Diario del Juicio Oral

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Solo son bolivianos.

Solo son bolivianos

El 30 de marzo de 2006, un incendio destruyó un taller de costura clandestino, ubicado en Luis Viale 1269, Caballito. Como resultado del incendio murieron 6 personas, de 25, 15, 10, y 4, 4 y 3 años, respectivamente, bolivianos todos ellos. El incendio en el taller de Luis Viale se produjo en la tarde, en el edificio de dos plantas habilitado como taller de costura desde 2001. “La habilitación era para cinco máquinas de coser y cinco trabajadores, pero había 40 máquinas y 40 trabajadores. Entre los trabajadores y sus familias eran 60 personas que vivían allí”. Los costureros trabajaban desde la madrugada hasta la medianoche, mientras que los chicos tenían que quedarse encerrados en la planta alta para no obstaculizar la producción.

El incendio comenzó en la planta alta, donde estaban las personas que murieron: Juana Vilca Quispe, de 25 años; Elías Carbajal Quispe, de 10; Rodrigo Quispe Carbajal, de 4; Harry Rodríguez Palma, de 3; Wilfredo Quispe Mendoza, de 15, y Luis Quispe, de 4 años. Eran de Cantón Ocaña, Bolivia.

“Esa tarde había pocos chicos, porque la mayoría estaba en el colegio. Pudo haber sido una desgracia mayor. Los padres de Harry estaban en la planta baja con Kevin, el otro hijo del matrimonio. No pudieron subir por la escalera y tampoco pudieron entrar por las ventanas del primer piso, porque estaban enrejadas” , relató uno de los sobrevivientes.
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El día en que se incendió el taller de la calle Luis Viale, los medios de comunicación hablaron del pago de coimas. Inmediatamente, el Ministerio del Interior ordenó al comisario general Néstor Vallecas, titular de la Policía Federal, que solicitase una investigación penal.

La antigüedad de la situación. Alertas previas.

Nada de esto era nuevo. Lo nuevo eran los muertos o, para ser más precisos, la exposición mediática de la muerte.

En efecto, ya en 1999 la Defensoría del Pueblo de la Ciudad se había ocupado del tema. A través de la Resolución nº 1283/99 de la entonces Defensora del Pueblo, Dra. Alicia B. Oliveira, se ponía de manifiesto: “La existencia de situaciones abusivas por parte de algún sector de inescrupulosos empresarios que en circunstancias tales como lo habitualmente detectable en la conocida esquina de Cobo y Curapaligüe, donde se centraliza la acción tendiente a someter a trabajadores -en su mayoría indocumentados- a situación cuasi servil”.

También se señaló en la referida Resolución “Que se ha podido detectar la inexistencia de un organismo y la oficina específica de la Administración Pública, en la cual se pueda formular denuncias acerca de la existencia de tales irregularidades, por lo que resulta indispensable y urgente la instrumentación de urgentes medidas para establecer dichas dependencias” y “ Que en lo relativo a los aspectos mencionados, recientes acontecimientos de trascendencia y notoriedad pública han revelado, con reiterada frecuencia y preocupante magnitud, el estado de insuficiencia de la tutela que el Estado debe asegurar a las relaciones laborales, colocando a los trabajadores en situación de notoria desprotección frente a los requerimientos y, en ocasiones, desmedidas exigencias de los empleadores”. Se hizo hincapié en: “Que, en cuanto a la salubridad del trabajo, se advierte también, el preocupante incremento de ambientes y/o actividades insalubres sin adecuada prevención ni empleo de equipamientos adecuados, así como también la tortuosa extensión de la jornada laboral excediéndose largamente los parámetros temporales que aseguran adecuado rendimiento y tolerancia física”. También se dijo: “Que el menosprecio y desinterés por las condiciones de prestación del trabajo ha alcanzado aún a la moralidad de la relación, habida cuenta de la reiteración de prácticas denigrantes y sometimiento del trabajador a un estado de cuasi servidumbre, en los que se llega, inclusive, a situaciones objetivas de desprecio de la dignidad humana, cuya sola tolerancia constituye una afrenta a la comunidad toda”. Se destacó: “Que los hechos y circunstancias precedentemente aludidos revelan la necesidad de acentuar la presencia del control por parte de los organismos del Estado, así como la imperiosa necesidad de establecer los mecanismos administrativos imprescindibles para la efectivización de las potestades públicas en aquellas actividades en que, como en lo relativo a la policía del trabajo, los hechos demuestran lo perentorio de la exigencia de la presencia ordenadora del poder estatal” y “ Que, a la luz de lo descripto, puede interpretarse la existencia de una inadmisible omisión por parte de la Administración Pública local que amerita la intervención de este organismo de control de Estado, en el ejercicio de las facultades que la ley le confiere”. Esta Resolución culminaba recomendando al entonces Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que a través del área competente de la Administración Pública local, proceda a organizar y establecer la Policía del Trabajo en el orden local, fijándole las pautas de funcionamiento y ordenando las inspecciones correspondientes al ejercicio de sus competencias. La recomendación fue también comunicada a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires por intermedio de su Presidente, Dr. Enrique Olivera.

