CONTESTAN VISTA - REQUIEREN ELEVACIÓN A JUICIO
Señora Juez:
JOSÉ ANTONIO IGLESIAS, abogado, por derecho propio y en representación de los querellantes, con el patrocinio letrado de la Dra. BEATRIZ CAMPOS, con domicilio constituido en Reconquista 715, piso 6, “E” y “F”, en la causa caratulada CHABAN Y OTROS S/ ESTRAGO SEGUIDO DE MUERTE, Expte. 247/05, a V.S. decimos:
1.
OBJETO
1.1.
Requieren elevación a juicio
Que venimos a contestar la vista que nos fuera conferida mediante resolución del 9 de octubre pasado, en los términos del artículo 346 del Código Procesal Penal de la Nación, con relación a los imputados Omar Emir Chabán, Raúl Alcides Villarreal, Carlos Rubén Díaz, Miguel Ángel Belay, Patricio Rogelio Santos Fontanet, , Diego Marcelo Argañaraz, Juan Alberto Carbone, Elio Rodrigo Delgado, Christian Eleazar Torrejón, Eduardo Arturo Vázquez, Maximiliano Djerfy, Daniel Horacio Cardell, Fabiana Gabriela Fiszbin, Gustavo Juan Torres y Ana María Fernández.
Esta querella considera que la instrucción se encuentra completa, al menos respecto de los quince imputados referidos precedentemente y con relación a los hechos que motivaron su procesamiento.
Por lo tanto, solicitaremos que se eleve la causa a juicio respecto de los nombrados, quienes deberán ser juzgados por la comisión de los delitos que en cada caso, se especifican en el apartado 5. de esta presentación.
En los apartados siguientes expondremos, respecto de cada uno de los imputados, sus datos personales completos, la relación circunstanciada de los hechos por los que se los incrimina, las pruebas que justifican la incriminación, la calificación legal atribuida a cada uno de ellos, y los motivos en que se funda la imputación.
1.2.
Solicitan se corra vista de legajos
Sin perjuicio de lo manifestado precedentemente, y de que en su momento la totalidad de los imputados fueron debida y regularmente indagados por el delito de lesiones, solicitamos al Tribunal que cuando se cursen a las defensas la notificación prevista en el art. 349 del Código de rito, solicitamos se corra vista a los defensores de la totalidad de los legajos de lesionados que corren por cuenta, y que se detallan puntualmente en el apartado 3.1.1.8.2. del presente escrito.
Ello en razón de que dichos legajos recién fueron remitidos en su totalidad al Tribunal por parte del Cuerpo Médico Forense -que tuvo a su cargo la realización de la pericia médica ordenada-, días atrás, en la misma día en que se dispuso correr la vista que se contesta por el presente.
Destacamos asimismo que si bien la existencia de esos legajos no permite determinar con exactitud el número de personas que resultaron víctimás de lesiones, puesto que a la fecha continúan presentándose en la causa personas que invocan tal calidad, en tanto que algunos seguramente nunca podrán ser identificados, lo cierto es que la documentación existente al día de la fecha permite contar con una lista de gran parte de los lesionados por el incendio, contándose además, en muchos casos, con una aproximación a la índole y entidad de las lesiones padecidas.
En los apartados siguientes expondremos, respecto de cada uno de los imputados, sus datos personales completos, la relación circunstanciada de los hechos por los que se los incrimina, la calificación legal atribuida a cada uno de ellos, y los motivos en que se funda la imputación.
2
DATOS PERSONALES DE LOS IMPUTADOS
2.1.
Omar Emir Chabán. Argentino, D.N.I. 10.327.843, nacido el 31 de marzo de 1954 en Ramos Mejía, Provincia de Buenos Aires, hijo de Ezzeddin Chabán y de Angélica Halouma Hadid, de ocupación artista, con domicilio real en la calle Rodríguez Peña 24 piso 6 dpto. “M” de esta Ciudad de Buenos Aires.
2.2.
Raúl Alcides Villarreal. Argentino, DNI 12.961.977, nacido el 7 de junio de 1957 en la Ciudad de Buenos Aires, hijo de Raúl Israel Villarreal y de Alcira Rivarola, de ocupación productor artístico, con domicilio real en la calle Enrique Finochietto 1819 de esta Ciudad de Buenos Aires.
2.3.
Carlos Rubén Díaz. Argentino, C.I. 12.685.182, nacido el, hijo de , de ocupación subcomisario de la Policía Federal Argentina, con domicilio real en la calle Vidal 1532 piso 11 departamento “E” de esta Ciudad de Buenos Aires.
2.4.
Miguel Angel Belay. Argentino, C.I. 8.521.267, nacido el 13 de mayo de 1951 en Capital Federal, hijo de Miguel Belay y de Alodia Velázquez, con estudios universitarios completos, de ocupación Comisario de la Policía Federal Argentina con destino asignado en la División Dactiloscópica de la fuerza, con domicilio real en la calle Belén 502 dto. “2" de esta Ciudad.
2.5.
Patricio Rogelio Santos Fontanet. Argentino, D.N.I. 27.287.544, nacido el 16 de junio de 1979 en Capital Federal, hijo de José Santos y Susana Graciela Fontanet, soltero, de ocupación músico, con domicilio real en Barrio General Paz, Edificio 8, piso 5to. “77” de Villa Celina, Provincia de Buenos Aires.
2.6.
Diego Marcelo Argañaraz. Argentino, DNI 27.151.587, nacido el 17 de febrero de 1979 en Capital Federal, hijo de Víctor Armando Arganaráz y de Graciela Concepción Alvarado, con domicilio real en la calle Soldado Juan Rava N° 1474, Villa Celina, Provincia de Buenos Aires.
2.7.
Juan Alberto Carbone. Argentino, D.N.I. 20.685.633, nacido el 26 de enero de 1969 en la Ciudad de Buenos Aires, hijo de Juan Carlos y de Margarita María García, de ocupación músico, domiciliado en la calle Mazoni 165 de esta Ciudad de Buenos Aires.
2.8.
Elio Rodrigo Delgado. Argentino, DNI 31.494.062, nacido el 24 de marzo de 1985 en esta Ciudad, hijo de Aldo Daniel y de Analía Ramírez, de ocupación músico, con domicilio real en la calle Puna 3594 de esta Ciudad de Buenos Aires.
2.9.
Christian Eleazar Torrejón. Argentino, DNI 22.964.561, nacido el 29 de octubre de 1972 en esta Ciudad, hijo de Eleazar Torrejón y de Susana Vadalá, de ocupación músico, domiciliado en la calle Chilavert 1136, Villa Celina, La Matanza, Provincia de Buenos Aires.
2.10.
Eduardo Arturo Vázquez. Argentino, DNI 24.821.961, nacido el 31 de agosto de 1975 en esta Ciudad, hijo de Eduardo Norberto Vázquez y de Dilva Lucía Paz, de ocupación músico, domiciliado en el Barrio General Paz, Edificio 60, piso 9no., departamento “D”, Villa Celina, La Matanza, Provincia de Buenos Aires.
2.11.
Maximiliano Djerfy. Argentino, DNI 24.106.825, nacido el 4 de noviembre de 1974 en Lanús Este, Pcia. de Buenos Aires, hijo de Jorge Rubén y de Marta Santanocito, de ocupación músico, domiciliado en calle Coronel D´Elía N° 1872, Lanús Oeste, Provincia Buenos Aires.
2.12.
Daniel Horacio Cardell. Argentino, DNI 26.338.638, nacido el 20 de diciembre de 1977 en esta Ciudad, hijo de Isidoro Julián y de Margarita Fuertes, de ocupación escenógrafo, domiciliado en la calle Boulogne Sur Mer N° 2051, Monoblok N° 9, P.B. “C”, Villa Celina, La Matanza, Provincia de Buenos Aires.
2.13.
Fabiana Gabriela Fiszbín. Argentina, DNI 16.937.540, nacida el 23 de marzo de 1964 en esta Ciudad, hija de Enrique Fiszbín y de Lea Lucía Mendelovich, casada, domiciliada en la calle Ginebra N° 4029, Ciudad de Buenos Aires.
2.14.
Gustavo Juan Torres. Argentino, CI 7.334.678, nacido el 30 de mayo de 1958 en esta Ciudad, hijo de Aníbal Dardo Torres y María Haydee Andrade, divorciado, con domicilio real en Federico Lacroze 1950, piso 6to. “A” de esta Ciudad de Aires.
2.15.
Ana María Fernández. Argentina, DNI 17.493.112, nacida el 7 de abril de 1968 en Villa Mercedes, Provincia de San Luís, hija de Juan Carlos Fernández y Clara Esther Cabrera, soltera, con domicilio en la calle Constitución 1920, 6to. Piso “A”, Ciudad de Buenos Aires.
3.
HECHOS
3.1.
Relación de los hechos investigados en esta causa
3.1.1.
La noche del 30 de diciembre
3.1.1.1.
Los recitales del grupo “Callejeros”
El día 30 de diciembre de 2004, estaba prevista la realización de un recital del grupo musical “Callejeros”, en el local denominado “República de Cromañón”, ubicado en la calle Bartolomé Mitre 3058, 3060 y 3066, de la Ciudad de Buenos Aires. El espectáculo programado era el tercero y último de una serie de tres recitales del grupo “Callejeros”, que tendrían lugar los días 28, 29 y 30 de diciembre. También estaba programada la actuación previa del grupo soporte “Ojos Locos” (como banda “soporte”).
La noche del 30 de diciembre ingresaron al local una cantidad de personas que no ha podido ser determinada con exactitud, pero que según los elementos de prueba colectados, era superior a las 3.000 personas.
El control de acceso al local estuvo a cargo de un grupo de personas contratadas a tal efecto por los integrantes del grupo “Callejeros”, que eran dirigidas y coordinadas por Lorenzo Freddy Bussi, y que habían sido contratadas a tal efecto por el grupo “Callejeros”, al igual que el mencionado Bussi. Trabajaron también esa noche, contratados por los integrantes de la banda, las siguientes personas: Claudio Edgardo Curcuy, Daniel Arturo Coria, Javier José Coria, Carlos Jacobo Ávila, Fernando Horacio Zerpa, Héctor Zerpa, Sebastian Pattendenn, Juan Carlos Torres y Jorge Omar Schiavoni, entre otros.
Para conocer como estaba organizado el control de acceso al local es útil recurrir a las declaraciones testimoniales que algunas de las personas nombradas prestaron durante la instrucción. Así Daniel Arturo Coria, (fs. 38150/152) manifestó que trabajaba como personal de control de “Callejeros” desde hacía dos años y medio, que Lorenzo Bussi, era el encargado del personal de seguridad de la banda, y que cuando terminaban los recitales los que le pagaban por su trabajo eran Bussi y Diego Argarañaz. A su turno Javier José Coria (fs. 38154/155 vta.) sostuvo que era Bussi quien lo contrataba, y que éste también se encargaba de organizar al personal que trabajaba de seguridad para la banda, agregando que durante los tres días que toco el grupo, su función fue realizar el cacheo en la puerta de ingreso. También Carlos Jacobo Ávila (fs.38161/162 vta.) sostuvo que la contratación para los días 28, 29 y 30 de diciembre fue hecha por la banda, manifestando que Bussi era el encargado del personal de control y quien daba las instrucciones. Del mismo modo, Sebastian Pattendenn (fs. 38164/165 vta.) manifestó que la noche del hecho trabajó como personal de control para la banda “Callejeros”, y que estuvo asignado al sector de vallado colocado entre el escenario y la gente. Agregó que fue convocado por Lorenzo Bussi, que además era quien daba las indicaciones. Juan Carlos Torres (fs. 38167/168) manifestó que el cacheo y el control de fila eran tareas asignadas al personal de seguridad de la banda y que las indicaciones las daba Bussi. Fernando Horacio Zerpa (fs. 38179/181 vta.) afirmó que durante los recitales de esos días se aboco a la tarea de “caminar las puertas, para que no entre gente sin entrada y acomodar la cola de los concurrentes.”, tareas esas que le fueran encomendadas por Bussi. Además resaltó que él y sus compañeros utilizaron remeras con el logotipo de la banda que decían “Control”, que les habían sido entregadas por Bussi, y que el personal de control de la banda fue el que estuvo a cargo del cacheo. Finalmente, Jorge Omar Schiavoni (fs. 38146/148) manifestó que los días 28, 29, y 30 de diciembre trabajó como personal de control de “Callejeros”, contratado por Bussi, que era el encargado de control de la banda, agregando que su primer tarea fue la de organizar las filas de los concurrentes, y que luego realizó cacheos.
