate, Marcela Fernández. Legajo nro. 1331. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1514. Zarate, Maria de los Ángeles. Legajo nro. 1325. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1515. Zarza, Matías Daniel. Legajo nro. 153. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1516. Zeballos, Érika Giselle. Legajo nro. 151. Lesiones físicas y psíquicas graves.
1517. Zelarayán, Ariel Fernando. Legajo nro. 148. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1518. Zepeda, Hernán Andrés Ariel. Legajo nro. 394. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
1519. Zerpa, Fernando Horacio. Legajo nro. 1477. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1520. Zerpa, Héctor Gabriel. Legajo nro. 1478. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
1521. Zielinky, Iván. Legajo nro. 692. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
1522. Zolorzano, Ramón. Legajo nro. 916. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
1523. Zorzit, Claudia Lorena. Legajo nro. 1261. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.

2.1.6.

El local “República de Cromañón”. Sus características y condiciones

El inmueble donde funcionaba “República de Cromañón” se encuentra ubicado en la calle Bartolomé Mitre entre las de Ecuador y Jean Jaures, consta de planta baja y un piso. La estructura y la losa son de hormigón armado, con paredes perimetrales y divisorias de mampostería de ladrillos. Posee una planta total de aproximadamente 30 metros de frente por 60 metros de fondo.

En el sector medio del salón, se ubican dos escaleras enfrentadas, las que comunican con el plano superior, y que poseen dos accesos de tramos rectos. En la planta alta, existen dos bandejas ubicadas en el área frontal y contrafrontal (mirando desde la puerta de acceso hacia el fondo) respectivamente. En la primera se ubicaba el denominado sector VIP, en tanto que la otra era utilizada por el público en general. En el extremo izquierdo de esta última se emplazan los sanitarios. Ambas bandejas se encuentran unidas por una tercera de similares características, ubicada a la derecha del local. En el centro de ésta está emplazada la cabina de luces y sonido. Detrás de esta cabina se encuentra colocado un cerramiento que impide el paso de una bandeja hacia la otra. Por otra parte, en la bandeja perteneciente al sector VIP hay una puerta metálica que comunica con el primer piso del hotel “Central Park”, y que la noche del incendio se encontraba cerrada con llave, por lo que no pudo ser utilizada como vía de evacuación.

Sobre el lateral derecho se ubicaba el escenario, cuyas paredes se hallaban recubiertas de guata y de espuma de poliuretano, al igual que el techo (revestimiento al que nos referiremos en detalle en el apartado …). Por encima de esa cubierta, las paredes del escenario se encontraban revestidas con una tela a modo de escenografía.

Al costado del escenario que se encuentra en el sector contrafrontal del local, se encuentran los camarines. Estos tienen, a su vez, una puerta que comunica con el garage del hotel lindero “Central Park”.

El local cuenta con varios accesos. Dada la importancia que revisten a efectos de comprender la realidad de los hechos, destinaremos a la descripción de esos accesos un apartado especial, a continuación del presente.

2.1.6.1.

Las vías de egreso del local

El local “República de Cromañón” tenía dos medios de salida que daba a la calle Bartolomé Mitre.

Por un lado, en el lateral derecho (visto desde afuera hacia adentro), ubicado en ubicado en la numeración catastral 3060. Ese acceso cuenta con dos puertas diferentes.

La que se encuentra ubicada a la derecha es una puerta de emergencia que a través de un pasillo de aproximadamente 2,82 metros de ancho comunica al hall del comercio. La referida puerta posee adelante una persiana de metal con una puerta pequeña como las de los comercios, que es la que da directamente a la calle.

La otra puerta comunica a un pasillo de 8.90 metros de ancho donde se encuentran las boleterías. Ese pasillo luego se angosta en 6,50 y se junta con el anterior, en el hall que se encuentra inmediatamente antes de seis puertas vaivén “tipo cine” que comunican con el salón principal. Esas puertas tienen un ancho de de aproximadamente 1,30 metros cada una, doble hoja de chapa de acero, abren hacia adentro del local, no cuentan con barral antipánico, y tienen unos pasadores metálicos de cierre, que sirven para mantener las puertas ligeramente cerradas.