La Policía del Trabajo fue organizada por Ibarra , y luego de su estructuración -para refrescarnos la memoria -, fue confiada a Fabiana Fiszbín. Quienes presenciaron el juicio oral de Republica de Cromañón recordaran el valiente testimonio de Davidziuk, narrando como se cajoneaban inspecciones, se acomodaban expedientes, se burlaba la fiscalización. En definitiva, como la corrupción manejaba el tema.

La Defensoría del Pueblo, la Cooperativa La Alameda y particulares siguieron clamando en el desierto.

La investigación de Valleca, por supuesto, nada encontró. Las coimas policiales son abstracciones de ciencia ficción…

Que hizo el Poder Judicial (léase “la Corporación” )

La causa relativa al incendio de Luis Viale, quedó radicada en el Juzgado de Alberto Baños.

La primera manifestación del desprecio, ocurrió con los cuerpos de los fallecidos. Más de un mes después del hecho, uno de los padres de los fallecidos seguía reclamando la entrega del cuerpo de su hijo, secuestrado en la morgue (otra típica institución de la Corporacion) http://www.clarin.com/diario/2006/04/27/laciudad/h-04504.htm.

La instrucción avanzó sin riesgos para los responsables.

Solo fueron procesados –con vistas al juicio oral que todavía no tiene fecha– los dos capataces del local , Luis Sillerico Condori (de nacionalidad boliviana, como las seis personas fallecidas) y a Juan Manuel Correa (argentino), a quienes se acusa por el delito de “estrago culposo. “

Baños se declaró incompetente para entender en las responsabilidades que les caben a funcionarios del gobierno porteño, de la Policía Federal y de otros organismos públicos que no hicieron las inspecciones correspondientes que habrían evitado la tragedia.

Los dueños del taller de costura, Daniel Fischberg y Jaime Geiler, quedaron al margen de la causa penal , no así del negocio textil en el que están desde hace años. Ellos quedaron fuera de la imputación porque alegaron que sólo son dueños del local y que no son responsables del negocio textil que allí funcionaba.

Luis Sillerico Condori, al declarar ante Baños, aseguró que “nunca se presentaron policías, inspectores ni nada parecido. Sin embargo, en la causa, varios trabajadores dijeron lo contrario. Martín Salinas Chamba declaró que “vinieron (los inspectores) una sola vez y nos quedamos (algunos) en las máquinas y los otros se fueron para arriba” , en alusión a la planta alta del edificio.

Yola Quispe Maquera señaló que “un día ingresó un inspector a recorrerlo” , pero ella “justo fue a llevar a su hijo al colegio, motivo por el cual no vio dónde revisó” . En igual sentido se manifestaron Cristina Mamani Condori y Flora Villca Quispe. La primera supo que “un día fue un inspector al lugar” y la segunda, que “en alguna ocasión al taller concurrió personal policial o (que hubo) inspecciones” . En ambos casos no pudieron ver lo que ocurría porque “el señor Luis (Sillerico Condori) les dijo a todos ‘suban para arriba con sus guaguas (niños) porque vinieron los de inspección’ y nos escondieron en el primer piso”.

Flora Villca Quispe recordó que una vez “vinieron en el horario del almuerzo y Luis me dijo que sirviera rápido para subir y comer arriba” . También fue confirmado, por Sillerico Condori, que los vecinos los denunciaron por ruidos molestos y que por eso tuvieron que instalar las máquinas en la planta baja, porque en el primer piso eran más ruidosas. Ante la posibilidad de que se hayan realizado inspecciones, Chamorro sostuvo: “Si las hubo y no se hizo nada contra las irregularidades, es todavía más grave que si nunca se realizaron. Hay que investigar a los funcionarios también en la causa penal”.

Los dos capataces aguardan el juicio oral. Los empresarios, bien, gracias.

¿Quienes se proveían de las prendas que allí se fabricaban? las grandes marcas. Obviamente conocían como se hacían las prendas y porque costaban lo que costaban. ¿Y su responsabilidad? También, bien gracias. El Juez Oyarbide (cuando no…) había sentenciado que la explotación de bolivianos en talleres clandestinos no es una trata, sino que se corresponde con el sistema cultural de trabajo inca, denominado Ayllu. Y no estaba solo en esta peregrina interpretación. Antes había sido sostenida por la Sala II de la Cámara Federal en lo Penal. Las primeras marcas aplaudían.

Total, solo son bolivianos…