El ingreso se realizaba de la siguiente manera: fuera del local, los concurrentes eran separados en una fila de hombres y otra de mujeres. Antes de ingresar eran revisados y “cacheados” por tres hombres y tres mujeres respectivamente, quienes les inspeccionaban la ropa y las zapatillas, así como las carteras, los bolsos, las riñoneras, o cualquier otro elemento que llevaran consigo, con el fin de detectar si portaban pirotecnia u otros elementos eventualmente peligrosos, en cuyo caso los secuestraban. Sin embargo, muchas personas no eran sometidas a esa revisación y podían ingresar sin pasar por ningún control, algunos porque eran invitados de los músicos o de las personas que trabajaban en el lugar, otros porque les tocaba en suerte no ser revisados.
Además de las personas contratadas por “Callejeros”, se encontraban en el lugar varias personas contratadas por Chabán, que cumplían distintas funciones. Algunos trabajaban en la venta de entradas, otros en la barra expendiendo bebidas, y otros desarrollaban tareas relativas a la vigilancia y la seguridad.
3.1.1.2.
El rol de Omar Emir Chabán en “República de Cromañón”
Omar Chabán no era el propietario del predio, ni titular de la habilitación comercial del local. Sin embargo era él quien explotaba el lugar, organizaba los espectáculos que allí se llevaban a cabo, y que lo hacía con el conocimiento de que la habilitación del comercio se encontraba, a nombre de la “Lagarto S.A.”, sociedad que en el mes de agosto de 2002 había sido adquirida por Daniel Marcelo Ripa, Eduardo Enrique Ripa, Raúl Oscar Lorenzo, Noemí Vázquez y Alejandro Cesar Trías, (según lo precisado por Ricardo Augusto Nissen, ex Director de la Inspección General de Justicia, en su testimonio obrante a fs. 149/150 del incidente de medidas cautelares).
En un video aportado por Canal 7, que obra reservado en Secretaría, y que contiene la grabación de una emisión del programa “Cultura Cero”, que se había emitido por por ese Canal en junio de 2004, puede verse como Omar Emir Chabán, luego de hacer alusión a los distintos locales similares de “República de Cromañón”, que había manejado con anterioridad (“Café Einstein”, “Cemento”, “Die Schulle” y “La Flor”), reconoce claramente su calidad de explotador de ““República de Cromañón””, afirmando que se trataba de “un islote que está lejos muy cerca en Once y que es un espacio impresionante, gigante, superfálico, que contrasta con Cemento. República por los ideales de 1789, la revolución fran, fran.. francesa. Y Cromañón porque los lugares tienen que ver con los sótanos, con la oscuridad, con bajo tierra, comienzan las catacumbas y de ahí cromañón, por el hombre de cromañón. Las bandas me decían que no, que Cemento les quedaba chico, entonces tenía que buscar un lugar más grande y en ese sentido encontré Cromañón, que es más grande, es cuadrado, es casi un miniestadio. Y entonces las bandas ahora no me van a poder decir más que Cemento les queda chiquito; sino que este lugar es muy cómodo, los baños son perfectos, las visuales con respecto al escenario son re perfectas. Y entonces estoy tratando de enganchar las bandas que tocaron en Cemento para que toquen aquí y entonces que haya gente, mucha gente, así yo me siento feliz, gano dinero. Es importante el dinero, sin culpa argentina con respecto al dinero que estoy harto de esos....Aquí había un lugar para otra gente.... había onda bailanta...”.
Reafirman que era Chabán quien detentaba el carácter de explotador del local “República de Cromañón”, las declaraciones de varios empleados del Hotel Central Park, Juan Carlos Olmos (fs. 40/1 y 1652/3) Julio César Garola (fs. 959/60 y 2041/2) Marisa Adriana Méndez, (fs. 184/5), Csaba Panucza (fs. 218) y Mariano Ezequiel Bouhier (42/3,), así como las de varios empelados de SADAIC, que declararon en el mismo sentido. Nos referimos a Juan Carlos Cisneros (fs. 2046/7), Fabián Ariel Carranza (fs. 2049/50 y Daniel Vicente Giménez (fs. 2643/7).
También resulta esclarecedora la versión de Jorge Fabián Leggio (fs. 836/9), quien manifestó que fue Chabán en persona quien lo contrató como sonidista del concierto en cuestión a instancias del grupo “Callejeros”. Igualmente son importantes los dichos de los empleados del emprendimiento, entre ellos Héctor Damián Albornoz (fs. 4189/92) y Hernán Albornoz (fs. 4197/99),quienes expusieron que conocieron tanto a Omar Emir Chabán como a su hermano Yamil con antelación al hecho que en autos se ventila, puesto que el primero de ellos había trabajado en “Cemento” al igual que el padre de ambos. Ambos refirieron que fueron convocados por el imputado para trabajar en “República de Cromañón”en el mes de abril de 2004 para prestar funciones en la barra del local. Del mismo modo, Luciano Otarola (fs. 4200/2) afirmó que empezó a desempeñarse en el local cinco meses antes de desatarse la tragedia; en concreto refirió que el dueño del comercio, era Omar Chabán, agregando que junto al imputado laboraba -entre otros- su hermano Yamil, quien también le impartía órdenes. A su vez, Ana María Sandoval (fs. 4204/7), quien comenzó a trabajar en el local desde la inauguración, dio cuenta de que la estructura de poder estaba encabezada por Omar Emir Chabán, quien se hallaba por encima de todos y daba órdenes al resto de las personas, sin recibirlas de nadie, mientras que, por debajo del acusado, se encontraba su hermano Yamil, siendo la mano derecha de ellos Raúl Villarreal. En igual sentido que los nombrados se expidió Juan Domingo Ledesma (fs. 237/9), desde que refirió que quien le impartía las directivas, en lo relacionado a la concreta tarea de seguridad que desarrollaba en el comercio, no era otro que el propio Omar Emir Chabán, puesto que se trataba del organizador. También es relevante el testimonio brindado por Juan Carlos Bordón (fs. 3247/9) quien expuso que tenía a su cargo, por orden de Chabán, la reparación de los elementos que se dañaban en el local a consecuencia de los shows, como así también el cuidado del sector de los baños durante el desarrollo de esos espectáculos.
3.1.1.3.
La organización del recital del 30 de diciembre de 2004
La organización del recital de “Callejeros” programado para el día 30 de diciembre de 2005 en “República de Cromañón”, estuvo a cargo del explotador comercial del lugar, el imputado Omar Emir Chabán, y de los miembros del grupo “Callejeros”. En la organización el primero de los nombrados estuvo secundado por sus principales colaboradores: su hermano Yamil Chabán y el también imputado Raúl Alcides Villarreal.
En cuanto al grupo “Callejeros”, intervinieron en la organización del evento el manager Diego Marcelo Argañaraz, los músicos Patricio Rogelio Santos Fontanet, Juan Alberto Carbone, Elio Rodrigo Delgado, Christian Eleazar Torrejón, Eduardo Arturo Vázquez y Maximiliano Djerfy, y el escenógrafo Daniel Horacio Cardell. Es que si bien Argañaraz era la “cara visible” del grupo, todas las decisiones relativas a la organización de recitales eran adoptadas por todos ellos en conjunto, incluyendo al escenógrafo Cardell.
Es así como la realización de los recitales previstos para los días 28, 29 y 30 de diciembre había sido acordada por el conjunto con Omar Chabán, decidiendo en conjunto las fechas en las que se realizarían los recitales, los horarios en los que se llevarían a cabo, el precio de las entradas, quién se encargaría de la publicidad, de la seguridad o control, de las luces, del sonido, etc. Cabe destacar que en la organización de los referidos eventos no intervino ninguna productora, como era habitual en el mundo del rock, como así tampoco ninguna persona además de los nombrados. En definitiva, las tareas de organización se habrían dividido entre el explotador del local y los integrantes de la banda.
Por otra parte, la elección de los miembros del grupo relativa al lugar para la serie de recitales programados, estuvo determinada por varios factores:
- las características del lugar, sus dimensiones, la vista desde el escenario, las amplias entradas,
- la relación que tenían los integrantes del grupo con Omar Chabán, quien los venía apoyando desde sus comienzos –”Callejeros” había efectuado varias presentaciones en Cemento, otro local también explotado por Chabán y en “República de Cromañón”-.
- la posibilidad de manejar la seguridad ellos mismo y el conocimiento de que en ese lugar no había control por parte de las autoridades, lo que no ocurría en lugares como “Obras Sanitarias”, el “Luna Park” o “El Teatro”.
La división de las tareas relativas a la organización era la siguiente: los integrantes de la banda tenían a su cargo la impresión y venta de las entradas, el control de la recaudación, la contratación del personal de seguridad, la publicidad, el control de la recaudación. En consecuencia decidían cuantas entradas se pondrían a la venta, cuantas personas tendrían a su cargo el control del ingreso al local, como se efectuaría ese control, quienes estarían exceptuados del control, y que actitud se adoptaría con la gente que ingresaba con elementos pirotécnicos.
En tanto, el principal aporte de Omar Chabán era el lugar en el que se llevaría a cabo el recital; así tenía a su cargo la decisión de cuando se abrían las puertas y de la forma en que ingresaría el público, etc.; también era responsable de las condiciones de seguridad del lugar -en particular el estado en que se encontraban las vías de salida, los matafuegos, las condiciones legales para el funcionamiento de “República de Cromañón”-, y de la seguridad interna, la organización de las barras, el cuidado de los baños, etc. Asimismo compartía con la banda la decisión acerca de la cantidad de entradas que se pondrían a la venta y el costo que tendrían y se encargaba de remover todo tipo de obstáculos para el funcionamiento del lugar -entre los que se hallaba el control policial-. En cuanto a las ganancias, éstas eran repartidas entre los miembros grupo “Callejeros” y Chabán del siguiente modo: el primero recibía el 70 por ciento, en tanto que Chabán se quedaba con el restante 30 por ciento.
Este esquema de organización era, por otra parte, similar al que adoptaba Omar Chabán con otras bandas y conjuntos que tocaban en “República de Cromañón”.