El segundo medio de salida, denominado “salida alternativa de emergencia”, está ubicado en el lateral izquierdo visto desde afuera hacia adentro, y consta de un portón de doble hoja con barral antipático, con un ancho total de 4,90 metros, con sentido de apertura hacia fuera. Esa salida, comunica con el acceso al garage de hotel, que a su vez conduce a la calle a través de un pasillo preparado para el tráfico de vehículos, y que tiene una persiana metálica en el límite con la vereda. El sistema de apertura del portón antipánico es el siguiente: al oprimirse desde el interior el barral colocado en una de las hojas, libera un pestillo que provoca su apertura inmediata, liberándose también la segunda hoja instantáneamente. Este tipo de puertas solamente pueden abrirse desde el interior del local y no desde el exterior.

La noche de los hechos, y como ya se refiriera en el apartado … de esta presentación, de las seis puertas descriptas en primer lugar, sólo dos se encontraban abiertas. Las otras cuatro tenían colocados los pasadores metálicos, los que fueron forzados por las personas que pugnaban por salir del local. En tanto, la salida o puerta “alternativa de emergencia” se encontraba sellada con un candado colocado en un pasador, y varias vueltas de alambre. Ese candado colocado en la puerta impedía bajar el barral y liberar las hojas de la puerta correspondiente, que a su vez mantenía la otra hoja cerrada. Cabe destacar también, que sobre esta última salida se encontraba un cartel reglamentario de “Salida” que permaneció activo la noche del hecho a pesar de que la puerta se encontraba anulada. Esa situación contribuyó para que los concurrentes consideraran esa salida como una vía de escape habilitada, y que se amontonaran frente a ella, hecho evidenciado por la cantidad de cuerpos que se rescataron se ese sector del local.

Sobre esta cuestión, son importantes los testimonios de las personas que llegaron al lugar a poco de iniciado el incendio. Respecto de la primera de las salidas referidas, refirieron el Inspector Mariano López (fs. 898/9) y el Cabo Primero Hernán Gustavo Fracuello (fs. 915/6), numerarios de la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal, que al arribar al local sólo dos de esas puertas se encontraban abiertas, y que al traspasarlas se encontraron con un montículo de personas en el piso, de aproximadamente dos metros de altura. Esta versión coincide con lo expuesto por Hernán Gustavo Albornoz (fs. 4197/9) y por otros testigos

Con respecto a la otra salida, Julio César Fretes, empleado del restaurante “Brasa” ubicado en Bartolomé Mitre 3063, quien se acercó al lugar cuando se percató que de allí salía humo. Este vio como un grupo de personas intentaban abrir la puerta de emergencia, observando también cuando esta fue abiertas 30 minutos después, que se hallaba trabada con candado y alambres (declaraciones testimoniales de fs. 12/13 y fs. 9047/9048).

También es relevante la declaración de Ricardo David Vázquez, quien esa noche se desempeñó como colaborador del sonidista Jorge Fabián Leggio, y que había concurrido a cumplir las mismas funciones en el local en varias oportunidades anteriores. El nombrado afirmó que si bien a principios de marzo de 2004 había podido ingresar los equipos por la puerta alternativa de emergencia, a partir de esa fecha no pudo volver a hacerlo, ya que la misma se encontraba clausurada. Según afirmara, también pudo ver el día del hecho cuando un grupo de personas trataban de abrirla sin resultado (declaración testimonial obrante a fs. 1.642). Orlando Fernández, quien trabajaba junto con Vázquez, destacó que concurrió varias veces a “República de Cromañón”, y que la única vez que vio abierta la salida de emergencia fue el día de la inauguración en marzo de 2004. Ese día pudieron ingresar con el camión los equipos por allí. Luego nunca más la vio abierta, ya que, según afirmó, estaba cerrada con candado. Por tal razón para los recitales que “Callejeros” daría los días 28, 29 y 30 de diciembre, tuvo que cargar los equipos a mano.

También los empleados del local Héctor y Hernán Albornoz, manifestaron que la puerta en cuestión siempre estaba cerrada “con alambres y con candado” (declaraciones testimoniales obrantes a fs. 4189/92 y 4197/99, respectivamente). En tanto que Alfredo Mario Díaz, empleado de Chabán que hacía las veces de cuidador del local, señaló que la puerta en cuestión siempre estaba cerrada -incluso el día del hecho-, puesto que Chabán la había hecho “acustizar” para evitar inconvenientes por el sonido con la gente del hotel lindero, cerrándola en forma definitiva con un candado que sujetaba la palanca antipánico para que no se pudiera accionar (declaración testimonial de fs. 5588/5603).