Para el desarrollo de su actividad Omar Emir Chabán contaba, como ya se mencionara con la colaboración de dos personas que lo secundaban, actuando como una suerte de “mano derecha” de aquél: su hermano Yamil Chabán, y Raúl Alcides Villarreal, a quien muchos conocían como el “encargado del local”. También trabajaron esa noche en el lugar, contratados por Chabán, un grupo de personas que realizaban tareas varias de mantenimiento, cuidado y limpieza de las instalaciones, y que durante los recitales tenían a su cargo la seguridad del local y de las instalaciones y equipos del lugar. Ellos eran Alfredo Mario Díaz, Juan Carlos Bordón, Juan Domingo Ledesma, Héctor Damián Albornoz, Hernán Albornoz, Luciano Otarola, Viviana Cozodoy y Ana María Sandoval, entre otros.
En síntesis, fueron Omar Chabán y sus colaboradores, Ya mil Chabán y Raúl Villarreal, junto con los integrantes de la banda musical “Callejeros”, quienes tuvieron en forma conjunta el poder de decisión sobre cuestiones de relevancia en todo lo atinente a la concreción y desarrollo del show que se llevó a cabo en “República de Cromañón” el 30 de diciembre pasado.
Numerosas pruebas obtenidas durante la instrucción, que serán enumeradas en el apartado respectivo, dan cuenta de esta situación. No obstante ello, resulta ilustrativo referirse a algunas de ella.
Héctor Damián Albornoz, con relación a los recitales de “La 25” y “Callejeros” que se realizaron en diciembre, señaló que: “… Respecto a la seguridad de los eventos de “Callejeros” dice que la mayoría era seguridad del grupo. El jueves hubo 25 hombres y 3 mujeres de “Callejeros”, a quienes sólo conocía de vista. También había 4 hombres de CHABAN, quienes no estaban en la entrada, sino que cuidaban los baños y la pista. La función de ellos era controlar de que no tiren pirotecnia, que no ocurran peleas en los baños y de que no molesten en las barras. Que era un control general, es decir, dar ´vueltas´ por el local para que no pase nada.”
Al prestar declaración testimonial, Aldana Julia Aprea (fs. 9367/72), encargada de prensa de la banda, manifestó que: “… en cuanto al manejo y administración de la banda refiere que todos los integrantes decidían por igual... Argañaraz era ´la cara visible´ del grupo. Si alguien los quería contratar para un show, hablaban con Diego, quien además estaba a cargo de todo el manejo y movimiento de la banda, como ser pagarle a quien declara... si bien Diego era la ´cara del grupo´, cualquier decisión respecto de algún punto en particular, éste la debía consultar con la banda, él no decidía de manera arbitraria. Si había que hacer alguna nota o llamaba gente de algún medio, la compareciente le consultaba a Diego y éste le decía que tenía que preguntarle a la banda si se hacía o no, luego de lo cual aquél le contestaba por sí o por no... Por lo que le decía Diego, las decisiones que se adoptaban eran discutidas por todos los integrantes de la banda y así se arribaba a una conclusión final. Que en estas decisiones participaban seis integrantes de “Callejeros”, el manager Diego y Daniel Cardell.”
Esta forma de manejarse fue confirmada por todos los miembros del grupo, quienes al prestar las respectivas declaraciones indagatorias, afirmaron que el grupo estaba compuesto por 8 personas: 6 músicos, además del manager (Argañaraz) y el dibujante o escenógrafo (Cardell). Los 8 tomaban parte en las decisiones de la banda, en la sala de ensayo, y votaban. Era una “especie de cooperativa”, en la que todos los integrantes del grupo participaban de una postura común referente al tema de las bengalas, todos las aceptaban en sus recitales, las promovían y obtenían una ventaja de ello, puesto que era una nota distintiva en el ambiente del rock.
En igual sentido, al prestar declaración indagatoria, tanto Chabán como Argañaraz coincidieron en que la banda quería tocar en “República de Cromañón” para fin de año, tal como lo habían hecho el año anterior en “Cemento”. Para ello, Diego Argañaraz se comunicó con Chabán, quien aceptó la propuesta. Así fue que se acordaron las fechas en las que se realizarían los recitales, los horarios en los que se llevarían a cabo, el precio de las entradas, quién se encargaría de la publicidad, de la seguridad o control, de las luces, del sonido, etc.
Resultan también ilustrativos respecto de la forma de organización adoptada, los contratos incorporados a la causa, que fueron celebrados para los recitales que se llevaron a cabo en “Corazón de María” y “Excursionistas”, que demuestran cómo, cuando intervenía una productora, era ésta la que se encargaba de alquilar el lugar y firmar el correspondiente contrato con su propietario, contratar al personal de seguridad, el sonido y las luces, pagar impuestos, contratar personal policial y bomberos, asistencia médica, vender las entradas, etc. En definitiva, cuando interviene, es la productora la que realiza todos los trámites y contrataciones necesarios para que el show se lleve a cabo. Éstos son los casos en los que verdaderamente lo único que le corresponde a la banda es ir a tocar en el lugar y momento en que se lo piden. Esto fue confirmado por el testimonio de Alberto Fabián Lillo, que fue el encargado de producir los recitales que el grupo realizó en la ciudad de Córdoba y en Gálvez, Provincia de Santa Fe (fs. 12.814/16).
El esquema de organización compartida con el grupo actuante responde, por otra parte, a la forma habitual que Chabán tenía de manejarse con otras bandas. Así, Marcelo Francisco Caputo, manager de “Almafuerte”, a fs. 15.230/31 (fs. 13.335), señaló que arreglaba personalmente con Chabán las fechas en que el grupo tocaba, en tanto lo relacionado a la iluminación, el sonido y la seguridad, se encontraba a cargo de la banda.
En cuanto al control de acceso al local, los testigos que se manifestaron sobre el punto coincidieron en que la misma se hallaba a cargo de la banda “Callejeros”. En efecto, un empleado del lugar, Juan Carlos Bordón, (fs. 5599/5603) indicó que: “… casi siempre, la seguridad en la zona de ingreso -cacheos- dependía de la banda, si el grupo no llevaba seguridad la contrataba Omar para el caso concreto. Cromañón no tenía empleados de seguridad permanentes. Que cuando la banda no llevaba su propia seguridad y Omar debía contratar gente al efecto, lo hacía según recomendación de la propia banda. Esto es, escogía al grupo que se encargaría de la seguridad, de acuerdo a lo que la banda concreta le solicitaba”. En tanto que Héctor Damián Albornoz, a fs. 4189/92 expresó, con relación a los recitales de “La 25” y “Callejeros” que se realizaron en diciembre, que: “… en todos estos recitales Chabán pedía que se controle a la gente y que traten de impedir que entren con pirotecnia. Respecto a la seguridad de los eventos de “Callejeros” dice que la mayoría era seguridad del grupo. El jueves hubo 25 hombres y 3 mujeres de “Callejeros”, a quienes sólo conocía de vista. También había 4 hombres de CHABAN, quienes no estaban en la entrada, sino que cuidaban los baños y la pista. La función de ellos era controlar de que no tiren pirotecnia, que no ocurran peleas en los baños y de que no molesten en las barras. Que era un control general, es decir, dar ´vueltas´ por el local para que no pase nada.”. A su vez, Hernán Gustavo Albornoz, (fs. 4197/99), agregó que en los recitales de Cromañón la seguridad estaba a cargo de la banda. Asimismo, señaló que cuando la seguridad quedaba a cargo del local el que se encargaba de coordinarla era Mario Díaz. Particularmente, indicó que él era quien llamaba a los que cumplirían ese tipo de funciones y luego los organizaba dentro del local. Por otra parte, manifestó que Villarreal: “… trabaja desde hace años con Chabán y generalmente se encuentra en las boleterías.”
3.1.1.4.
El incendio y la producción de gases tóxicos
El comienzo del recital estaba previsto para las 20 horas, con la actuación previa del grupo “soporte” “Ojos Locos”. Durante la actuación de esta banda, algunos asistentes encendieron elementos de pirotecnia tales como bengalas, candelas y “tres tiros”.
Unos minutos después de las 22,30 horas, y cuando ya había terminado de tocar Ojos Locos, Omar Emir Chabán se acercó a la cabina de sonido, tomó un micrófono y se dirigió al público increpándolo para que no se tirara bengalas. Profiriendo insultos diversos, Chabán dijo que había en el lugar más de 6.000 personas, que el lugar no tenía ventilación, y que si se producía un incendio –como ya había sucedido en otras oportunidades, no iban a poder salir, y se iban a morir todos, igual que como había sucedido en Paraguay meses antes.
Las palabras de Chabán fueron reproducidas por una gran cantidad de testigos que estaban presentes esa noche, quienes refirieron haberlo escuchado decir:
“ … No tiren bengalas ni tres tiros porque el techo es de material inflamable, son seis mil personas y no se venden más entradas porque si se provoca un incendio no van a salir. Son muchos, tienen que festejar, no quiero una másacre como la de Paraguay” (testimonio de María Soledad Gómez Casalicio, obrante a fs. 2565)
“ … No tiren más cohetes porque se puede llegar a incendiar el lugar y hay seis mil personas y si pasa algo no van a poder salir” (testimonio de Marcelo Daniel Hervida, obrante a fs. 3935/3936).
“… Acá hay 6000 personas no prendan bengalas ni tres tiros no quiero que pase lo de paraguay si alguien prende algo nos morimos todos” (testimonio de Stella Maris Visconti, obrante a fs. 723).
“ … No seamos una república bananera como Paraguay, la verdad que ayer se portaron muy bien, y antes de ayer, por culpa de las bengalas, no se pudo ver bien el show … hijo de puta, pelotudo de mierda, pendejo, no ves que nos vamos a morir todos, qué querés, matarrnos … ” (testimonio de Jorge Fabián Leggio, obrante a fs. 836/839).
“ … No enciendan bengalas, no sean criminales, que esto no sea paraguay, cómo hacemos para salir de acá seis mil personas … ” (testimonio de Ricardo David Vázquez, obrante a fs. 1642/1643).
“ … Córtenla de tirar estas cosas, ya ayer hubo problemás, se van a morir todos incendiados, no sean tarados, el lugar no tiene ventilación, hay criaturas, el humo de las bengalas es tóxico, van a morir todos…” (testimonio de Nicolás Saleh, obrante a fs. 1801/1803).
“… Criminales pelotudos, no prendan más bengalas, que no pase lo del 25… Somos muchos, somos 6000, no vendimos más entradas por seguridad, que no pase lo de Paraguay, somos muchos y no podemos salir rápido” (testimonio de Gustavo Facundo Orazi, fs .518/521)
“... No sean boludos, pajeros, se van a quedar sin mujeres que vengan a ver el rock, no tiren petardos porque el techo es inflamable y se va a prender fuego todo, que no pase lo que pasó en Paraguay...somos seis mil personas, si se prende fuego el techo nos morimos todos, no vamos a poder salir, que no pase la tragedia de Paraguay” (testimonio de Héctor Damián Albornoz, obrante a fs. 4189/92).
Otra asistente, Camila Celeste Fernández, manifestó que “... Chabán se ubicó en una plataforma en el fondo del salón y comenzó a insultar a la gente, dijo también que había seis mil personas en el lugar, que no se vendían más entradas porque no había más lugar, que iba a ser una másacre como la de Paraguay, que se iba a prender fuego el lugar y no iban a poder salir, que también llamó asesinos a los que prendían bengalas y tiraban elementos de pirotecnia” (fs 4168/71).
Lo cierto es que más allá de las diferencias entre los testigos a la hora de reproducir las frases proferidas por Chabán, tanto los testigos referidos, como otros que relataron lo sucedido esa noche, coinciden en afirmar que Omar Chabán advirtió que había en el lugar “seis mil personas”, que no encendieran bengalas porque “se podía prender fuego”, que podía pasar “lo mismo que en Paraguay” (refiriéndose al incendio ocurrido ese mismo año en el shopping “Ycuá Bolaños” sito en Asunción) y que “no iban a poder salir y se iban a morir todos” .
Seguidamente los integrantes del grupo “Callejeros” subieron al escenario para comenzar a tocar. El cantante Patricio Santos Fontanet tomó el micrófono y le dijo al público que le hicieran caso a Chabán, que no tiraran bengalas porque podía pasar algo grave y morir todos los que estaban en el lugar.
Un testigo presente en el lugar refirió los dichos de Santos Fontanet de la siguiente manera: “… lo que dice Omar (refiriéndose a Chabán) es que no jodan más con la pirotecnia porque puede pasar algo grave y podemos morir todos, es muy serio, está claro...” (declaración testimonial de Gustavo Facundo Orazi, obrante a fs. 518/521).
Aproximadamente a las 22,50 comenzaron a tocar el primer tema. El encendido de bengalas, candelas y tres tiros continuaba y, a poco de iniciado la canción referida, un elemento de pirotecnia encendido impactó contra la media sombra que recubría el techo del local, originando un foco ígneo que se expandió rápidamente, y que generó un humo muy espeso y tóxico que se propaló por todo el salón, acumulándose con más intensidad en los sectores altos más cercanos al techo. Además, como consecuencia del fuego, el material que recubría el techo comenzó a derretirse generando, en algunos sectores del local, una especie de “lluvia de fuego” que caía sobre los asistentes al recital.
Ante esta situación el grupo dejó de tocar y las personas presentes en el lugar comenzaron a pugnar por salir. Pero la mayoría de las puertas de acceso al local se encontraban cerradas, al igual que la denominada “salida alternativa de emergencia” – a la que luego nos referiremos en particular, se encontraban cerradas. De tal suerte que se generaron amontonamientos y avalanchas que dificultaron notoriamente la evacuación del local. Además, instantes después de comenzado el incendio se cortó la luz del local, lo que provocó en las personas allí presentes un estado de pánico y desesperación.
Según pudo determinarse posteriormente, gran parte del techo del local estaba cubierto por una tela denominada media-sombra, por encima de la cual había colocada una capa de espuma de poliuretano y otra de guata. Estos materiales, al quemarse produjeron emanaciones de cianuro de hidrógeno (ácido cianhídrico), dióxido de carbono, monóxido de carbono, óxido de nitrógeno y vapores de isocianato.
El incendio ocurrido el “República de Cromañón” fue originado cuando restos incandescentes de artefactos pirotécnicos tomaron contacto con los materiales que componían el revestimiento que cubría parte del techo. El proceso combustivo se caracterizó por un incursionamiento ígneo conocido técnicamente como “fuego de altura” manifestándose con gran desprendimiento de humo y gases de combustión (monóxido de carbono, ácido cianhídrico, y otros). El humo denso producido fue invadiendo los espacios que se diferenciaban en niveles, los que una vez saturados en sus planos elevados, se trasladaron hacia los niveles inferiores del recinto. Posteriormente pudo determinase que el comportamiento de los materiales combustibles que constituían el revestimiento (espuma de poliuretano y guata) y la ornamentación (media sombra), son pasibles de combustionarse dando lugar a la gestación de un intenso humo y gases de combustión -monóxido de carbono y cianhídrico-, que, en el caso que nos ocupa, fue invadiendo los espacios, convergiendo en una atmósfera nociva para la salud. La saturación del recinto con gases de combustión, propició que quienes se hallaban en su interior, sufrieran las consecuencias propias de la gestación del proceso combustivo producido: intoxicación y asfixia por la inhalación de esos gases.
En cuanto a los gases, pudo determinarse con posterioridad al 30 de diciembre, que la concentración de ácido cianhídrico (HCN) en el aire del local “República de Cromañón” hubiera sido de 180 ppm (partes de HCN por un millón de partes de aire) si el mismo se encontrara vacío, cifra que aumenta a 225 ppm, computando que las personas que se encontraban presente esa noche ocupaban la quinta parte del volumen total.
Con respecto a los gases emanados por la combustión de los materiales plásticos que revestían el techo del local, pudo determinarse lo siguiente:
- El polietileno (material de la media sombra) emite al combustionarse dióxido de carbono, monóxido de carbono y acroleína.
- El poliuretano (material de la espuma de poliuretano) emite al combustionarse cianuro de hidrógeno (ácido cianhídrico), dióxido de carbono, monóxido de carbono, óxido de nitrógeno y vapores de isocianato.
- El polietilentereftalato (material de la guata) emite al combustionarse dióxido de carbono y monóxido de carbono.
Con relación a la concentración de cada uno de estos gases durante el proceso de combustión, se determinó que esta depende de las condiciones ambientales en que se lleva a cabo, influyendo especialmente sobre este aspecto la concentración de oxígeno y las temperaturas máximás alcanzadas.
En cuanto a la toxicidad de los gases emanados, se concluyó que el ácido cianhídrico es letal para los seres vivos debido a que inhibe el uso de oxígeno por las células vivas de los tejidos corporales.
En lo que hacer a la propagación de llamás se determinó a través de las pericias realizadas lo siguiente:
- La espuma de poliuretano es un material combustible, de baja propagación de llama, que gotea ardiendo y se consume por completo, generando gran cantidad de humo.
- La “guata” es también un material combustible, de muy baja propagación de llama, que se consume sin llama.
Teniendo en cuenta que el incendio se originó cuando un artefacto pirotécnico impactó en la media sombra ubicada debajo de los paneles de espuma de poliuretano y que luego se propagó la combustión a los paneles de revestimiento desde múltiples focos, era normal que se produjera una veloz propagación de la combustión en la espuma de poliuretano, con rápida generación de ácido cianhídrico.
En síntesis, se determinó que si no se hubiera colocado la media sombra, y la bengala o fuego de artificio hubiera impactado en el centro de un cuadrado de espuma de poliuretano de 177 metros cuadrados de área de superficie, éste hubiera tardado aproximadamente 13 minutos para incendiarse. Como en el local estaba colocada la media sombra, ésta se incendió y propagó el fuego en múltiples focos a la espuma de poliuretano. Por ello, en este caso, el tiempo real de propagación afectando la espuma de poliuretano podría haber sido considerablemente menor que el calculado con anterioridad.
También se determinó que la espuma de poliuretano existente en el techo del local no presentaba óxido de cobre, material normalmente utilizado como retardador de llama.
Respecto del efecto que produce un incendio de estas características en las personas resultan ilustratrivas las conclusiones del experto Gordon E. Hartzell, agregadas al informe efectuado realizada por la División Siniestros de la Superintendencia Federal de Bomberos de la Policía Federal, que corre por cuerda. En él se señala que entre los efectos inmediatos de los productos de la combustión, los más importantes son “… los efectos del calor, visión limitada por la opacidad del humo o la irritación de los ojos, narcosis debida a la inhalación de asfixiantes e irritación de las vías respiratorias. Estos efectos, a menudo simultáneos en un incendio, originan incapacidad física, pérdida de coordinación motriz, visión reducida, desorientación, falta de juicio y pánico. El consiguiente retraso o imposibilidad de escapar, provoca lesiones o muertes debidas a la inhalación de gases tóxicos y a las quemaduras sufridas”. Asimismo, explica que los efectos aumentan a medida que aumenta el tiempo de exposición a los productos de la combustión y al grado de concentración de humo o gases tóxicos. Luego de indicar que los gases más comunes que se producen en un incendio son el monóxido de carbono (CO) y el cianuro de hidrógeno (HCN), explica que los gases asfixiantes, entre otras cosas, producen narcosis, esto es, “afectan al sistema nervioso central, provocando la pérdida del conocimiento y finalmente la muerte. La gravedad de los efectos depende... de la concentración y tiempo de exposición”. También señala que, la irritación de los ojos es un efecto inmediato que sólo depende de la concentración y a veces se subestima el perjuicio que supone para escapar. También explica Hartzell que si bien el monóxido de carbono no es el gas más tóxico entre que suelen generarse en un incendio, sí es el que se presenta en mayor cantidad y el que genera mayores riesgos para la persona, ya que reduce el transporte de oxígeno. Afirma que “cualquier exposición en la que el producto de la concentración (ppm) por el tiempo minutos exceda un valor de 35.000 ppm resulta peligrosa. Por tanto, una exposición de 10 minutos a una concentración de 3.500 ppm de CO sería peligrosa y posiblemente incapacitaría a mucha gente. Esta regla debe aplicarse con precaución a altas concentraciones, puesto que, a medida que éstas aumentan, las dosis toleradas son menores”. Asimismo, en relación con el cianuro de hidrógeno refiere que éste “… se produce por la combustión de materiales que contienen nitrógeno... Es un producto tóxico que actúa rápidamente. Es aproximadamente 20 veces más tóxico que monóxido de carbono... A medida que aumenta la concentración, disminuye el valor de la dosis tolerada... Suele aceptarse que las concentraciones de cianuro en la sangre superiores a 1 microgramo por mililitro son indicativas de posibles efectos tóxicos importantes originados por cianhídrico. Niveles superiores a 3,0 microgramos por mililitro son, en general mortales”.
También algunos testigos refirieron los efectos provocados por el humo generado por el incendio. Así María Gabriela Bussolotti, manifestó que “por ser el humo muy fuerte, el humo la paralizaba no podía respirar. Que por eso se quedó apoyada contra la pared porque no se podía mover” (fs. 1767/70). Darío Marcelo Echevarría, a su turno, expresó que “la gente comenzó a desesperarse, y correr hacia la salida -lado de la calle por donde entraron-, habiéndose cortado la luz, es decir que todo estaba a oscuras con el denso humo irrespirable. Que al ver en penumbras que la mása corría hacia el lateral derecho del escenario, el dicente también lo hizo, sintiendo un fuerte mareo que le hizo perder fuerzas hasta desvanecerse, no recordando más nada, sólo que se despertó en la calle cuando le mojaron la cabeza” (fs. 5728/29).
En este cuadro, y ante la necesidad de evacuar inmediatamente el lugar, hubo una gran cantidad de factores que incidieron negativamente impidiendo una salida rápida y ordenada. Una cuestión fundamental en este sentido fue el exceso de concurrentes, cuestión a la que nos referiremos en el apartado siguiente.
3.1.1.5.
El exceso de concurrentes
El local “República de Cromañón” estaba habilitado con una capacidad máxima de 1031 concurrentes.
Sin embargo, al recital del cabo el 30 de diciembre de 2004, asistieron según las evidencias existentes hasta el momento, entre 3000 y 3500 personas.
Según lo informado por SADAIC, la cantidad de asistentes computadas por el personal de la entidad ascendió a 2811. Pero ese número no incluye las personas que no adquirieron entradas, por haber sido invitadas por los organizadores del recital, o por cualquier otro motivo. Por otra parte ese cálculo también es susceptible de errores, puesto que se realiza con un “cuenta ganado” que, tratándose de una puerta de acceso relativamente ancha, puede omitir el conteo de algunos ingresantes. Sobre esta cuestión, resulta ilustrativa la declaración del testigo Daniel Vicente Giménez, empleado de SADAIC, que esa noche tuvo a su cargo el cómputo de los asistentes.