En definitiva, fue Chabán quien ordenó sellar la puerta alternativa de emergencia con un material similar a la goma espuma. Asimismo, al ser colocada la espuma de goma sobre la puerta de emergencia, ésta fue cerrada definitivamente con un candado que agarraba la palanca antipánico para que no se pudiera accionar; a su vez, esa palanca fue atada con alambre junto con la parte superior de la puerta, para que el cierre fuera más hermético. Este trabajo fue realizado por Juan Carlos Bordón, cumpliendo órdenes de Chabán.

Así las cosas, para abrir la puerta se necesitaba mucha fuerza porque, por la goma espuma y el chapón que tenía, se había vuelto muy pesado y estaba como apoyado contra el piso. Desde el momento en que fue clausurada la puerta alternativa, ésta sólo fue abierta en dos oportunidades, siempre con conocimiento de Chabán. Las dos veces la puerta fue abierta por un encargado del hotel de nombre Flavio, quien utilizó a tal efecto una amoladora. La primera vez fue para realizar un almuerzo con gente del hotel, y la segunda para que el personal del hotel hiciera la fiesta de fin de año. Luego fue nuevamente cerrada, pero no tan herméticamente como antes, porque se corrió la goma espuma que había debajo de las hojas. Las llaves del candado se guardaban en la “panchera” que estaba arriba de la barra, y normalmente eran custodiadas por Mario Díaz.

Por su parte el testigo Juan Carlos Olmos sostuvo que “… siempre que concurrió al local la puerta de emergencia estaba cerrada con candado, salvo cuando limpiaban el lugar. Esta puerta tenía rota la bisagra de una de las hojas, pero no impedía su apertura, lo cual fue arreglado. Sabe que a Levy y Garola les preocupaba el tema del ruido. Sabe que Chabán hizo arreglos, pinto el local de negro, pulió el piso, sabe que en la puerta que da a la recepción del hotel recubrió con goma espuma”.

También se refirió a los medios de salida del local el testigo Albano, quien detalló que, al ser convocado para efectuar un presupuesto para colocar material acústico en el local, afirmó que “… luego de que recorrió el boliche y pasó el presupuesto, le dijo telefónicamente al contratado de seguridad Hugo Caballero (quien trabajó en ese lugar unos meses más luego de que confeccionara el presupuesto) que las condiciones de salida no eran buenas, que la puerta de emergencia estaba atada con un candado y que eso no podía ser así. Que cuando fue a revisar el lugar y pidió abrir la puerta, tardaron más de 20 minutos en traerle la llave del candado lo cual hizo una persona que estaba en el predio limpiando o arreglando algo”.

Cabe poner de manifiesto una vez más que según el peritaje realizado por la Superintendencia de Bomberos, con la totalidad de las salidas en condiciones de ser utilizadas inmediatamente, la evacuación del lugar se hubiera producido en 2,31 minutos para 2000 personas, 3,28 minutos para 3000 personas y 4,24 minutos para 4000 personas. Es decir, que, en cualquier caso, la salida se hubiera logrado en menos de cinco minutos y, por lo tanto, los gases tóxicos no hubieran llegado a causar los efectos letales provocados.

2.1.6.2.

El revestimiento de los techos y paredes del local

El local “República de Cromañón” estaba revestido en sus techos y estructuras, por materiales altamente combustibles que no se ajustaban a las normas reglamentarias de prevención contra incendios.

El revestimiento del techo estaba integrado por materiales sintéticos –espuma de poliuretano, guata y media sombra- todos de alta combustibilidad, y sin tratamiento ignífugo. A su vez, la combinación de los materiales tenía por efecto aumentar la ya elevada combustibilidad, como así también la toxicidad de los gases generados por el proceso combustivo.

La composición del revestimiento a que nos referimos era la siguiente: sobre el techo se habían colocado unas placas de espuma de poliuretano, dispuestas unas junto a otras de manera tal que cubrían toda el área; entre esas placas y la loza del techo existía una segunda cubierta de guata; además en el sector del techo correspondiente al nivel más bajo (ubicado en la parte posterior del salón, mirando al escenario) se hallaba tendida horizontalmente una pieza de fibra sintética conocida vulgarmente como “media sombra”, a una distancia de aproximadamente 60 cm debajo del las placas de espuma de poliuretano.