Por otra parte, las entradas puestas a la venta eran aproximadamente 3500, según los dichos de los empleados del “Locuras”, comercio de indumentaria para jóvenes que también vende entradas para recitales de rock y que tuvo a su cargo la venta de las entradas anticipadas para los recitales de los días 28, 29 y 30 de diciembre en cuatro locales sitos en los barrios de Belgrano, Flores y Once, y en la localidad de Morón. Martín Alejandro Hasmat, en su declaración obrante a fs. 6432/4 afirmó que en el local sito en Cabildo 2606 pusieron a la venta 500 entradas de las que se vendieron 300, devolviendo 200. Ezequiel Martín Orlandi a fs. 6435/6 manifestó que en el local de Flores se vendieron unas 700 entradas, a la vez que había unas 50 para invitados, que en el local de Once se vendieron “1.200 y algo”, mientras que en el local de Morón se vendieron unas 500, aclarando que fue también contratado para vender entradas en la boletería de la puerta en donde vendieron las 347 que no pudieron ser comercializadas anticipadamente. Todo ello sumaría un total de 3.047 entradas vendidas.
También son importantes las declaraciones de muchos asistentes al recital que manifestaron que se refirieron a la cantidad de público afirmando que el lugar estaba ”repleto”, y que no había lugar ni para moverse. Por ejemplo, Juan Domingo Ledesma, empleado de seguridad de “República de Cromañón”, señaló en su declaración obrante a fs. 237/39, que el 30 de diciembre había en el lugar como unas seis mil personas y que el local no tenía capacidad para toda la gente que se encontraba en ese momento. Por su parte, Luis Eduardo Tabera indicó que el 30 de diciembre fue con unos amigos al local y que al ingresar constató que había muchas personas y que estaba superpoblado, porque no se podía mover (declaración obrante a fs. 126/28).
Asimismo cabe poner de resalto que de los propios dichos del imputado Omar Chabán, referidos por personas que asistieron al recital del día de diciembre y a otros realizados en el local con anterioridad, así como de declaraciones de aquél a la prensa y de la cobertura periodística que se hiciera de diversos espectáculos efectuados en el predio, se desprende que se atribuía al local una capacidad que oscilaba entre las 4.000 y 5.000 personas. También puede tomarse como punto de referencia que cuando se presentó el cantante Rodrigo en lo que antes era “El Reventón” ingresaron cerca de 5.000 personas. Así, Gustavo Facundo Orazi declaró que antes de empezar el recital Chabán refirió “No tiren bengalas ni tres tiros porque el techo es de material inflamable, son seis mil personas y no se venden más entradas porque si se provoca un incendio no van a salir. Son muchos, tienen que festejar, no quiero una másacre como la de Paraguay...” (declaración obrante a fs. 518/21).
De suerte que, aun bajo la hipótesis de mínima, fue superado con creces el máximo de personas que podían entrar según los términos de la habilitación. En cualquier caso, lo cierto es que prácticamente se triplicó la cantidad de gente que podía ingresar conforme la habilitación del local y la normativa vigente al momento del hecho. Cabe señalar, asimismo, que el permitir el ingreso de una cantidad de asistentes que superaba con creces el máximo permitido, era una práctica habitual en “República de Cromañón”, como lo explican los vendedores del comercio “Locuras” –al que se encomendaba la venta anticipada de entradas, así como también muchos de los asistentes al recital y a los que tuvieron lugar en fechas anteriores.
Ahora bien, el máximo de personas que pueden asistir a un local comercial está relacionado con la preservación de la seguridad de los asistentes. En efecto, ese límite, si bien puede variar con el tiempo en función de nuevas valoraciones del legislador- tiene en miras, fundamentalmente, la relación que existe entre la cantidad de gente y las medidas de seguridad que se le exigen al lugar tanto para evitar accidentes como para que, en caso de que éstos ocurran, se puedan reducir al máximo los posibles daños que de éstos se deriven. A ello apuntan las fórmulas que establecen una relación entre metros de salida y cantidad de gente, o entre metros y sistemás de detección y extinción de incendios, o requisitos de ventilación e instalación eléctrica, luces de emergencia, etc.
En suma, el exceso de asistentes al recital del 30 de diciembre elevó considerablemente el riesgo para la vida y la integridad física de las personas que concurrieron al recital, que vieron dificultada o impedida su salida cuando comenzó el siniestro, debiendo en este punto remitirnos a la posterior descripción de los efectos concretos que este incremento tuvo cuando se haga referencia en esta resolución a la concreción del incremento del riesgo en el resultado.
3.1.1.6.
La evacuación del local
La evacuación del local una vez iniciado el incendio estuvo marcada por una serie de factores que convirtieron el lugar en una trampa mortal, que terminó con la vida de las 193 víctimás fatales y que produjo gravísimás lesiones a gran parte de los que lograron escapar de ella. Esos factores fueron:
- La cantidad de asistentes triplicaba el máximo permitido en la habilitación.
- El local no estaba preparado ni autorizado para la realización de recitales.
- El local no contaba con salidas de emergencia acordes con las exigencias normativas.
- La mayoría de las puertas estaban cerradas con trabas, incluso la denominada salida de emergencia, que tenía un cartel luminoso que decía “salida”, y que recién pudo ser abierta casi una hora después de comenzado el incendio
- Sólo funcionaba uno de los tres extractores de aire instalados en el local.
- Instantes después de iniciado el incendio se cortó la luz.
- Los materiales con que estaba revestido el techo del local provocaron una rapidísima propagación del fuego, y generaron el humo tóxico al que referiremos puntualmente en el apartado 3.1.2.2. del presente.
Estos factores motivaron que las personas se agolparan, empujaran y pisaran tratando de salir. Así se formaban verdaderas “pilas humanas” dentro del salón, especialmente cerca de las puertas de salida. Esas pilas compuestas por personas que iban cayendo unas sobre otras dificultaron aún más la salida del lugar y provocaron lesiones a muchas de las personas que lograron salir con vida. Y los que estaban más lejos de las salidas, en especial quienes al momento de desatarse el incendio estaban en los dos sectores para público existentes en el primer piso, no pudieron ni siquiera acercarse a las puertas, y fueron sacados del lugar por terceros en estado de inconsciencia, y en algunos casos ya sin vida.
Como ya se dijera, uno de los factores que resultó ser determinante para que las personas presentes en el local no pudieran salir cuando comenzó el incendio, se relaciona con el hecho de que las puertas del local se hallaban en su mayoría cerradas.
En primer lugar, de las seis puertas vaivén de doble hoja que separan el hall de ingreso donde se encuentran las boletería del salón propiamente dicho, cuatro se encontraban cerradas con pasadores metálicos, y fueron abiertas minutos después que se iniciara el incendio a golpes y empujones. Hay que remarcar que esas puertas sólo abrían hacia adentro, y que en la desesperación por salir, quienes estaban adentro las empujaban hacia afuera. Por tal razón, sólo pudieron ser abiertas cuando quienes estaban del lado de afuera, viendo la situación, empujaron hacia adentro hasta que pudieron vencer la presión de la gente y lograron franquearlas. Esta situación generó amontonamientos y desesperación en quienes intentaban salir por ese lugar.
Por otra parte, la “salida alternativa de emergencia”, que se encontraba cerrada con candado y alambres, recién pudo ser abierta aproximadamente a las 23,30 horas –es decir media hora después de iniciado el incendio-, por personal de bomberos con la ayuda de particulares que colaboraron con el rescate de las víctimás. Detrás de esa puerta, que tenía un cartel luminoso con la indicación “Salida”, a pesar de estar clausurada, se habían amontonado una gran cantidad de personas pugnaban por salir y que apenas lograron entreabrirla unos centímetros. Cuando llegó la primera dotación de Bomberos de la Policía Federal, pocos minutos antes de las 23 horas, algunos de ellos se dirigieron a esa puerta, y viendo los esfuerzos de quienes desde afuera intentaban abrirla sin éxito, la forzaron con unas barretas. Finalmente, finalmente, luego de casi 30 minutos, entre los bomberos y las demás personas que se encontraban en el lugar, lograron abrirla.
Algunas de las personas que trabajaron en la apertura de la señalada “salida alternativa de emergencia”, son el Ayudante Darío Fernando Salgado (fs. 901), y el Cabo Luis Areco, ambos integrantes del cuerpo de bomberos que prestaron declaración testimonial a fs. 901 y a fs. 940, respectivamente, y también Julio César Fretes (fs. 12/3) y Maximiliano Ramón Chaparro, conserje del hotel Cromañón. Los nombrados precisaron que al lograr abrir la puerta encontraron pilas humanas de “hasta un metro cincuenta de altura”.
Así pudieron salir algunas de las personas que se agolpaban detrás de esa puerta, en tanto que otras que habían caído formando “pilas humana” fueron evacuadas con el auxilio de los bomberos, de personas que habían logrado salir del lugar, y de otras personas que se acercaron a socorrer a las víctimás del incendio. Es importante destacar que la puerta a que nos referimos tenía encendido el cartel luminoso que decía “Salida”, lo que hizo que la gente que estaba más cerca de esa abertura se dirigiera directamente hacia ella. Así, esa “salida” funcionó como una verdadera trampa mortal, puesto que las salidas por las que se podía salir del local eran otras que se encontraban a considerable distancia de ésta.
Además de las dos puertas referidas, el local contaba con una puerta pequeña que comunicaba los camarines con el garage del hotel y con otra puerta que comunica el local con la recepción del hotel Central Park. Ambas puertas fueron utilizadas como medio de salida por personas que se encontraban cerca de ellas.
Asimismo, en el sector VIP ubicado en el primer piso, existía una puerta metálica que se encontraba cerrada. Esa puerta no pudo ser abierta ni siquiera por la fuerza, por lo que un miembro del cuerpo de Bomberos efectuó un boquete en la pared -al lado de esa puerta- de aproximadamente medio metro de diámetro. Así, algunas personas pudieron salir por ese boquete, que daba a un pasillo ubicado en el primer piso del hotel. Luego de romper los vidrios de los ventanales del hotel que daban a la calle Bartolomé Mitre, muchas de las personas que habían salido por ese lugar, saltaron sobre la marquesina del local, y se arrojaron desde allí a la calle.
Es de señalar que las personas que se encontraban en los dos sectores ubicados en el primer piso -uno conocido como el sector VIP, que colocándose frente al escenario se encuentra a su izquierda, y el otro ubicado a la derecha de éste, en la parte posterior del salón- fueron las que tuvieron mayores dificultades en la evacuación. En primer lugar, porque las escaleras de acceso a esos lugares son muy angostas y no son suficientes para una evacuación rápida, lo que provocó amontonamientos que impedían el paso. Por otra parte, el humo tóxico generado por el incendio tuvo una concentración mayor en esos sectores altos, donde también las altas temperaturas provocadas por el fuego eran aún mayores. De tal suerte que en la desesperación por salir muchas personas se “tiraban” desde ahí a la planta baja, lo que causó tanto a quienes se arrojaban como a los que estaban abajo, diversas lesiones físicas. Además debe señalarse que una gran parte de quienes resultaron ser víctimás fatales del hecho, se encontraban en ese lugar, según lo refirieron luego personas que habían concurrido con ellos al recital y lograron salir con vida.