Según consta en los informes periciales obrantes en la causa, los tres materiales sintéticos antes referidos son de alta combustibilidad. Tanto la guata como la media sombra son, a su vez, elementos de baja propagación de llama, que gotean al arder, y que se consumen por completo generando gran cantidad de humo.

Por otra parte, la media sombra, al estar colocada en el techo junto con la espuma de poliuretano y la guata, funcionó como propalador del fuego. En el informe pericial realizado por el INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial) se concluyó que “si no hubiera estado colocada la media sombra, y la bengala o fuego de artificio hubiera impactado en el centro de un cuadrado de espuma de poliuretano de 177 m2 de área de superficie, éste hubiera tardado aproximadamente 13 minutos en incendiarse. Como en el local estaba colocada la media sombra, ésta se incendió y propagó el fuego en múltiples focos a la espuma de poliuretano. Por ello, el tiempo real de propagación del fuego afectando la espuma de poliuretano podría haber sido considerablemente menor que el calculado.”

Los expertos también indicaron que no se detectó la presencia de óxido de cobre, elemento que además de funcionar como retardante de llama, favorece la formación de óxidos de nitrógeno que disminuyen la producción de ácido cianhídrico, así como su descomposición posterior a nitrógeno, dióxido de carbono y vapor de agua.

En lo que respecta a la toxicidad del monóxido de carbono se indicó que una concentración superior a 4000 ppm. en el aire, resulta fatal en una exposición de menos de una hora. De acuerdo a los estudios realizados, se determinó que en el local -con un quinto de su volumen ocupado-, se generó una concentración de monóxido de carbono de 4350 ppm. Cabe aclarar que esa concentración se calculó sólo con el monóxido de carbono desprendido por la espuma de poliuretano, es decir, no se tuvo en cuenta el monóxido de carbono generado por el incendio de la media sombra y de la guata. En este sentido, también corresponde destacar que la mayoría de las víctimas fatales del incendio, presentaban cuadros de intoxicación con monóxido de carbono.

En otro orden de cosas, cabe acotar que los tres materiales utilizados –de alta combustibilidad, como ya se señalara-, son definidos en el decreto 351/79, reglamentario de la ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo “expuestos al aire pueden ser encendidos y continúan ardiendo una vez retirada la fuente de ignición”. De tal suerte, su presencia en el local como “República de Cromañón” exigía la adopción de una serie de recaudos que nunca se cumplieron.

En definitiva, el techo del local se encontraba recubierto con material muy combustible que al entrar en contacto con el fuego desprendido por el uso, prohibido y altamente peligroso en lugares cerrados, de un elemento pirotécnico, se incendió emanando gran cantidad de gases tóxicos (monóxido de carbono y ácido cianhídrico). El fuego se propagó en menos de 13 minutos. Al producirse el incendio de estos materiales, y dada la superficie del local y la cantidad de gente que se encontraba allí, se generó una concentración de gases tóxicos que resultaban fatales para el ser humano en una exposición menor a una hora.

En cuanto al momento en que fue colocado el revestimiento de techo y paredes, Gabriel Amador García Aidenbaum (fs. 1828/9), dio cuenta de que el material similar a la goma espuma fue adquirido por Omar Chabán y que, además de colocarse en la salida de emergencia, se reprodujo en el techo, lugar en el cual se hallaba una tela, a modo de media sombra. Según mencionó Juan Facundo Diana ( fs. 2015/8), esa tela se hallaba en el comercio desde la fecha en que comenzó a concurrir –abril 2004-, coincidiendo en tal aspecto los empleados del recinto Hernán Gustavo Albornoz (fs. 4197/9), Héctor Damián Albornoz (fs. 4189/92), Luciano Otarola (fs. 4.200/2) y Ana María Sandoval (fs. 4.202/4). Todos ellos refirieron, además, que el revestimiento había sido colocado con la finalidad de que el ruido que pudiera provenir del interior no se filtrara al exterior.

2.1.6.3.

El estado de los matafuegos

Otro factor que contribuyó para la producción de las muertes y las lesiones como consecuencia del incendio, fue el hecho de que los matafuegos no estaban en condiciones de ser utilizados para su función específica. En efecto, de los 15 extinguidores manuales existentes en el local, diez de ellos se encontraban despresurizados, y sólo cinco tenían carga. De éstos últimos sólo tres tenían el precinto plástico obligatorio, y dos se encontraban vencidos desde octubre de 2004. Asimismo los quince matafuegos carecían de la pertinente tarjeta municipal de control de carga.

En definitiva de los quince matafuegos sólo tres se encontraban en condiciones de ser utilizados.

Por otra parte, más allá de las graves falencias evidenciadas con relación a los elementos obligatorios para prevención de incendios, al momento de los hechos, el certificado de prevención contra incendios expedido por la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal se encontraba vencido desde hacía casi dos meses. En efecto, del expediente nro. 12.430, caratulado “Bartolomé Mitre 3060/72, uso: local de baile Clase C”, labrado por la División Prevención de la Superintendencia Federal de Bomberos, surge que el último certificado expedido era el emitido el 24 de noviembre de 2003. En consecuencia, y siendo la validez de dicho certificado de un año, se encontraba vencido desde el 24 de noviembre de 2004, es decir, más de un mes antes del acaecimiento del incendio, sin que esta irregular situación motivara ninguna medida por parte de las autoridades comunales y policiales competentes.

2.1.6.4.

La habilitación del local

“República de Cromañón” estaba, al momento de los hechos habilitado como local de baile “clase C. La habilitación había sido otorgada el 1 de agosto de 1997, mediante disposición 06060/DGRyC/97, suscripta por Jorge E. Gatucci y Enrique Reinaldo López en el expediente de habilitación GCBA nro. 42855/97, La habilitación estaba concedida a nombre de “Lagarto S.A.” desde el 1 de agosto del año 1997, estableciéndose como capacidad máxima de concurrentes 1.031, y como superficie habilitada 1447,50 mts. cuadrados.

En la plancheta de habilitación –que obra en la primera hoja del libro de inspecciones y que contiene una síntesis de los términos de la habilitación, se consigna lo siguiente: "Déjase expresa constancia que de conformidad con la aprobación efectuada por la división seguridad contra incendio de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro y la Superintendencia de Bomberos el local posee una salida alternativa que se activa solamente en caso de producirse un siniestro permitiendo la evacuación del público concurrente por un corredor que sirve en casos normales para la entrada y salida de vehículos considerándose cumplimentado el artículo 10.2.3 inc. d) del Código de Habilitaciones y verificaciones dado que por sus características el sistema de seguridad alternativo reduce los riesgos en forma cualitativa del público concurrente no considerándose de esta forma una comunicación permanente con las otras actividades del complejo".

Las actividades permitidas en los locales de baile clase C son las siguientes:

a) Se ejecuta música y/o canto hasta las 4 horas.
a) Se ofrecen bailes públicos.
b) Se expenden bebidas, que pueden ser alcohólicas, y se pueden servir comidas
c) Se permiten los números de variedades con o sin transformación.
d) Se permite el ingreso de menores entre 15 y 18 años de edad solamente los sábados, domingos y feriados entre las 16 y 22 horas. Fuera de ese horario, entre las 23:00 y las 06:00 horas, solamente se permite el ingreso de menores de 18 años acompañados por sus padres.

Nada dicen las normas respectivas respecto de la posibilidad de estos locales de de realizar recitales en vivo, aún cuando la norma permita la ejecución de música y/o canto en vivo. Es que en el caso de estos lugares habilitados para baile, el espectáculo de variedades que se permite, debe ser un complemento del baile que constituye el objeto principal. Por otra parte, los espectáculos de variedades están pensados como entretenimientos de corta duración, que hacen que la gente baile -como, por ejemplo, las orquestas de tango- o que sirven para variar durante unos instantes el tipo de actividad que se lleva a cabo durante el resto de la noche.

Sin embargo, y a pesar de que al momento del hecho, "República Cromañón" estaba habilitado como un local de baile clase "C", la única actividad desarrollada en “República de Cromañón” era la de dar recitales, actividad no permitida en ese tipo de comercios, y que se encontraba regida específicamente por la resolución 996/SSIG/1994 modificada por la disposición nº 2746/DGRYCE/1998.

Por otra parte el local “República de Cromañón”, se encontraba habilitado como local de baile independiente, no como anexo del hotel lindero, por lo que debía cumplir particularmente con los requisitos de los incisos c) y d) del art. 10.2.3 del Código de Habilitaciones y Verificaciones que prescribe que dichos comercios “… tendrán medio de salida propio e independiente a la vía pública” y “… no contarán con comunicación de ninguna naturaleza con otros locales”. Esos extremos no hubieran sido exigibles si “República de Cromañón” hubiera funcionado como anexo del hotel y no en forma independiente a él.