Todos estos factores, el exceso de público, el hecho de que la puerta alternativa de emergencias estuviera clausurada -sin perjuicio del cartel lumínico que hacía presumir lo contrario-, y que las puertas de salida se hallaban trabadas, la falta de ventilación, la falta de luz, entre otros, dificultaron notoriamente la evacuación, generando así un mayor tiempo de exposición a los gases tóxicos producidos por la combustión de los materiales que recubrían el techo del lugar. Esa exposición a los gases tóxicos provocó, a su vez, que gran cantidad de gente se desmayara y quedara tirada en el suelo, lo que además de impedirles salir por sus propios medios del lugar, ocasionó que, ante la falta de luz, se obstaculizara la salida de quienes no se hallaban desmayados. En definitiva, todos esos factores actuaron conjuntamente, provocando un altísimo riesgo para la vida y la salud de los concurrentes que en muchos casos perdieron la vida y en otros tantos padecieron lesiones de diversa índole.
Muchos son los testimonios que relatan el momento posterior al inicio del incendio, y las dificultades que tenían las personas allí presente para salir del local. Así, Juan Manuel Ledesma, empleado de seguridad del local, relató que el día del hecho se encontraba cumpliendo sus funciones en una de las escaleras del local y que “vio como un muchacho joven tiró una bengala de luces de colores hacia arriba. Son bolas de luces, como fuego de colores. Una de estas bolas de fuego de colores quedó enganchada en la tela media sombra que adorna el techo para que no se vea la lana de vidrio que está colocada para amortiguar el ruido. En un instante agarró la lana de vidrio como si fuese nafta, pues se prendió todo de golpe. Ahí la gente se alborotó y comenzaron a correr, algunos a tirarse desde arriba, donde esta la bandeja, a unos diez (10) metros de altura y caían sobre el escenario o sobre la misma gente que estaba sobre la pista. Todos comenzaron a desesperarse por salir hacia la puerta. ... Como todo estaba oscuro y había un humo tremendo, la gente empezó a desesperarse” (testimonio obrante a fs. 237/39).
Según lo manifestado por Claudio Edgardo Curcuy, mientras se encontraba haciendo el cacheo del público en la entrada de la puerta de emergencia, habiendo comenzado ya a tocar la banda “Callejeros”, escuchó gritos en el interior del local y vio que la gente comenzó a salir apresurada. Al mirar hacia el interior del lugar observó un denso humo e inmediatamente se dirigió hacia el sector donde están las seis puertas vaivén de doble hojas. En razón de ello se dirigió hacia la entrada principal que estaba cerrada y junto con otras personas “… comenzaron a empujar insistentemente hacia adentro dado que por el sistema de bisagras solo abren hacia adentro, hasta que en un momento dado fue tanta la presión ejercida que esta sede y logran abrir la misma notando que las personas salían como podían pisoteando a los cuerpos de los jóvenes supuestamente desmayados o muertos, notando que había gran cantidad de personas amontonadas” (conforme declaración obrante a fs. 51/53).
Por su parte Gustavo Facundo Orazi dijo que cuando la gente se percató de lo que estaba sucediendo y comenzó a intentar salir del lugar “se agolparon muchas personas que quedaron apoyadas en las puertas (se refiere a las seis puertas vaivén que separan el hall del salón), siendo que inmediatamente se abren, y estas personas tropiezan y caen al suelo, empujadas por la multitud. Asimismo observa que el portón que da a la calle, posterior a la galería, también estaba cerrado. En ese momento, pasa el guardarropas y se topa con cuerpos caídos que obstruían la salida izquierda antes mencionada, quedando parado, siendo que hasta la altura de su pecho había cuerpos apilados, uno encima del otro. En ese momento observa que una persiana metálica que da a la calle, que poseía una puerta de ingreso de las típicas de comercio, estaba cerrada, y con la puerta pequeña solamente abierta, y al instante comenzaba a ser abierta. Allí queda atrapado por el grueso de la gente que lo empujaba desde atrás” (declaración testimonial de fs. 518/23).
También María Victoria Arana relató lo sucedido, expresando que llegó a Cromañón aproximadamente a las 22.30, “entrando por la puerta que ingresaban las mujeres con entradas y los que se encontraban en la lista de invitados, siendo dicha puerta un portón de chapa de color violeta de unos 5 metros aproximadamente con otra puerta más chica por donde ingresaban, encontrándose dicha entrada a unos 5 metros de la puerta principal. Que cuando se encontraban esperando para ingresar la declarante escucha a dos personas del sexo másculino quienes vestían remeras negras con dibujos en el centro,… y que uno de ellos le decía al otro que tenían que abrir el portón, refiriéndole el otro que no porque si no se iban a meter los que no tenían entrada” (declaración testimonial obrante a fs. 588/89).
En tanto, Carina Soledad Blanco manifestó que “mientras la banda continuaba tocando, pudo observar esta media sombra comenzaba derretirse y caer sobre las personas allí presentes. Que en ese preciso momento se cortó la electricidad, divisando como comenzaba a entrar en pánico todas las personas allí presentes, las cuales intentaban dirigirse hacia las puertas de salida al hall, observando que las mismás se encontraban cerradas desde afuera. En ese momento ya casi era imposible respirar, comenzando a ahogarse y desvanecerse, pudiendo sentir una corriente de aire, y notando la apertura de la puerta que se encontraba frente a ella y su novio, la cual da a un hall, divisando que las personas que se encontraban delante de ellos cayeron al suelo.” (fs. 986/87).
También Sergio Fernando Piñeiro, quien se encontraba a cargo de la iluminación del recital, expresó que el fuego se propagó rápidamente “cayendo la media sombra encendida como lluvia sobre la gente y luego los colchones. Que seguidamente y casi al mismo tiempo el fuego despedía un humo negro, con el que era imposible ya respirar. Que en un primer momento el dicente opta por querer retirarse para luego no hacerlo, tomando un matafuego que allí se hallaba, a fin de poder combatir el fuego, determinando que este no funcionaba. Que se sacó la remera con el que empezó a apagar el fuego que había alrededor de la consola y sus alrededores. Que mientras hacía ello observaba como la gente en un estado de desesperación intentaba salir, dirigiéndose hacia la puerta. Que terminado lo que estaba haciendo intentó dirigirse hacia la puerta y al ver que no podía salir, ya que todo era un caos, intentó dirigirse hacia la otra salida, por donde salen los músicos y al ir en camino se cortó la luz, por lo que regresó nuevamente hacia la puerta principal, donde permaneció unos instantes para luego caer al suelo, no pudiendo ya respirar” (declaración de fs. 2566/67).
Otro testigo, Federico Antón Diana Tedeschi, expresó que se encontraba muy cerca del escenario cuando comenzó el incendio y que “ … cuando la gente que estaba sobre las vallas comenzó a abrirse para buscar las salidas comenzó a toser, caminó hacia el fuego y vio que toda la gente se amontonaba en la salida, regresó sobre sus pasos y vio que los músicos se estaban sacando los instrumentos y se iban, saltó las vallas y en ese momento una chica lo tomó del brazo y le pidió ayuda. Que logró pasar a la chica para el lado donde se encontraba él, es decir del otro lado de las vallas y le dijo que se tapara la boca con la remera porque no se podía respirar. Que en ese momento se cortó la luz y como no encontraba una salida se acostó en el piso rendido, luego reacciona cuando una persona... lo está sacando a la calle” (fs. 1997/99)
Por su parte, Leandro Adrián González, expresó que observó “… que en el sector de la media sombra donde habían estado rebotando las chispas se había prendido fuego y caía como ´lluvia de plástico prendido´(sic). Ahí atinó a bajar, se sacó la remera para colocársela sobre la boca, porque se estaba generando mucho humo, pero en ese momento se le vino encima toda la gente que lo llevó a introducirse en el fondo del baño de las mujeres, sin que el dicente pudiera siquiera apoyar los pies sobre el piso. Allí abrió la canilla como pudo, para mojar la remera, pero no salía agua. Entonces intentó salir del baño pero era imposible, porque estaba lleno y la gente que estaba afuera quería entrar. Por eso se arrodilló, se tapó la cara con una remera y se quedó sin moverse por unos minutos, mientras iba sintiendo que las personas que lo rodeaban de a poco se caían al piso, desvaneciéndose. ... Aclaró que además de que estaba todo oscuro no podía abrir los ojos porque el humo lo quemaba. Mientras iba caminando muy despacio se le quedó trabado el pie entre la gente y perdió a Patricia que lo soltó. Quiso agarrarla devuelta pero no la encontraba, al tiempo que el deponente le costaba cada vez más respirar.” (fs. 5616/18).
En definitiva, la evacuación completa de las personas que se encontraban en el local recién pudo completarse aproximadamente a las 2:00 hs. del día 31 de diciembre, es decir, más de tres horas después de iniciado el incendio. Un dato importante a tener en cuenta es que, según el peritaje realizado por la Superintendencia de Bomberos, si la totalidad de las salidas existentes hubieran estado franqueadas (aún cuando, como luego se verá, no cumplían con las exigencias normativas), la evacuación del lugar se hubiera producido en pocos minutos:
- 2,31 minutos para 2000 personas.
- 3,28 minutos para 3000 personas
- 4,24 minutos para 4000 personas.
Es decir, que, en cualquier caso, la salida se hubiera logrado en menos de cinco minutos y, por lo tanto, los gases tóxicos no hubieran llegado a causar los efectos letales provocados.
3.1.1.7.
La presencia de personal policial en el lugar
La noche del 30 de diciembre de 2004 se encontraban apostados en la puerta del local dos agentes de policía pertenecientes a la Comisaría 7ª, en cuya jurisdicción se encuentra ubicado el local “República de Cromañón”. Ellos son el Cabo Primero Oscar Ramón Sosa, y el Agente Cristal Ángel Sosa, quienes estaban a bordo del patrullero identificado como “Móvil 107”. Esa presencia no era casual, ya que la presencia de personal policial de la citada Comisaría 7ª era habitual cada vez que se realizaba un recital en “República de Cromañón”.
También era habitual que se hiciera presente en los recitales, junto con los agentes de la referida seccional, una brigada del Cuerpo de Infantería de la Policía Federal, que era requerida por las autoridades de la misma Comisaría antes mencionada.
Esa presencia obedecía, a un acuerdo espurio que existía entre Omar Chabán y sus colaboradores, por una parte, y el personal de la Comisaría 7ª por la otra. Ese acuerdo tenía por objeto que el personal policial permitiera que el local continuara funcionando en infracción a una cantidad de normas que, de ser aplicadas, hubieran motivado su clausura. Por otra parte, ese acuerdo se ponía de manifiesto a través de la constante presencia en el local del subcomisario Carlos Rubén Díaz –imputado en esta causa-, quien concurría al lugar cada vez que se daban recitales, y recibía diversas sumás de dinero de manos de, los también encausados, Omar Chabán y Raúl Villarreal.
De esta situación, que al permitir que el local funcionara en las irregulares condiciones en que lo hacía, también funcionó como un factor determinante para que se produjeran tanto el incendio, como las consecuentes muertes y lesiones, se dará cuenta más detalladamente en el apartado 3.1.5. del presente escrito.
3.1.1.8.
Las víctimás del incendio
Muchas de las personas que lograron salir del lugar con vida, lo hicieron por sus propios medios y estaban conscientes, aunque luego debieron ser hospitalizadas como consecuencia de las lesiones padecidas. Otras en cambio fueron evacuadas por terceros, en estado de inconsciencia y trasladadas a diversos nosocomios.
3.1.1.8.1.
Las personas fallecidas
De los asistentes al recital, 193 personas fallecieron, en su gran mayoría como consecuencia de la inhalación de los gases tóxicos y por la quemadura de las vías aéreas superiores. Algunos de ellos ya estaban sin vida cuando fueron sacados del local, en tanto que otros fueron trasladados a hospitales y sanatorios, falleciendo durante el traslado o bien cuando se encontraban en los centros de salud.