Sin embargo, como ya se ha explicado en el apartado … de esta presentación, “República de Cromañón” contaba con al menos cuatro puertas que lo comunicaban con el hotel, y no contaba con los medios de salida “propios e independientes a la vía pública” que exige la norma referida, ya que la salida alternativa de emergencia, tenida en cuenta como en la habilitación, daba al garage del hotel, y no a la vía pública.

En otro orden de cosas, el titular de la habilitación comercial era, al momento de los hechos, la sociedad Lagarto S.A. Si bien Chabán explotaba el local desde hacía por lo menos ocho meses, por lo que se encontraba obligado a efectuar, dentro de los sesenta días, los trámites para cambiar la titularidad de la explotación -conforme se establece en el Capítulo 2, punto 3 del Código de Habilitaciones y Verificaciones-, este trámite nunca fue siquiera iniciado. Lejos de ello, las probanzas obtenidas durante la instrucción dan cuenta de que Chabán le “alquilaba” la habilitación a los hermanos Daniel y Eduardo Ripa a cambio de una suma mensual de dinero.

2.1.6.5.

Los expedientes iniciados para obtener la habilitación

2.1.6.5.1.

Expediente de habilitación 10.294/97

La primera solicitud de habilitación de “República de Cromañón” como local bailable fue presentada ante las autoridades correspondientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el 13 de febrero de 1997, por la firma “Once Central Park S.A.”. Dicha solicitud fue efectuada por Tito Maldonado Mereles en representación de la sociedad referida, que había sido constituida el 13 de noviembre de 1996, es decir unos pocos meses antes.

En la presentación la firma invocó ser locataria de todo el predio que integran el hotel, la confitería y el local de baile (correspondiente a los números 3036/38/40/44/50/54/60/72/78 de la calle Bartolomé Mitre, e integrado por planta baja, subsuelo, entrepiso, primer piso, segundo piso, tercer piso y cuarto piso) y se requirió la habilitación del lugar que se solicitó para los siguientes rubros: hotel sin servicio de comida, local de baile clase “C” y actividades complementarias, garaje comercial, café bar, confitería y canchas de mini fútbol, fútbol cinco, hockey, voleyball, y/o handball.

Mereles declaró ante escribano público, y bajo juramento, que el local reunía los requisitos previstos en las ordenanzas municipales vigentes, y acompañó los planos para la habilitación, lo que fue avalado por el arquitecto Francisco Antonio Rizzo quien declaró haber visitado y revisado el local, señalando que se cumplía con las exigencias municipales.

Sin embargo, a fojas 22 de ese expediente hay una nota del 14 de abril de 1997, firmada por Eduardo Vitale y Roberto Calderini quienes dejaron asentado que: “…los planos presentados no se ajustan a lo observado en el terreno toda vez que se deberá graficar en forma correcta medidas, destino de los locales y superficie de la actividad local de baile y hay una comunicación entre los diferentes sectores”. En el apartado dedicado a la actividad de local de baile como uso complementario del hotel, los funcionarios dejaron constancia de que “…el local bailable cuenta con dos medios de egreso: uno que comunica directamente con la vía pública y el otro que comunica con el sector de acceso vehicular al garaje comercial. Dejase expresa constancia que esta actividad ha sido solicitada en el carácter de complementaria del uso hotel, con el cual no posee comunicación, sino a través del garaje comercial, contraviniendo por tal motivo el artículo 10.2.3 inc. c) y d)”.

En base a ello, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires le envió al representante de Once Central Park S.A. una nota en la que se le comunicaba que no podían funcionar sin habilitación y que su otorgamiento dependía de que se cumpliera con diferentes requisitos, entre los que estaban el de “excluir del pedido de habilitación el del local bailable porque como actividad complementaria contraviene lo normado en el artículo 10.2.3”.

Contra esa decisión, el 6 de junio de 1997 se interpuso un recurso de reconsideración consintiéndose, sin embargo, lo resuelto en cuanto a la exclusión del local de baile del pedido de habilitación.

Finalmente, el 24 de julio de 1998, la sociedad solicitó que también se dejara sin efecto el pedido de habilitación para el rubro hotel.

2.1.6.5.2.

Expediente 46.309 de la Dirección General de Policía Municipal

Por otra parte, el 25 de abril de 1997, el entonces Interventor de la Dirección General de Policía Municipal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Norberto Varela, dispuso la clausura del local bailable, por carecer de la correspondiente habilitación, efectivizándose la orden con fecha 30 de abril de 1997. Esto dio lugar a la iniciación del expediente nro. 46.309, iniciado por la referida Dirección Policía Municipal.

El 4 de junio de 1997 el entonces jefe del Departamento de Espectáculos, Recreación y Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires realizó una inspección en el lugar y comprobó que funcionaba un hotel, un estacionamiento y un local de baile clase C, hallándose todas las actividades vinculadas entre sí desde el punto de vista edilicio. En esa oportunidad comprobó también que el garaje no funcionaba en forma anexa al hotel sino que era independiente, y que el local de baile que tenía entrada por Mitre 3050/76 se comunicaba con el garaje a través de dos puertas.

El expediente se había iniciado por disposición del Interventor de la Dirección General de Policía Municipal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Norberto Varela, quien con fecha 25 de abril de 1997, resolvió proceder a la clausura del local bailable, por carecer de la correspondiente habilitación, efectivizándose la orden con fecha 30 de abril de 1997.

El 4 de junio de 1997 el entonces jefe del Departamento de Espectáculos, Recreación y Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires realizó una inspección en el lugar y comprobó que allí funcionaban un hotel, un estacionamiento y un local de baile clase C, hallándose todas las actividades vinculadas entre sí desde el punto de vista edilicio. En esa oportunidad comprobó también que el garaje no funcionaba en forma anexa al hotel sino que era independiente, y que el local de baile que tenía entrada por Mitre 3050/76 se comunicaba con el garaje a través de dos puertas.

Al día siguiente de esta constatación, el entonces titular de la Comisaría 7ª, Comisario Juan Damis, le envió una nota al interventor Norberto Varela diciéndole que, conforme lo requerido por él por nota del 25 de abril de 1997, referente a la clausura del local de baile “El Reventón” (nombre con que se explotaba el que luego fuera “República de Cromañón” ) “desde las 18.00 del día 4 de julio de 1997 hasta las 06.00 horas del día siguiente se implantó consigna policial con un hombre, quien impidió el ingreso del público por las puertas de ingreso del local que constan en la disposición de clausura”. Empero, aclaró el Comisario que: “los propietarios o encargados del local, utilizando un garaje con acceso a Mitre 3046 hicieron ingresar público al comercio por una puerta que los intercomunica desde el interior del garaje, violando la medida dispuesta”. Cabe recordar que la mencionada entrada mencionada de Bartolomé Mitre n° 3046 no es otra que aquella por la que, luego de ingresar al sector del garaje, permite acceder al local de baile a través de la puerta alternativa de emergencia, de la que nos ocupamos en la resolución donde analizamos la responsabilidad de los que organizaron el recital de “Callejeros” del 30 de diciembre de 2004.

A raíz de esta burla a la orden impartida, ese mismo día personal de la Dirección General de Policía Municipal del Departamento Sábados, Domingos y Feriados, Sección Noche, se constituyó en el lugar y determinó que el garaje poseía un importante portón metálico que comunicaba con el local de baile (la salida alternativa de emergencia). También se verificó que había comunicación con el hotel por el primer piso. A raíz de ello, los funcionarios labraron un acta de infracción en la que detallaron varias irregularidades, entre las que se encontraba la de utilizar la cochera como depósito de material altamente combustible, dado que detectaron catorce rollos de guata, aparentemente de propiedad de una fábrica de ropa que también funcionaba en una parte del complejo. A raíz de ello, se procedió a la clausura del garaje.

Al otro día, se presentaron otros tres inspectores para evaluar las instalaciones del hotel “Central Park”, verificando que éste se comunicaba con el garaje y con el bar, y que poseía una tarjeta de iniciación de trámite de habilitación diferente a la del hotel, pese a que era ostensible, y evidente, que tanto uno como otro estaban ediliciamente vinculados y eran explotados por la misma persona o, por lo menos, por la misma razón social. Todo ello, a su vez, sostenían los inspectores, se comunicaba con el local de baile que estaba clausurado.

Se constató asimismo que no había habilitación, que no había planos de obra ni de instalación eléctrica y de gas que estuvieran aprobados para una única y gran unidad de uso, por lo que sugirieron que se dispusiera nuevamente la clausura del hotel y sus anexos desde Bartolomé Mitre 3036/86 y Jean Jaures 51 inclusive “con lo que se evitaría el ingreso a todas las actividades que claramente constituyen una unidad de uso”. Asimismo se consignó que los titulares del comercio estaban tratando “de hacerlo pasar por distintas unidades para evadir normas de seguridad y funcionamiento como uso común”. La nota respectiva estaba firmada por Saverio Nicolás Elía.