Las personas que fallecieron como consecuencia del incendio son las que se enumeran a continuación. En todos los casos, la causa de la muerte consignada es la indicada en las conclusiones de los informes médicos obrantes en los legajos de las víctimás fatales obrantes en Secreataría.
1. Alejandra Yasmín Abosaleh. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
2. Ezequiel Adolfo Agüero. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
3. Fernando Aguirre. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación por monóxido de carbono.
4. Juan Pablo Alegre Babich. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
5. Gastón Eduardo Amaya. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
6. Iara Agustina Antón. Falleció el día 3 de enero de 2005 por edema pulmonar y edema meningo-encefálico.
7. Paula Natalia Antón. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
8. Milena Aramburu. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por quemaduras de vías aéreas superiores e intoxicación por monóxido de carbono.
9. Martín Arias Juillerat. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
10. Mariela Arnaldo. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda de monóxido de carbono.
11. Maximiliano Arnaldo. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y quemaduras de vías aéreas superiores.
12. José Avalos. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y asfixia por inhalación.
13. Sergio Daniel Avendaño. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
14. María Victoria Azaar. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
15. Selva Soledad Barata. Falleció el día 5 de enero de 2005 por congestión y edema agudo de pulmón, distrées respiratorio y Encefalomalacia.
16. Gisella Barbalace. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
17. Carol Sigrid Becker. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
18. Gustavo Belascuain. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
19. María Laura Bello. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
20. Eduardo Rubén Belzunce. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
21. Mariano Alexis Benítez. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
22. Lautaro Blanco. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
23. Sebastián Ángel Bonomini. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
24. Leandro Naun Bordón. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
25. Solange Milagros Bordón. Falleció el día 3 de enero de 2005 por neumopatía aguda.
26. Gabriela Borrás. Falleció el día 1 de enero de 2005 por bronconeumopatía bilateral y asfixia inhalatoria.
27. Romina Branzini Mangiarotti. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
28. Erica Broggi. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
29. Zaida Buitrón. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
30. María Angélica Cabrelli. Falleció el día 1 de enero de 2005 por Bronconeumopatía bilateral. Asfixia inhalatoria.
31. Gloria Marina Cabrera. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
32. Silvia Gabriela Cabrera. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
33. Matías Calderón. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
34. Roberto Daniel Calderón. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
35. Abel José Cantale. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
36. María Soledad Canziani. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
37. Romina Rocío Castro Fuentes. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación por monóxido de carbono.
38. Julián Cayón. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e Intoxicación por monóxido de carbono.
39. Leonardo David Chaparro. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
40. Nicolás Alejandro Colnaghi. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
41. Martín Javier Confino. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
42. Eduardo Conte. Falleció el día 4 de enero de 2005 por congestión, edema y hemorragia pulmonar.
43. Ignacio Esteban Cordero. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
44. Ricardo Cordero. . Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
45. Juan Carlos Cortez Bolla. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
46. Paola Crivelli. Falleció el día 31 de diciembre de 2004, por asfixia inhalatoria y quemadura en vía aérea.
47. Leonardo Cruz. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
48. Sebastián Ricardo Cwierz. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación por monóxido de carbono y quemadura de vías aéreas superiores.
49. Macarena Sol Cwierz. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
50. Mayra D´Agata. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
51. Mariana Elizabeth De Olivera. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
52. Liliana Carmen De Rose. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
53. Guido Nicolás Del Canto. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
54. Marisa Mabel Díaz de Longo. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e Intoxicación aguda por monóxido de carbono.
55. Florencia Soledad Díaz. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
56. Florencia Laura Diez. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia por compresión toracoabdominal.
57. Osvaldo José Djerfy. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
58. Liliana Noemí Escalante. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
59. Sergio Antonio Escobar. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
60. Denis Aurelio Espinola Monjes. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
61. Pedro Espinosa. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
62. Sebastián Farreras. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome de asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
63. Juan Ignacio Fermoselle. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
64. Sebastián Alejandro Fernández Helbich. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
65. Diego Aníbal Fernández. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e Intoxicación aguda por monóxido de carbono.
66. Laura Jimena Fernández. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
67. Nayla Soledad Fernández. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
68. Franco Matías Ferreyra. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
69. Florencia Soledad Flores. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
70. Nicolás Flores. Falleció el 30 de diciembre de 2004.
71. Noemí Analía Flores. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda de monóxido de carbono.
72. Romina Yamila Flores. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
73. Eduardo Cristian Frías. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
74. Pablo Sebastián Fucci. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
75. Oscar Andrés Funes. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio.
76. Mercedes Gamarra. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación por monóxido de carbono y Asfixia inhalatoria.
77. José Luis Gambaccini. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico e Intoxicación aguda por monóxido de carbono.
78. Gastón Guillermo García. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio, congestión y edema pulmonar.
79. Matías Alejandro García. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por quemaduras aéreas superiores e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
80. Lucas Matías Gavilán. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación grave por monóxido de carbono.
81. Claudia Giofre. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
82. Carla Alejandra Giovannini. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por Quemadura de vías aéreas superiores e intoxicación por monóxido de carbono.
83. Jorge Emiliano Giralt. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por quemadura de vías aéreas superiores. Intoxicación por monóxido de carbono. Fallecido el día 31/12/04 a las 02:00 Hs.
84. Analía Marcela Gómez. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por congestión, edema de pulmón y quemadura de vías aéreas superiores.
85. Pablo Emanuel Gómez. Falleció el 07 de enero de 2005 por Encefalopatía hipóxica, congestión, edema, hemorragia pulmonar e intoxicación por gases tóxicos.
86. Patricia González Cedres. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
87. Edwin Carlos González Torrico. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda de monóxido de carbono.
88. Abel Rodolfo González. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación por monóxido de carbono.
89. Federico Nahuel González. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación por monóxido de carbono.
90. Fretes Alicia González. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
91. Yamila Guevara. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
92. Lucas Guzmán. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
93. Roberto Ibañez, Falleció el 31 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación.
94. Pedro Tomás Iglesias. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por quemadura de vías aéreas superiores e intoxicación por monóxido de carbono.
95. Marta Teresa Jara. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
96. Sebastián Juárez. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
97. Pablo Gregorio Katz. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
98. Adriana Inés La Via. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
99. Matías Labella. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
100. Marcelo Lamenta. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
101. Noelia Silvina Lanas. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
102. Juan Ignacio Lanata Dieguez. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
103. Carlos Landoni. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria, congestión y edema pulmonar.
104. Yonatan Lasota. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
105. Luisana Aylen Ledesma. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
106. Julio Leiva. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por congestión, edema de pulmón, hemorragia meníngea e intoxicación por monóxido de carbono.
107. Paola Linares. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
108. Erica Lizarraga. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
109. Pedro Antonio López. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
110. Esteban Rodrigo Lucas. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorioe intoxicación aguda por monóxido de carbono.
111. Maximiliano Luparello. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
112. Diego Reinaldo Maggio. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
113. Ariel Malenosvsky. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguada por monóxido de carbono.
114. Jorge Mansilla. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
115. Gustavo Javier Marchiano. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
116. Federico Mástrangelo. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
117. Elisa Valeria Mazurco. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
118. Mario Daniel Mazzeo. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
119. Fernando Medina. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
120. Mariano Medina. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y asfixia inhalatoria.
121. Estefanía Mendibe. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio y congestión edemopulmonar.
122. Evaristo Ignacio Mendieta. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
123. Leandro Migliaro. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
124. Federico Pablo Molteni. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inahaltorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
125. Sofía Victoria Morales. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
126. Guido Musante. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
127. Nicolás Nieva. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria, congestión y hemorragia pulmonar.
128. Cecilia Irene Noboa. Falleció el 01 de enero de 2005 por bronconeumopatia bilateral y asfixia inhalatoria.
129. Daiana Noboa. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
130. Mauro Orrego. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
131. Debora Yael Ortiz. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguada por monóxido de carbono.
132. Ana Laura Oviedo. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
133. Walter Pata. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
134. Dilva Paz. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación por monóxido de carbono y quemadura de vías aéreas superiores.
135. María Celeste Peón. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
136. Jorge Manuel Pereyra Silva. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
137. Nelson Pereyra Silva. Falleció el 15 de enero de 2005 por bronconeumonía.
138. María del Monserrat Pérez González. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
139. Lucas Gabriel Pérez. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
140. Lucía Propatto. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
141. Carolina Ragonese y Coman. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
142. Griselda Ramirez. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
143. Silvina Noemí Ranieri. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
144. Julián Rozengardt. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y congestión y edema de pulmón.
145. Cristian Alejandro Renna. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
146. Emiliano Marcelo Righi Rodríguez. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por quemadura de vías aéreas superiores e intoxicación por monóxido de carbono.
147. Eduardo Rodríguez
148. Hernán Leonel Rodríguez. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
149. Fernanda Rojas. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
150. Luís Cristian Rojas. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
151. Marianela Rojas. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
152. Cecilia Lorena Roumieux. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
153. Osvaldo Ruiz Kannemann. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación por monóxido de carbono y asfixia por inhalación.
154. Sergio Javier Ruiz. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación con monóxido de carbono.
155. Agustina Ruzyckys. Falleció el 06 de enero de 2005 por congestión, edema agudo de pulmón y neuropatía bilateral.
156. Silvia Emilce Sanabria Rivadeneira. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
157. Rosa Beatriz Sandoval. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono.
158. Luís Alberto Santana. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y asfixia por inhalación.
159. Jaquelin Karina Santillán. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
160. Valeria Viviana Santillán. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
161. Alicia Santonocito. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
162. María Belén Santonocito. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
163. Leandro Schpak. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
164. Sofía Mariana Segovia Ríos. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
165. Nicolás Adrián Sillak. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y asfixia por inhalación.
166. Alejandra Marina Silva. Falleció el 05 de enero de 2005 por quemaduras de vías aéreas superiores y neumopatía.
167. Mariana Sirota. Falleció el 12 de enero de 2005 por quemadura de la vía aérea y neumopatía.
168. Walter Abel Maximiliano Solís. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
169. Pablo Mariano Socaire. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
170. Romina Stempler. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
171. Marcelo Alejandro Taborda. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria, congestión y edema pulmonar.
172. Roberto Fabián Tolosa. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
173. Pablo Leonardo Torba. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
174. Jonathan Iván Torres. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
175. Mario Abel Torres. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
176. Mario Ramón Torres. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por quemadura de vías aéreas superiores e intoxicación con monóxido de carbono.
177. Alejandra María Trujillo. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
178. María Sol Urcullú. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por asfixia por inhalación e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
179. Verónica Laura Valsangiacomo. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio, congestión y edema pulmonar.
180. Mariano Leonel Valsangiacomo. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
181. Facundo Vázquez. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico de etiología tóxica secundario e inhalación de monóxido de carbono y/o acido cianhídrico.
182. Javier Andrés Vera. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda por monóxido de carbono y asfixia por inhalación.
183. Cristian Mariano Viegas Méndez. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por intoxicación aguda monóxido de carbono y asfixia por inhalación.
184. Viviana Natalia Villalba. Falleció el 03 de enero de 2005 por neumopatía aguda y edema Meningo- Encefálico.
185. María Lidia Vitale. Falleció el día 31 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
186. Bárbara Daniela Yanni. Falleció el 07 de enero de 2005 por bronconeumopatía bilateral encefalopatía hipóxica y asfixia inhalatoria.
187. Darío Sebastián Yanni. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
188. Walter Eduardo Zacarías. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
189. Pablo Adrián Zalazar. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
190. Hugo Alejandro Zamudio. Falleció el 31 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
191. Osvaldo Oldemar Zapata. Falleció el 30 de diciembre de 2004 por síndrome asfíctico inhalatorio e intoxicación aguda por monóxido de carbono.
192. José Luis Zarate. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
193. Gustavo Zerpa. Falleció el día 30 de diciembre de 2004 por asfixia inhalatoria e intoxicación por monóxido de carbono.
3.1.1.8.2.
Las personas lesionadas
En cuanto a las personas que salieron con vida y que padecieron lesiones físicas como consecuencia del incendio ocurrido en “República de Cromañón”, a continuación se detalla la nómina respectiva, con indicación, en cada caso, del tipo y gravedad de las lesiones padecidas:
1. Abadi, Leila. Legajo nro. 732. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
2. Ábalos, Andrés Sebastián. Legajo nro. 880. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
3. Ábalos, Ariel. Legajo nro. 864. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
4. Ábalos, Gabriel. Legajo nro. 877. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
5. Abrigo, Ivana Carla. Legajo nro. 701. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
6. Abud, Ayelén Aixa. Legajo nro. 1406. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
7. Acevedo, Gustavo. Legajo nro. 1175. Lesiones físicas y psíquicas graves.
8. Acevedo, Jorge Armando. Legajo nro. 147. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
9. Acosta, Diego Martín. Legajo nro. 1326. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
10. Acosta, Ernesto José. Legajo nro. 566. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
11. Acosta, José Ernesto. Legajo nro. 566. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
12. Acosta, Valeria Soledad. Legajo nro. 1391. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
13. Acuña, Graciela Noemí. Legajo nro. 475. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
14. Acuña, Juan Manuel. Legajo nro. 91. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
15. Acuña, Mariano Sebastián. Legajo nro. 95. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
16. Acuña, Mauro Santiago. Legajo nro. 196. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
17. Acuña, Rodrigo Javier. Legajo nro. 858. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
18. Acuña, Sebastián. Legajo nro. 1179. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
19. Adrissoni, Diego Gastón. Legajo nro. 1329. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
20. Agüero, Natalia Soledad. Legajo nro. 173. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
21. Agüero, Romina Paola. Legajo nro. 171. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
22. Aguilar, Alfredo Cristian. Legajo nro. 739. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
23. Aguilar, Cristian Marcelo. Legajo nro. 360. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
24. Aguilar, Eduardo Martín. Legajo nro. 735. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
25. Aguilera, Verónica Noemí. Legajo nro. 1305. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
26. Aguirre, Rodrigo Osvaldo. Legajo nro. 705. Lesiones físicas y psíquicas graves.
27. Aicardi, Pablo Hernán. Legajo nro. 178. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
28. Aicardi, Rodrigo Ezequiel. Legajo nro. 320. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
29. Aizaga, Julieta. Legajo nro. 1497. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
30. Aizaga, Martín. Legajo nro. 1521. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
31. Alaniz, Pablo Nicolás. Legajo nro. 182. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
32. Alarcón, Fernando Pablo. Legajo nro. 313. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
33. Alarcón, Matías Emiliano. Legajo nro. 1350. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
34. Albarracin, Matías. Legajo nro. 768. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
35. Alberio, Martín Alberto. Legajo nro. 666. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
36. Alberio, Sebastián Maria. Legajo nro. 665. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
37. Albertini, Eliana Gisele. Legajo nro. 1129. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
38. Albertotti, Reinaldo Ariel. Legajo nro. 949. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
39. Albici, Martín Gabriel. Legajo nro. 898. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
40. Alderete, Hernán Reinaldo. Legajo nro. 790. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
41. Alegre, Adrián Ezequiel. Legajo nro. 1010. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
42. Alegre, Rubén Eduardo. Legajo nro. 947. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
43. Alemán, Tomás. Legajo nro. 867. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
44. Alfonso Merino, Anabela Noemí. Legajo nro. 329. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
45. Alfonso, Ivanna Paola. Legajo nro. 224. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
46. Aliaga, Marcela Norma. Legajo nro. 124. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
47. Allende, Carlos Fernando. Legajo nro. 474. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
48. Almanza, Natalia Lorena. Legajo nro. 762. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
49. Almeida Liguori, Tatiana Denis. Legajo nro. 1020. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
50. Almirón, Cristian. Legajo nro. 941. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
51. Almirón, Leonardo Andrés. Legajo nro. 1047. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
52. Alonso, Gerardo Adrián. Legajo nro. 642. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
53. Alsarria, Lucas Javier. Legajo nro. 825. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
54. Alsarria, Mariano Martín. Legajo nro. 860. Lesiones físicas graves.
55. Altamore, Matías. Legajo nro. 422. Lesiones físicas y psíquicas graves.
56. Altemir, Maria del Pilar. Legajo nro. 1082. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
57. Altmark, Federico Tasio. Legajo nro. 1472. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
58. Alvarado, Graciela Concepción. Legajo nro. 274. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
59. Álvarez Arotcarena, Chantal Daniela. Legajo nro. 526. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
60. Álvarez, Aixa Carolina. Legajo nro. 193. Lesiones físicas graves.
61. Álvarez, Gastón Ricardo. Legajo nro. 1382. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
62. Álvarez, Gerardo Ariel. Legajo nro. 1056. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
63. Álvarez, Juan Ángel. Legajo nro. 280. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
64. Álvarez, Leandro. Legajo nro. 1062. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
65. Álvarez, Maria Fabiana. Legajo nro. 934. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
66. Álvarez, Mariano Ariel. Legajo nro. 104. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
67. Álvarez, Matías Sebastián. Legajo nro. 569. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
68. Alzati, Tomás Alejandro. Legajo nro. 1347. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
69. Amador, Facundo Nahuel. Legajo nro. 282. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
70. Amarilla, Liliana Paola. Legajo nro. 467. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
71. Amarilla, Pablo Matías. Legajo nro. 667. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
72. Amaya, Ezequiel Matías. Legajo nro. 186. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
73. Ameroso, Andrea Jazmín. Legajo nro. 853. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
74. Amin, Daniela Viviana. Legajo nro. 1344. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
75. Amin, Gonzalo Emilio. Legajo nro. 1345. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
76. Amodio, Sebastián Pablo. Legajo nro. 1184. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
77. Amor, Gastón. Legajo nro. 820. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
78. Anchavak, Georgina Gabriela. Legajo nro. 1444. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
79. Angulo, Daniela Karen. Legajo nro. 1428. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
80. Angulo, Daniela Karen. Legajo nro. 1426. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
81. Anile, Christian Ariel. Legajo nro. 45. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
82. Antivero, Juan Pablo. Legajo nro. 714. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
83. Antona, Gastón Marcelo. Legajo nro. 653. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
84. Antonetti, Aldana Helga. Legajo nro. 184. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
85. Aquino, Federico Ricardo. Legajo nro. 780. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
86. Aragañaraz, Paula Mariela. Legajo nro. 258. Lesiones físicas y psíquicas graves.
87. Arancibia, Vanina Soledad. Legajo nro. 499. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
88. Aranda, Cristian Daniel. Legajo nro. 272. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
89. Aranda, Diego Ramón. Legajo nro. 1388. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
90. Arellana, Jonathan. Legajo nro. 1211. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
91. Arena, Melisa Mabel. Legajo nro. 966. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
92. Arena, Rubén Dario. Legajo nro. 1117. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
93. Arévalo, Fernando Javier. Legajo nro. 905. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse. Resta también determinar si ha padecido lesiones físicas.
94. Arévalo, Marcelo. Legajo nro. 1343. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
95. Argento, Fernando. Legajo nro. 1138. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
96. Arias Cristian Gabriel. Legajo nro. 1418. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
97. Arias, Mónica Beatriz. Legajo nro. 1149. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
98. Arias, Pablo. Legajo nro. 1135. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
99. Arias, Walter Daniel. Legajo nro. 1405. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
100. Ariza, Pablo David. Legajo nro. 187. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
101. Alía, Esteban. Legajo nro. 1379. Lesiones físicas y psíquicas graves.
102. Armango, Guillermo Ariel. Legajo nro. 270. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
103. Armás, Diego Rene. Legajo nro. 730. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
104. Arrebora, Federico. Legajo nro. 1549. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
105. Arreguez, Dario Nicolás. Legajo nro. 411. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
106. Arslan, Mauro Gabriel. Legajo nro. 969. Lesiones físicas graves.
107. Arza, Gerardo Damián. Legajo nro. 1077. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
108. Aulucio, Sebastián Bruno. Legajo nro. 767. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
109. Autalán, Carlos Ariel. Legajo nro. 389. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
110. Autalan, Cintia Lorena. Legajo nro. 369. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
111. Avila, Maria Fabiana. Legajo nro. 249. Lesiones físicas y psíquicas graves.
112. Avila, Rubén Daniel. Legajo nro. 685. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
113. Aviles, Leandro Rubén. Legajo nro. 22. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
114. Aymeric, Johana Celeste. Legajo nro. 1480. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
115. Aysine, Santiago Gonzalo. Legajo nro. 634. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
116. Azzinari, Fernando Ariel. Legajo nro. 1465. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
117. Bachur, Pablo Daniel. Legajo nro. 550. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
118. Baez, Santiago José. Legajo nro. 127. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
119. Bagnato, Pablo Dario. Legajo nro. 1229. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
120. Baigorria, Hernán Javier. Legajo nro. 786. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
121. Baino, Juan Andrés. Legajo nro. 138. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
122. Balderramo, Alfredo José. Legajo nro. 449. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
123. Balossi, Osvaldo. Legajo s/n. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
124. Banera, Adriana Analía. Legajo nro. 1106. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
125. Bansi, Lucas Ezequiel. Legajo nro. 1033. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
126. Barandalla, Eduardo Rodrigo. Legajo nro. 1449. Lesiones psíquicas cuya gravedad aún debe evaluarse.
127. Barani, Nicolás Manuel. Legajo nro. 303. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
128. Barazzotto, Arturo Cesar. Legajo nro. 965. Lesiones físicas graves.
129. Barbera, Brian Blas. Legajo nro. 736. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
130. Barbera, José Eduardo. Legajo nro. 829. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
131. Barbero, Facundo Daniel. Legajo nro. 727. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
132. Barboza Da Rosa, Julieta Gisela. Legajo nro. 1285. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
133. Barboza Paz, Maria Anahí. Legajo nro. 878. Lesiones físicas y psíquicas graves.
134. Barcenilla, Gonzalo Ezequiel. Legajo nro. 92. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
135. Barcenilla, Walter Claudio. Legajo nro. 87. Lesiones físicas y psíquicas cuya gravedad no ha sido aún determinada.
136. Barea, Santiago Miguel. Legajo nro. 252. Lesiones físicas graves.
137. Barela, Federico Pablo Carlos. Legajo nro. 133. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
138. Barilari, Nadia. Legajo nro. 1349. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.
139. Baron, Tamara. Legajo nro. 783. Lesiones físicas graves y lesiones psíquicas cuya gravedad aún no ha sido determinada.
140. Barragán, Jésica Solange. Legajo nro. 1132. Lesiones cuya gravedad aún debe determinarse.