El 6 de julio de 1997 se clausuró el hotel. Cuatro días después, el 10 de julio de 1997, Aníbal Miguelez, entonces Director de Actividades Especiales, le envió una nota al Director del Departamento de Clausuras en la que le aclaraba, a efectos ilustrativos, que: “el establecimiento resulta una unidad integral de uso, conformada por un hotel, un garaje, un local de baile, canchas de fútbol y un café bar, encontrándose comunicados entre sí y manteniendo independencia en el desarrollo comercial de sus actividades”.

Finalmente, el 11 de julio de 1997, el interventor Roberto Varela ordenó, en base a los informes precedentes, clausurar la totalidad del complejo. Tres días después, la sociedad “Lagarto SA”, en su carácter de locataria del local de baile, solicitó la suspensión de la clausura, manifestando que los trámites para su habilitación habían sido encargados al arquitecto Francisco Rizzo. En la petición se alegaba que se le habían abonado aproximadamente $5.000 al mencionado Rizzo para que se encargara de las gestiones necesarias, y que ante el incumplimiento de éste, los responsables de la sociedad se veían obligados a efectuar el trámite personalmente. Aclararon en el pedido que, al momento de solicitar la suspensión de la clausura la presentación, ya había culminado la realización de la totalidad de los trámites correspondientes ante el GCBA, y que estaban a la espera de que la Superintendencia de Bomberos de la P.F.A. les expidiera el certificado exigido para la habilitación del local bailable.

Es decir que mientras en un expediente se constataba la existencia de irregularidades que motivaban la clausura no solamente por la falta de habilitación, sino por las circunstancias que hacían imposible e ilegal que fuera otorgada -en el caso, la comunicación entre distintas actividades que no funcionaban de modo complementario se encontraba prohibida-, en otro expediente, iniciado después de concluido uno anterior donde se había denegado la habilitación por los mismos motivos por los que se dictó la clausura, se resolvía que el local estaba en condiciones de ser habilitado como local de baile clase “C”.

El 18 de julio Varela ratificó la clausura y no hizo lugar al pedido de suspensión efectuado.

Con fecha 4 de agosto de 1997, “Lagarto S.A.” insistió en su pedido de que se levantara la clausura, acompañando un primer testimonio de habilitación municipal de Bartolomé Mitre 3060/66/70/72, de fecha 20 de junio de 1997, otorgado en un expediente que tramitaba de manera independiente al de las clausuras, que lleva el número 42.855/97, al que nos referimos en detalle más adelante.

Antes de adoptar cualquier decisión respecto al levantamiento de la clausura dispuesta, Roberto Varela remitió las actuaciones al jefe del Departamento de Espectáculos, Recreación y Educación, Dirección Actividades Especiales, a fin de que se expidiera sobre las observaciones de condición emitida en la habilitación, y en particular, sobre la puerta alternativa de emergencia.

Sin embargo el expediente quedó sin remitir a su lugar de destino desde el 8 de agosto de 1997 hasta el 7 de octubre de 2002, por lo cual también quedó sin modificarse la clausura que recaía sobre el local y sin que ningún funcionario responsable respondiera o se hiciera responsable de si podía, o no, habilitarse el lugar en los términos en que se pretendía. Una vez recibido el expediente, cinco años y dos meses después de su remisión, el entonces jefe del Departamento de Actividades Nocturnas, para deslindar responsabilidades, firmó un constancia en la que decía que el expediente había sido recibido en su departamento por un remito manual en el estado en que estaba en la última de las fechas mencionadas. El expediente finalizó con una constancia de inspección del 29 de marzo de 2003 en la que consta que todo está en regla. Esta fue la última inspección que se hizo sobre el lugar donde funcionaba “República Cromañón”, sin que existan constancias anteriores a esa fecha que acrediten algún tipo de movimiento o actividad por parte de las reparticiones responsables.

En consecuencia no se sabe qué pasó con el levantamiento de la clausura ni con el pedido de informes de Varela. Sí se sabe, en cambio, que pese a los incumplimientos de la normativa vigente que se desprendían de los dos expedientes hasta ahora analizados, el local de baile fue habilitado, y de ello habla el expediente 42.855.